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a senadora nacional Blanca Osuna aseguró, en un comunicado enviado a INFORME DIGITAL, que el proyecto de creación de un parque regional en la zona del Alto Delta del Río Paraná no tiene posibilidades de ser tratado en el Senado. “Estamos en presencia de una iniciativa que lesiona los principios fundamentales sobre los que se organiza nuestro sistema federal, que puede generar un precedente desdichado desde el punto de vista de los intereses del país interior y supone, además, la renuncia por parte de la provincia a facultades y competencias que le son propias”, destacó la legisladora entrerriana. En coincidencia con la posición expresada recientemente por el gobernador entrerriano Sergio Urribarri, la senadora recordó que, junto a su par Guillermo Guastavino, rechazaron el proyecto en reunión del bloque del Frente para la Victoria, siendo apoyados por su presidente, el Senador Miguel Pichetto. Al mismo tiempo presentaron ante la Comisión de Asuntos Administrativos y Municipales, una carta dirigida a su Presidenta, Teresita Quintela, en la cual dejan asentado el rechazo al proyecto de ley S-1112/08 de creación de un parque regional en la zona del Alto Delta del Río Paraná. “Nuestro rechazo se funda en inexactitudes que se expresan en el proyecto en torno a la realidad de la zona provincial referida y, además, porque se tratan de islas que pertenecen a la Provincia de Entre Ríos, cuya jurisdicción está claramente delimitada”, señaló Osuna. En este marco, la senadora remarcó que el proyecto, que volvió a presentarse este año luego de perder estado parlamentario, no tiene posibilidades de tratamiento en el Senado. “Ya fue rechazado oportunamente en 2006”, aclaró, no sin antes dar cuenta que la presidenta de la comisión había convocado a una reunión que fue suspendida frente a los planteos que realizamos con Guastavino. Agregó: “Sobre todas estas cuestiones informamos oportunamente al intendente de Victoria, César Garcilazo”. Asimismo, Osuna hizo notar que la iniciativa de los legisladores santafesinos "vulnera los principios básicos de la Constitución Nacional, como el de supremacía constitucional y el de autonomía de las provincias, además de desconocer la inalterabilidad del elemento territorial que tienen cada una de las provincias, avanzando sobre un reparto de competencias que impone claramente el articulado de la Constitución Nacional en su título segundo referido a los gobiernos de la provincias".