Martes 04 de diciembre de 2007
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Política
La comisión fiscalizadora acepta el error administrativo pero no acusa ilegalidad
Piden que se firme un convenio con el único prestador en Paraná para “evitar estas desprolijidades”. Niegan que existan irregularidades o cuestiones ilegales, y afirman que el monto a pagar no supera los $ 200 mil.
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a Comisión Fiscalizadora que audita las resoluciones que adopta el Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) no puso ninguna objeción a las derivaciones directas de pacientes oncológicos efectuadas por uno de los directores del organismo, el ex secretario de Salud, Ariel de la Rosa, hacia un centro privado de medicina de Paraná, y negó la existencia de irregularidad alguna. De todos modos, el presidente de la obra social, Silvio Moreyra, ratificó lo publicado ayer por EL DIARIO y dijo que pidió una opinión a la Comisión Fiscalizadora para establecer si el procedimiento seguido por De la Rosa es el correcto. “Queremos saber es si se puede actuar así”, le dijo Moreyra a la radio oficial LT 14. Aunque ayer la Fiscalizadora aconsejó al directorio del Iosper que no cabe otro camino que el de autorizar los pagos de las prestaciones hechas por Uniter, una empresa de medicina privada, a la cual el director De la Rosa derivó en forma directa a los pacientes. Ernesto Denis, uno de los integrantes de la Comisión, sostuvo que “lo que observamos es que hubo nada más que un error en cuanto al procedimiento administrativo”. -¿La Comisión Fiscalizadora no está para controlar que esos errores no ocurran? ¿Qué van a hacer? -La Comisión Fiscalizadora dictaminó que es el directorio el que está facultado a resolver ese tema, que lo que se aconseja es que se ratifique todo lo actuado por el director De la Rosa. Que se ratifique previo informe médico, que seguramente va a autorizar estas prestaciones. DE A DOS. Luego de que EL DIARIO publicara en su edición de ayer la existencia de ese pedido de dictamen presentado por Moreyra ante la Comisión Fiscalizadora, el director De la Rosa aceptó hablar del tema, acompañado por el abogado Denis, y defendió todo lo hecho, y negó la existencia de irregularidad alguna. -Yo podría decir hoy que el monto que se va a pagar a Uniter no va a superar los 200 mil pesos. Y para que tengas otro dato, que es sumamente importante, te digo que hay una reserva presupuestaria para las prestaciones que brinda Uniter SRL. O sea, no estamos hablando de cosas ni irregulares ni ilegales, ni fuera de la legalidad. Además, existe el acta número 40 del directorio, del mes de enero, en la cual se estableció que le encargamos a la Gerencia de Prestaciones que a la brevedad se firmara convenio. Teníamos como antecedente la existencia del decreto 6.780, del mes de octubre del año 2006, mediante el cual el gobernador (Jorge Busti), con un dictamen de Fiscalía de Estado, nos intima a incorporar a la empresa Uniter como prestadora. -¿Por qué no se firmó el convenio? –se le preguntó a De la Rosa. -Y por diferentes cuestiones de acá adentro. Primero se hicieron los pasos de rigor, la inspección técnica con auditores médicos que constataron que estaba habilitado por la Comisión Nacional de Energía Atómica, y que existieran el número de especialistas y de tecnología que se requieren. Estaba todo dentro de las reglamentaciones exigidas. Pero después hubo un error que no era propio del Iosper, sino que es un problema de inscripción de la sociedad, un número de documento mal puesto dentro de los integrantes de la sociedad anónima. CÓMO ES. El abogado Denis explicó por qué el director De la Rosa incurrió en “error” administrativo, y sostuvo que cuando no existe convenio prestacional “generalmente, el afiliado pide la práctica, pasa por la auditoría médica, y luego el presidente o el directorio autorizan esa práctica, que son de excepción”. -¿Cuántos fueron los casos de excepción? -No tengo en este momento el monto económico ni la cantidad. -Pero usted habla de un error… -Un error en el procedimiento administrativo. Donde existe convenio, no hay inconveniente, porque los pasos administrativos están fijados en el convenio. Cuando no hay convenio, el afiliado solicita la prestación, las áreas técnicas se pronuncian y luego se dicta la resolución autorizando la práctica ad referendum del directorio. Y se le paga al prestador. Acá lo que se hizo, debido a la urgencia, fue que el presidente en algún caso, y otros directores en otros casos, autorizaron un presupuesto para la realización de la práctica, sujeto a la auditoría. El afiliado se realizó la práctica, y después se hizo la auditoría, y ahora está para dictarse la resolución de directorio ratificando todo eso. Respecto del pedido de intervención de la Comisión Fiscalizadora, Denis negó que haya sido Moreyra quien pidió la investigación. “No hay una investigación. Lo que hay es un pedido por parte de Uniter del pago de la facturación correspondiente a estas prestaciones que ya se realizaron. Previo a poner a consideración del directorio ese pago, el presidente nos solicita a la Comisión Fiscalizadora un dictamen. Y lo que dictaminamos es que si bien el procedimiento administrativo no se cumplió, en el caso de que el directorio lo considere, deberá ratificar todo lo actuado por el director de la Rosa, por el director Zaragoza, y por el propio presidente”. -¿No cabe la posibilidad de que la Fiscalizadora le advierta al directorio que se cumplan los procedimientos administrativos en forma correcta? -No es nuestra función. -¿No? -Nosotros tenemos que dictaminar en cada caso concreto, en este caso dictaminamos eso, que debía ratificarse todo lo actuado. Lo que sí aconsejamos es que se firme convenio con Uniter lo antes posible para evitar estas desprolijidades. Con el convenio, se evitaría todo esto. Qué función tiene En junio de 2006, la Legislatura reformó la ley de creación del Iosper, e introdujo en su orgánica dos figuras de control: la Comisión Fiscalizadora Permanente y la Gerencia General, cuyos integrantes designa el Poder Ejecutivo, y que tienen poder de veto sobre las decisiones de la obra social. La Fiscalizadora está compuesta por el ex interventor del Iosper Ricardo Rizzo, la responsable de las finanzas de la Secretaría de Salud, Graciela Traverso, y el abogado Ernesto Denis. El texto de la ley 9.715, aprobado por la Legislatura, establece un control del Poder Ejecutivo sobre las decisiones del directorio del Iosper a través de la Comisión Fiscalizadora y la Gerencia General. Se reformó así la Ley 5.480, de creación de la obra social, e incorporó el artículo 8 bis en el que consigna que «el presidente será asistido por un gerente general, designado por el Poder Ejecutivo, el que se desempeñará en el cargo hasta tanto sea removido por la autoridad que lo designó». El gerente tendrá a su cargo nombramientos o ascensos del personal; otorgar licencias y ejercer el poder disciplinario; trasladar al personal o sustituir sus funciones; y participar de las reuniones de directorio. En tanto, la Fiscalizadora tiene potestad para tomar conocimiento previo a la suscripción de todos los convenios y contrataciones realizadas por la obra social, para dictaminar, con carácter vinculante, sobre la procedencia o no de la celebración de los convenios o contrataciones. Y en el caso de que el directorio incurra en una «infracción» respecto de ese requisito, dice la ley, el convenio o contratación será «nulo de nulidad absoluta pudiendo el Ejecutivo proceder a su revocación de oficio». Moreyra dio razones EL PRESIDENTE DEL IOSPER, SILVIO MOREYRA, confirmó ayer que existen actuaciones giradas a la Comisión Fiscalizadora desde la presidencia de la obra social para que dictamine sobre la procedencia de las prestaciones directas autorizadas por el director Ariel de la Rosa. “Solicitamos un dictamen previo al pago. Lo que quiero recalcar es que no hubo pago ninguno”, afirmó. “Pero más allá del monto, lo que queremos saber es si se puede actuar así. El punto a aclarar es si un director puede derivar en forma permanente a una institución debido a que esta institución no tiene convenio con el Iosper”. A juicio de Moreyra, a lo que se apunta es a determinar “si la situación médica se justifica, y que si es una normativa poder hacerlo con una firma de un director, ya que no tiene convenio con nosotros”.
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