E
s el l documento que obligatoriamente debe acompañar cada movimiento de granos en el país. La decisión parece intrascendente, pero forma parte de una ofensiva oficial para debilitar financieramente a las entidades agropecuarias. A principios de junio pasado, en pleno conflicto con el campo, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray ya había intentado imponer modificaciones en el comercio de cartas de porte, aunque sin resultados. Y es que la emisión y venta a los productores de ese documento es una de las fuentes de ingresos que tiene la Federación Agraria Argentina (FAA), junto a la Federación de Acopiadores las únicas entidades autorizadas hasta ahora a realizar ese trámite. En aquel momento, según adelantó Clarín, la intención de la ONCCA fue "estatizar" ese servicio, aunque luego desistió de hacerlo. En la última semana, Echegaray firmó la resolución 4062, que sería publicada este lunes en el Boletín Oficial. Allí dispone que CATAC, una de las muchas cámaras del transporte de carga, también podrá vender cartas de porte. Así, competirá con las entidades del agro en un negocio nada despreciable: por año se comercializan unos 12 millones de cartas, a un valor cercano a 6 pesos cada una, de los cuales la tercera parte van a parar al Estado. La Federación Agraria, que lidera Eduardo Buzzi, cubre el 10 por ciento del mercado. CATAC, fundada en 1956 y presidida por Rubén Agugliaro, hizo el pedido para vender cartas de porte este mismo año. La entidad de transportistas fue una de las que lanzó un paro del sector en momentos en que los ruralistas cortaban rutas en todo el país, a principios de junio. Pero luego negoció rápidamente con el Gobierno y desistió de seguir adelante con la medida de fuerza. Tanto los acopiadores como la Federación Agraria (como continuidad de su malograda cooperativa FACA) realizan la venta del documento de control de cargas granarias desde los años noventa: lo tomaron de forma voluntaria luego de la liquidación de la Junta Nacional de Granos y lo mantuvieron vigente hasta que recién en 2005 el Estado volvió a considerarlo obligatorio. En aquella norma de 2005 se facultó a la ONCCA a decidir qué entidades podrían vender cartas de porte. Pero en su artículo 17, la resolución 335, de la Secretaría de Agricultura y AFIP, afirma que éstas deben ser "entidades de segundo o tercer grado, representativas del comercio de granos". De allí que entre los especialistas había dudas respecto de esta habilitación a CATAC.