Lunes 01 de diciembre de 2008
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Política
Régimen Jurídico Básico: Ate sale al cruce de Upcn
La reglamentación del Régimen jurídico básico (RJB) y su consecuente aplicación “es lesivo a los intereses de los trabajadores”, afirmó el secretario adjunto de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), José Galarraga.
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Galarraga: “Aplicar el Régimen Jurídico Básico es lesivo a los intereses de los trabajadores”
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Galarraga: “Aplicar el Régimen Jurídico Básico es lesivo a los intereses de los trabajadores”

A

su vez el dirigente recordó que las modificaciones fueron consideradas como una herramienta “legal que busca disciplinar”. En contraposición a la postura de la Unión personal civil de la nación (Upcn), que recurrirá al poder Judicial si el Ejecutivo no reglamenta la Ley 9811 del RJB y su modificatoria, los empleados del Estado nucleados en ATE consideran que la norma “es totalmente lesiva a los intereses de los trabajadores”, afirmó a AIM Galarraga. El dirigente señaló que la ley “es considerada como totalmente ilegal”, ya que desde el sindicato rechazaron las modificaciones que introdujo el poder Ejecutivo provincial al final de la gestión de Jorge Busti, a pedido del actual gobernador Sergio Urribarri, según afirmó el actual presidente de la cámara de Diputados. Cabe recordar que el secretario gremial del sindicato a nivel nacional, Oscar De Isasi, interpretó que las reformas introducidas frenaron “la democratización de las relaciones laborales”. Para el dirigente nacional lo llamativo en la provincia es que se había dado “un paso adelante con una ley que contemplaba muchas aristas de participación de los trabajadores del Estado y luego el ex gobernador (Jorge Busti), con el aval político de Sergio Urribarri, decidió hacer un retroceso de no menos de 15 años en las relaciones laborales”. Las modificaciones “son graves, atentan contra los intereses de los trabajadores del Estado y apunta a construir una herramienta legal que los discipline y que los obligue a hacer lo que los deseos del poder plantea”. En ese contexto, dio dos ejemplos: la derogación de la comisión de paritaria estatal y la eliminación de los trabajadores en las calificaciones. En el RJB original “estaba la comisión de paritaria estatal que tenía autonomía y, por lo tanto, podía tener una visión más imparcial, pero se derogó ese organismo y se reinstaló la dirección de Trabajo, que hace que el Estado sea juez y parte en un conflicto laboral. Por lo tanto, ahí se usa una herramienta de uso discrecional del poder”. Por otro lado, “se derogó todo lo que tiene que ver con la participación de los trabajadores en las calificaciones, por lo cual se arroga el Estado patronal la posibilidad de calificar y sancionar a los trabajadores sin dejar ninguna posibilidad al sindicato de poder incidir en ese proceso, con lo cual es más parecido a un instrumento de la corte de Luís XIV que a un Estado moderno que permita que los trabajadores tengan la posibilidad de, por lo menos, opinar en el destino de la carrera laboral como de las sanciones”.
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