Martes 05 de diciembre de 2006
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Policiales
Denuncia penal a supuestos custodios oficiales
La denuncia fue hecha en los tribunales de Concordia. Es contra supuestos custodios del candidato oficialista a gobernador. Dicen que hubo “aprietes para bajarse de candidaturas”.
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CORREA FOLLETO asegura que fueron custodias de Urribarri los que actuaron

E

l abogado Mirko Correa Folleto envió a la redacción de INFORME DIGITAL que la denuncia penal que presentó en los tribunales de Concordia. Textual de la presentación. Señor Agente Fiscal en Turno Concordia Presente Hernan Andrés Arrrasín, D.N.I. n° 22.930.111, domiciliado realmente en calle Cepeda n° 649, Daniel Eduardo Buffa, D.N.I. n° 17.065.584, con domicilio en calle 9 de Julio n° 324, Gloria Carina Troncoso, D.N.I. n° 22.930.224, domiciliada en calle Villaguay s/n, Claudio Gomez, D.N.I. n° 29.282.077, con domicilio en calle 1ero. de Mayo s/n, y Jorge Gustavo Sanchez, D.N.I. n° 24.541.085, domiciliado realmente en calle Pte. Peron s/n, todos de la localidad de General Campos, provincia de Entre Ríos, en ejercicio de las facultades que me confiere el art. 177 del C. P. P. , ante Usted nos presentamos y Decimos: I.- Que venimos por el presente a formular FORMAL DENUNCIA en razón del acaecimiento de hechos que posiblemente configuren delitos de acción pública, acaecidos en el marco del proceso de presentación y oficialización de la Lista 4 “Fuerza Peronista 2007”, cuyos miembros pretendíamos participar del acto eleccionario interno del Partido Justicialista Distrito Entre Ríos, como candidatos a Intendente y vocales para la Junta de Fomento de General Campos. Esto en virtud de las circunstancias que seguidamente relacionamos. II.- Que, conforme la documental que en copia adjuntamos, hoy incorporada el expte. n° 19119, iniciado en fecha 2 de Noviembre de 2.006 ante el Tribunal Electoral de Entre Ríos, caratulado ”Fuerza Peronista (Lista n° 4) s/Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio”, los hechos que se dan a conocer han ocurridos dentro del proceso de oficialización de nuestra lista, hechos que respondiendo a viejas prácticas políticas, vetustas y desdeñables, han procurado dar por tierra con las aspiraciones de un grupo de jóvenes con ánimo de cambio y nobles aspiraciones. Es nuestra intención, que los accionares coactivos y abusivos de otrora, no sigan opacando nuestra joven pero cada vez mas madura democracia, y es por esto que ocurrimos ante el Sr. Agente Fiscal, para que de advertir la existencia de hechos configurativos de delitos de acción pública formule el correspondiente requerimiento de instrucción, y en su defecto tome las medidas necesarias a fin de corroborar los hechos contenidos en la presente. Que, puntualmente las circunstancias fácticas que se presentan guardan estrecha vinculación con los integrantes renunciantes de nuestra lista, y con la forma en que sus dimisiones fueron obtenidas. Que, sin ánimo de sobreabundar, es necesario realizar una narración cronológica de los sucesos, que analizados en su integralidad formarán convicción del Sr. Agente Fiscal, de las por los menos “oscuras irregularidades” que se suscitaron. Que en fecha 6 de Octubre de 2.006, se presentó ante la Junta Electoral del Partido Justicialista el pedido de oficialización de la Lista n° 4 fuerza peronista 2007, integrada por Hernan A Arrasín, Margarita Leites, Daniel Bufa, Rafael Gustavo Cobello, Ceferino Daniel Foletto, Maria teresa Escobar, Ana Alicia Gomez – como titulares -, y Marcelo ricardo Lencina, Maria Ines Alegre, Antonio Ariel Cáceres, sonia Mables cuder, Sergio Ricardo Jara, Karina Sarmiento y Mayda Rougier – como suplentes – Que acto seguido se nos notifica desde la J.E.P.J., Resolución n° 25, del 11 de Octubre, y con gran sorpresa del suscripto, de la renuncia de Rafael Gustavo Cobello, Ana Alicia Gomez, María Inés Alegre y Marilina Mayda Rougier, intimándose su reemplazo. Que en fecha 13 de Octubre se presenta nueva lista, con firmas debidamente certificadas por ante Escribano Público, en la cual se reemplaza a los renunciantes Rafael Gustavo Cobello y Maria Inés Alegre, en tanto Ana Alicia Gomez y Marilina Mayda Rougier ratifican su intención de seguir formando parte de la misma. Que por Resolución n° 37 de la J.E.P.J., en fecha 16 de Octubre se otorga la aprobación provisoria de la lista n° 4, la cual realizadas las modificaciones requeridas respecto del cupo femenino queda definitivamente conformada, y a la espera de la ratificación del Tribunal Electoral de Entre Ríos. Que en lo sucesivo ni los integrantes de la lista ni nuestro apoderado tuvimos acceso al expte., no se nos requirió el reemplazo de los renunciantes, ni fuimos notificados de anomalía alguna, hasta el dictado de la Resolución n° 44 del J.E.P.J., donde se deja sin efecto la aprobación provisoria, mediante argumentos que en gran parte son contradictorios con las mismas constancias documentales, obsérvese que en ningún momento se presentaron candidatos ya renunciantes como maliciosamente se dice, así el caso de Gomez y Rougier, quienes ratificaron su presentación en fecha 13 de Octubre, igualmente la Renuncia de Ceferino Daniel Foletto, es supuestamente realizada en fecha 12 de Octubre, en tanto que el mismo en el día siguiente ratifica ante escribano su participación en la lista n° 4. Iguales consideraciones merece la sospechosa presunta renuncia de Ricardo Sergio Jara, quién el mismo día 13 de Octubre por un lado Ratifica su precandidatura y por el otro suscribe su renuncia. Ahora bien, seguramente alguien advirtió las circunstancias precedentemente reseñadas, y los “errores” fueron subsanados con ratificaciones posteriores de los renunciantes Gomez, Rougier, Foletto, a la que se suma la de la Sra. Sarmiento, todas ingresadas el día anterior al dictado de la Resolución n° 44, que impugna definitivamente nuestra lista, y nos veda la posibilidad de participar y legitimar con pluralidad un proceso electoral interno. Acto seguido a la toma de conocimiento de la impugnación, por un lado se hizo uso de las herramientas legales a nuestro alcance, y por lo demás nos entrevistamos con nuestros vecinos y compañeros de lista a fin de intentar comprender el por qué de sus renuncias. Sin bien el remedio recursivo nos fue adverso, la charla con nuestros ex compañeros de lista arrojó luz y dio sentido a lo ocurrido. Como podrá colegir de las Testimoniales de la Sra. Alicia Gomez y Marilina Rougier, quienes depusieron ante la Escribana Elida Lugren, y a las que me remito en mérito a la brevedad, ambas fueron víctimas de engaños, amenazas y presiones, en pos de obtener sus renuncias a la lista n° 4. De las mismas surgen dos hechos significativos y susceptibles de comprobación, tal es lo manifestado por la Sra. Rougier respecto de las personas que la visitaron y mediante un engaño obtuvieron su firma a altas horas de la noche, Sres. Dario Gomez y Juan Pablo Aguilera, y otros que identificó como de la custodia del Pato Uribarri; y de los dichos de la Sra. Gomez, quién firma papeles en blanco producto del miedo y la intimidación que le causó la visita de supuestos agentes de policía a altas horas de la madrugada, y de la cual surge que la misma jamás concurrió a ninguna seccional de policía ni en General Campos ni en San Salvador, recordando que en uno de los papeles aparece el sello de la Jefatura Departamental de San Salvador y la certificación como puesta en su presencia por el Oficial Ayudante Walter Leandro Hermosi Dupuy. Que tales conductas irregulares, ya que dista de ser función de los agentes de policía el recorrido de domicilios, recabando firmas de documentos propios de una elección interna, y mucho más a altas horas de la noche y madrugada, fueron reiteradas en las personas de los otros renunciantes, quienes por temor prefirieron abstenerse de brindar sus declaraciones en igual forma que las ya referidas, es claro, que tenían una sola finalidad, la de obtener, mediante la formas descriptas por las testigos, las renuncias de los vocales de la Lista n° 4 Fuerza Peronista. Dentro de este cuadro fáctico, entendemos existe la posibilidad de hechos configurativos de figuras penales típicas, perseguibles de oficio, y es por ello que solicitamos del Sr. Agente Fiscal de curso a la investigación de los mismos. III.- Que son testigos de lo narrado y eventuales perjudicados por los hechos, y deberán ser citados de así considerarlo, a prestar declaración testimonial , los sres.: 1.- Ana Alicia Gomez, M.I. n° 22.660.132, domiciliada realmente en calle Tomás de Rocamora s/n, B° 30 viviendas, Gral. Campos. 2.- Marilina Mayda Rougier, M.I. n° 26.394.765, domiciliada realmente en calle Concepción del Uruguay s/n, Gral. Campos. 3.- Ceferino Daniel Foletto, M.I. n° 22.930.135, domiciliado realmente en calle San Martín s/n, Gral. Campos. 4.- Sergio Ricardo Jara, M.I. n° 21.582.847, domiciliado realmente en calle Hipólito Irigoyen s/n, Gral. Campos. 5.- Karina Sarmiento, M.I. n° 23.331.715, domiciliada realmente en calle 25 de Mayo s/n, Gral. Campos. 6.- Darío Gomez, domiciliado realmente en calle Mitre n° 633, Gral. Campos. Que a fin de proceder a testificar y Reconocer su firma inserta en la renuncia de fecha 28 de Octubre de2.006, de la Sra. Ana Alicia Gomez, como certificante, se podrá ordenar la citación del Oficial Ayudante Walter Leandro Hermosio Dupuy. Que al ignorarse el domicilio real del mismo solicitamos se lo notifique a la Jefatura Departamental de San Salvador. Que igualmente se requiera del Tribunal Electoral y/o oficina en que se encuentre el Expte. caratulado “Fuerza Peronista (Lista n° 4) s/Recurso de Revocatoria con Apelación en Subsidio”, nro. 19119, copia auténtica del mismo. IV.- Que por lo expuesto tenga por formulada Formal Denuncia, en los términos del art. 177 C.P.P., y consecuentemente formule Requisitoria de Instrucción, a los fines de la investigación de los hechos narrados, de considerarlo procedente.. SERA JUSTICIA.
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