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2020/06/17
Sobre las intrusiones a terrenos

En diálogo con los medios, el Fiscal Facundo Barboza se pronunció respecto del conflicto de terrenos en Barrio Fátima.

“No creo que sea correcto hablar de usurpaciones sino de intrusiones en los terrenos. La usurpación tiene elementos muy específicos para su configuración, es decir, para que exista. Intrusarse, por su parte, es “meterse” en un terreno. Hablamos de intrusión. Este cambio de configuración no es un atenuante del delito, sino que la vía de resolución es distinta”.

En este sentido, brindó detalles sobre la realidad actual de las denuncias de los damnificados, como también el asesoramiento brindado a los asesores letrados, además de las posibles vías de solución y pasos a seguir en el proceso:

“Si hay intrusión, es decir, un despojo de la posesión, la vía es el proceso civil, ante el Juzgado Civil y de esta manera se obtiene lo que el derecho reclama. No es necesario llegar hasta el momento de la sentencia, ya que todos sabemos que los procesos civiles toman tiempo, pero existen otras medidas, como las cautelares, quizás la restitución provisoria del inmueble o la conservación en el estado en que se encuentra hasta tanto se resuelva la situación”

Consultado sobre las medidas a tomar en Santa Elena, manifestó:

“Las medidas a tomar en Santa Elena van a depender de lo que decidan los denunciantes a través de sus asistentes legales. En esta línea, estuve asesorando a abogados de Santa Elena, allanando un poco el camino, sugiriendo que la Policía identifique a las personas que en este momento están en los terrenos. Pero todo va a depender, básicamente, de las estrategias legales y la posición que adopten los abogados de las personas damnificadas”.

Sobre las acciones de armados de toldos y guardias permanentes en los terrenos y la celeridad de la Justicia, reiteró el papel crucial de los abogados. En línea con lo expresado por la Municipalidad - que no tiene injerencia en el conflicto – reiteró:

“En este tipo de situaciones es posible obtener resoluciones muy rápidas. Todo depende de la celeridad con la que trabaje quien asiste legalmente a una persona. Por eso siempre, a pesar de que uno trata de allanar el camino de los damnificados y brindando asesoramiento, todo depende del tiempo en que se tarde en solicitar la restitución de un inmueble. Por lo pronto, se han hecho denuncias en la Comisaría por parte de los damnificados, pero no se ha efectuado un pedido de restitución al Juzgado de Garantías”

También se refirió a los alcances de la actividad del Fiscal:

“Hay una realidad en el proceso penal y es que nosotros investigamos delitos, no suplimos la actividad de las partes. Entonces, por un lado no podemos tomar decisiones relativas al desalojo de un inmueble, ya que la Fiscalía no tiene competencia para hacerlo, no porque uno no quiere, sino porque así lo establece la Ley.  Otra limitación es que conforme al artículo 75 del Código Procesal Penal de Entre Ríos, esa restitución es llevada a cabo a petición del damnificado”.

“Existe la imagen, un poco por desconocimiento, de que se hace la denuncia, la misma llega a Fiscalía y yo ordeno el desalojo. Esto no funciona así, no está establecido así en la Ley” concluyó en dialogo con FM Sol Santa Elena.

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