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e la Redacción de INFORME DIGITAL En un nuevo capítulo de lo que a esta altura podría definirse como la etapa judicial de las elecciones de la Asociación gremial del magisterio de Entre Ríos (Agmer), el Juzgado Cvil Nº8 declaró la nulidad de la convocatoria a elecciones complementarias por parte de la junta electoral del gremio, para los departamentos Concordia, Islas y Uruguay. Los fundamentos del fallo apuntan principalmente a señalar, entre otros aspectos, que el mismo proceso que la junta electoral avaló con su informe en el congreso ordinario de Agmer fue el que luego puso en cuestión con las impugnaciones y posterior el llamado a elecciones complementarias. Por eso, según consta en el fallo de la causa caratulada "Temporeti Jorge Alfredo y otros y sus acumulados C/ sus acumulados c/ junta electoral de Agmer / acción de amparo", al que tuvo acceso INFORME DIGITAL, el titular del Juzgado Nº8 en lo Civil y Comercial, Roberto Parajón, resolvió “hacer lugar a la acción promovida contra la Junta Electoral de Agmer, declarando la nulidad de la resolución dictada por ella, el 24 de noviembre de 2008, en cuanto convocó a una nueva elección complementaria, motivada en la nulidad del acto eleccionario celebrado el día 12 de igual mes y año, en el Departamento Concordia; Departamento Islas del Ibicuy y Departamento Uruguay.