E
l artículo cuestionado es el que establece que los cargos de convencionales constituyentes de distribuirán de manera directamente proporcional a la cantidad de votos obtenidos por cada fuerza partidaria. El oficialismo accedió a este requerimiento de la oposición para destrabar la sanción de la citada ley, más allá de que a priori no obtiene ningún beneficio puntual. Según Tennen, este mecanismo “no es el previsto en la Constitución ni en la Ley Electoral Provincial”, por lo que consideró que se trata de un hecho irregular. En ese sentido, señaló que la Ley Nº 2.988, de 1935, establece que los convencionales se eligen con el sistema previsto en esta ley, que es el mismo con el que se elige a los diputados provinciales.