Jueves 22 de enero de 2009
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Política
La justicia obliga al gobernador a dar vivienda a una familia indigente
La familia está conformada por dos niñas, su abuela y una tía de 21 años. Viven del cirujeo en la basura. La justicia ordenó que se le de vivienda digna. El gobierno se niega y dilata el proceso apelando la decisión de la justicia.
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Ordenan al gobernador dar vivienda a una familia que vive de la basura

L

os fundamentos del fallo El Juez de Feria de Concordia, Rodolfo Jáuregui, ordenó al gobernador Sergio Urribarri “proveer una vivienda digna” a integrantes de una familia indigente, “respetando la dignidad humana de los mismos”. La Provincia apeló la decisión judicial, que la obligaba a cumplir con la Constitución Nacional, la entrerriana y todos los tratados internacionales. “Desconociendo el dramático cuadro de quienes viven en medio de un basural y se nutren precisamente de los desperdicios de la comunidad”, disparó Jáuregui. Aquí, los fundamentos del fallo, a los que tuvo acceso Miércoles Digital. En los párrafos que siguen, parte de los fundamentos del fallo de Jáuregui, en el que ordenó al gobernador proveer de una vivienda digna a una familia que se encuentra en la extrema pobreza. Miércoles Digital accedió el documento y lo reproduce parcialmente aquí. Para enmarcar la decisión del magistrado concordiense, es bueno reproducir la descripción de la realidad de la familia indigente, protagonista del trámite judicial, iniciado tras un amparo presentado por Silvia Beatriz Ghiorzo, Defensora de Pobres y Menores suplente de Concordia. La funcionaria pidió en su presentación que la Municipalidad de Concordia y/o el gobierno provincial provea "en 48 horas la inmediata entrega de una vivienda en un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, al grupo familiar compuesto por dos niñas y su abuela materna, quien las tiene a su cargo. Atención inmediata de salud y las medidas sanitarias pertinentes a fin que se efectúe un diagnóstico médico adecuado" de todas ellas, "con especial cuidado y en conjunto, sin implicar la separación de las niñas de su abuela dada sus costumbres, retrasos madurativos y arraigo afectivo a ella". Las medidas debían ser urgentes "y hasta tanto se cumpla con las obligaciones dispuestas y asumidas por el Estado en la Convención sobre los Derechos del Niño, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, el Pacto de San José de Costa Rica, la Constitución Nacional y Provincial". La familia, que vive en el Barrio Fátima II, de Concordia, está conformada por dos niñas, de 11 y 9 años, su abuela, de 53, analfabeta y una tía de 21 años. Subsisten de lo que puede obtener del cirujeo de la abuela, quien dedica parte del día a recolectar basura, por lo que su vivienda es "absolutamente precaria, insuficiente y en grave riesgo social", según graficó Ghiorzo. Como complemento del drama existencial de la familia, la abuela de las niñas, además de dedicarse al cirujeo, se ocupa de cuidar la 'casa' y cocinar. La mayor de las niñas posee tiene antecedentes de desnutrición, sarna y accidentes varios, una herida en una pierna que le impide caminar correctamente, un cuadro de retraso mental de moderado a severo, falta de higiene, desarrollo pondoestatural disminuido y bajo peso, según encontró el mismo Consejo del Menor. Por su parte, la más chica de las menores tiene evidentes signos de falta de higiene, con estado nutricional aceptable para su edad. La tía de ambas, de 21 años, también sufre de falta de higiene y de un cuadro de retraso mental moderado. La abuela presenta signos de dermatitis por rascado, viste ropas sucias, no realiza controles médicos y está en mal estado de nutrición. Asimismo, recalca la defensora de Menores que "la familia ha tenido diversas intervenciones desde el entonces Consejo Provincial del Menor (hoy Copnaf), pero las mismas no han tenido resultado adecuado y acabado de su problemática", que "la abuela además registra antecedentes de reiteradas internaciones por su diabetes quien tampoco tiene conciencia de su cuidado" y que "la Escuela Especial a la que concurren las niñas, ha elevado diversas peticiones a fin de mejorar su calidad de vida" ante el Municipio local. El Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf) mismo informó en las actuaciones que, "en relación a las menores, se encontraban vulnerados otros derechos como vivienda, alimentación, vestimenta e higiene muy pobre", que una de las niñas posiblemente había sufrido un abuso sexual "sin ningún seguimiento y/o determinación de su existencia". Pero además, el organismo provincial le informó al juez que se ven "imposibilitados de dar la contención y herramientas necesarias de esta familia y particularmente a las niñas". Ghiorzo le advirtió al magistrado que "en representación de las menores cursó notas al Municipio local y a la Gobernación de la Provincia el 10 de diciembre de 2008 sin que a la fecha le hayan brindado respuesta ni tampoco hayan intervenido". De las actuaciones surge que, el 4 de diciembre de 2007, el coordinador departamental del Consejo Provincial del Menor informaba que el grupo familiar compuesto por la abuela y sus dos nietas "se encuentran en una situación de extrema indigencia, no teniendo siquiera para subsistir, como asimismo no teniendo una vivienda digna acorde a las necesidades de hoy día para vivir, siendo infrahumanas las condiciones de habitabilidad en las que subsisten, encontrándose todos los derechos vulnerados, teniendo en cuenta la carencia de recursos económicos de la misma". El funcionario le pide al Municipio, que implemente "una medida concreta de acción tendiente a brindar una vivienda digna a los fines de no agravar la situación emergente y la inserción en los programas de asistencia material". El entonces secretario de Salud municipal le dio el pase a la Secretaría de Planificación y Obras Públicas el 12 de diciembre de 2007 y el 30 de diciembre de 2008, más de un año después, el director de Unidad de Obras y Viviendas, Roberto Couto, manifiesta que el expediente se encuentra "a la espera de un plan de vivienda que pudiera dar contención a las necesidades básicas de una vivienda digna". Tampoco el Instituto de Planeamiento y Vivienda (IAPV) atendió solicitudes que se le hicieron, ya que las únicas respuestas del a una nota presentada en diciembre de 2007 (hace más de un año) fueron verbales, diciéndole al el Coordinador Departamental del Copnaf "que no había programas para esta familia". Julio César Rodríguez Signes, fiscal de Estado de Entre Ríos, contesta la demanda y apela el amparo. Sostiene "que no se ha configurado ninguna acción u omisión de carácter manifiestamente ilegítimo que pueda ser atribuida al Estado Provincial, y de la que pueda entenderse derivada vulneración alguna de derechos o garantías", por la intervención del Copnaf y de la Escuela Especial que garantiza la escolaridad y la permanencia en el sistema. Que no existe acción, omisión, ni vulneración de derecho alguno en razón que la salud, la educación, la alimentación de los menores está garantizado a través de la Escuela Especial pública donde concurren, acceso al comedor escolar, la atención en hospitales públicos y centros de salud y el seguimiento efectuado por el órgano competente: el Copnaf. También dice el fiscal, irónicamente, que "resulta absurdo que se pretenda una solución habitacional en 48 horas, cuando ya se han realizado trámites ante el Estado Provincial, debiendo la defensora (Ghiorzo) instar el mismo y no recurrir a esta vía heroica y excepcional". Alegó además que "una cláusula constitucional establece que los derechos consagrados constitucionalmente, como alimentación e ingreso mínimo indispensable, no son operativos en sí mismo, sino que depende del equilibrio fiscal y las medidas progresivas operativas que adopte el Poder Ejecutivo". Fuente: El Miércoles Digital - Concepción del Uruguay
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