Miércoles 02 de julio de 2008
  |  
Policiales
Lo condenaron a 15 años de prisión por violar a su hijastra
La defensa había pedido la absolución lisa y llana por falta de pruebas. El tribunal que lo juzgó entendió que el acusado violó a la chica de 11 años durante dos meses.

E

l tribunal de la Sala I en lo Criminal de Paraná decidió condenar a 15 años de prisión a Julio Alberto Sánchez, de 49 años, por encontrarlo autor material y responsable del delito de Abuso sexual agravado en perjuicio de una nena de 11 años que es la hija de quien al momento de cometido el ilícito, entre octubre y noviembre de 2005, era su concubina. Así, dos años y medio después del hecho, el jurado integrado por Ricardo González, Daniel Perotti y José María Chemez consideró que en el debate surgieron pruebas que avalaron los términos que motivaron la elevación de la causa a juicio y ameritaron una condena. A Sánchez, que encabezaba una ONG con vinculaciones políticas, se le atribuyó haber violado durante dos meses y casi todas las mañanas, de la hija de 11 años de su concubina. Luego de que su pareja se retiraba a trabajar, alrededor de las 6.30, y de que dos hermanos de la niña se iban a la escuela y después de instar a que el mayor –que no concurría a la escuela– se levantara y saliera a buscar trabajo, aprovechaba para abusar de ella. Ayer fue la última jornada de la audiencia que comenzó a debatirse a puertas cerradas el 24 de junio y prestaron testimonio Luis Moyano, profesional del Cuerpo Médico Forense de Tribunales, la psiquiatra Graciela del Valle Alodi y el psicólogo Carlos Gómez. Posteriormente fue el turno de los alegatos, en los que la querella a cargo de Noemí Berros y la Fiscalía de Cámara en la figura de Juan Carlos Almada solicitaron 15 años de prisión respectivamente; mientras que la defensa en la persona de Alberto Rojas solicitó la absolución lisa y llana del imputado. Posteriormente el tribunal escuchó los alegatos y se retiró a deliberar por un lapso de 30 minutos para decidir la suerte de Sánchez, quien permaneció en la sala junto a su abogado. En tanto que en los pasillos de Tribunales una dotación de efectivos de la División Robos y Hurtos de la Policía fue destacado especialmente para custodiar que el imputado no intentara fugarse. Luego de conocido el fallo, Sánchez quedó detenido y fue trasladado a la Unidad Penal Nº 1. Pruebas contundentes Según pudo conocer UNO, el testimonio de los peritos de Tribunales fue muy importante. En ese sentido, Moyano brindó una explicación pormenorizada de la prueba científica por la que se comprobaron las lesiones sufridas por la niña; en tanto que Alodi y Gómez realizaron una fundamentada exposición de los informes que le practicaron al imputado. Así, las pericias psicológicas arrojaron que Sánchez presenta trastorno psicopático de personalidad de estructura perversa, por la que goza con la angustia del otro. Además, asume actitudes que tienden a la simulación, y a pesar de no presentar signos que evidencien una inclinación a la pedofilia se advirtió que “su modo relacional dominante puede favorecer la vinculación con personalidades dependientes e inmaduras”. Alegatos A la hora de los alegatos, Berros consideró que “está totalmente acreditada, por contundente, la prueba incriminatoria”, y agregó que “el testimonio de la víctima fue comprobado por prueba científica, pericial e indicial y confirma el abuso sexual agravado a una niña de 11 años, agravado por el daño a la salud mental y física de la niña y por el aprovechamiento del grado de convivencia existente”, puesto que Sánchez era la pareja de su madre. Por último aseguró que “hubo una cantidad de pruebas que confirmaron el hecho”. Por su parte, Almada coincidió en todos los términos con Berros y agregó que su pedido tuvo en cuenta como “circunstancias agravantes la edad de la víctima y del victimario, la relación de convivencia mediante la cual aquella lo veía como un padre y el daño psíquico y físico que esto le ocasionó a la nena para toda vida”. Además, destacó que “fue contundente el testimonio de Moyano porque ratificó el informe sobre las causas de las lesiones en la niña y que estas eran recientes”. Rojas, por su parte solicitó la absolución de Sánchez “por la falta de pruebas y la falta de certezas respecto de la autoría” de su defendido, en ese sentido reiteró “la inexistencia de pruebas en cuanto a la responsabilidad de Sánchez”. Por último, la representante del Ministerio Pupilar, María Lucrecia Sabella, criticó que “la defensa quiso responsabilizar a la madre y al entorno familiar por las circunstancias en que sucedió el hecho”, y contrariamente destacó “la actitud que asumió la madre ante este difícil hecho”. Agravantes tenidos en cuenta En cuanto a uno de los agravantes que se tomaron en cuenta a la hora de los pedidos de condena, un hecho fue demostrativo del ascendiente del imputado sobre la niña, que era tal que la aberrante situación surgió a la luz luego de que Sánchez la apercibiera duramente por una travesura. La niña y una prima fueron observadas en una situación típica de los chicos que cometieron una fechoría. La madre las encontró con unos caramelos en su poder y al preguntarles cómo los habían obtenido le respondieron que la abuela les había dado dinero para comprarlos. La madre consultó a aquella, quien negó haberles dado plata. Al otro día descubrió dos yogures abiertos y al consultar sobre su procedencia surgió que las nenas los habrían obtenido en un negocio de la zona. Ante esa situación las reprendió y le comunicó a su pareja lo acontecido, el que las retó con tal dureza que la niña abusada rompió en llanto. Sin embargo, después del reto la nena se dirigió a su madre diciéndole “vos me retás, pero él me hace más daño a mí”. Requerida a que aclarara lo que acababa de decir, la nena recordó un episodio de abuso anterior. Según se pudo establecer, un familiar de la chica, habría abusado de la nena cuando esta tenía 6 años. Como recién lo pudo contar cuando tuvo 9 años la madre habría decidido no hacer la correspondiente denuncia. Sin embargo, ante la posibilidad de un nuevo abuso, la mujer no dudó he hizo la correspondiente denuncia ante la Justicia. (Fuente: UNO)
Lo más visto
01
02
03
04
05
¿Que pensás sobre esto?
600
 caracteres restantes
Publicar comentarios en INFORME DIGITAL implica la aceptación plena de nuestro reglamento.
Comentarios
¡Tu comentario se ha enviado con éxito!
La aprobación del mismo dependerá de su aprobación por parte del moderador. Muchas gracias.
LIBERTAD PRODUCTORA
Santa Fe 322 Piso 8 Dto.A.
Paraná, Entre Ríos.
Tel: +54 343 4233381
[email protected]

Copyright 2002 INFORME DIGITAL | Todos los derechos reservados | Mediakit: Publicite con nosotros.
[email protected]
Aplicabbs | Diseño: Kembo Dupla Creativa