Lunes 04 de junio de 2007
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Policiales
La quisieron echar del Iosper después de 30 años de trabajo, la justicia lo impidió
El presidente del Iosper, Silvio Moreyra, había echado a la titular del sindicato de empleados de la obra social Cristina Jury, “casualmente” después de una protesta del gremio. La justicia le devolvió el cargo.
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BRUTO CON INICIATIVA. Presidente del Iosper, Silvio Moreira

L

a titular del sindicato de empleados de la obra social (Seoser) había sido desplazada de su cargo como Directora de atención al beneficiario con la resolución 162 que fue firmada por el presidente de la Obra Social y la anuencia de la parcialidad de directores con la que se viene manejando la obra social. Fue después de una adhesión al paro convocado que suspendiera la atención a los afiliados. La medida implicaba además que Jury no percibiera “la diferencia de categoría y el adicional por función, a partir de la modificación” y transitoriamente, quedó al frente de atención al beneficiario, Pedro Benítez, que cumplía funciones como encargado de la agencia de la obra social en Santa Elena. Benitez es puntero político de Domingo Daniel Rossi y el Presidente de la Obra Social, Silvio Moreyra, es concuñado del condenado por enriquecimiento ilícito y desplazado intendente de Santa Elena por esta causa. Es así que Jury, con el patrocinio abogado laboral, Dr. Arias, logró a través de una acción de amparo que la justicia le restituyera el cargo del que se pretendió echarla “después de 30 años de trabajar con un legajo impecable en el Iosper”, comentó Jury a INFORME DIGITAL. “Fue una injusticia porque ni siquiera me dieron derecho a defensa y así lo determinó el juez”, refrenció Jury que ratificó que “el juez pidió mi legajo y dictaminó que me tenían que restituir en 5 días hábiles y devolverme los adicionales”, confirmó. Para Jury “se hizo justicia” porque sino “volvemos a una época que dijimos todos los argentinos nunca más” y en una democracia “esto no lo podía hacer un directorio”, finalizó. El fallo de los jueces Jorge García, Raúl Herzovich y Silvia Nazar entendió que se aplicó una pena “sin cumplir con el paso ineludible de la tramitación de un sumario, y que la sanción sea la consecuencia de las faltas allí acreditadas, lo que evidencia un ejercicio abusivo e ilegítimo” de las potestades del directorio de la obra social.
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