Viernes 10 de abril de 2009
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Política
Un fallo podría vaciar de afiliados al Iosper
Otra vez hay riesgo de desafiliaciones de jueces de la prestadora provincial. Piden la inconstitucionalidad de ley de creación de la obra social. Abriría la puerta para que haya una desafiliación masiva, sobre todo del Poder Judicial.
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Negro panorama para el Iosper

E

l planteo lo formuló un funcionaria de la Justicia jubilada; un magistrado se excusó y designaron un juez ad hoc. Ya se fueron de la obra social al menos 250 miembros del Poder Judicial a partir de una acordada del STJ de 2002. Una funcionaria jubilada del Poder Judicial inició una demanda por inconstitucionalidad de la ley de creación del Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper), específicamente contra el apartado que ordena la afiliación compulsiva de todos los agentes del Estado de los tres poderes. La acción, que se inició en 2007, se tramita en el Juzgado Civil y Comercial Nº 7, aunque su titular, Roberto Parajón, al igual que otros magistrados, se excusaron sucesivamente de actuar en la demanda. Finalmente, un juez ad hoc, José Eduardo Aranguren, tomó la causa, y dio curso en los últimos días al planteo contra la obra social. De prosperar el recurso de inconstitucionalidad significaría un duro revés para la obra social provincial, que tiene un universo de 250 mil afiliados y maneja un presupuesto superior a los 240 millones de pesos anuales. Si la Justicia acoge favorablemente el planteo, abriría la puerta para que haya una desafiliación masiva, sobre todo del Poder Judicial, donde ya una acordada permitió la salida del Iosper a varios jueces. A qué se apunta La causa, caratulada “Rigoni María del Carmen C/Estado Provincial y otro. S/Inconstitucionalidad”, es impulsada por una secretaria judicial ya retirada que busca conseguir la desafiliación del Iosper por la vía judicial. En particular, apunta a conseguir que el Poder Judicial declare institucional el artículo 3º Inciso b de la Ley Nº 5.480, de creación del Iosper. La norma establece que están “obligatoriamente” afiliados los “funcionarios, magistrados, empleados y agentes que desempeñen cargos en cualquiera de los poderes del Estado provincial y municipalidades y sus reparticiones u organismos autárquicos o descentralizados”. A la vez, el artículo 4º sólo exceptúa de esa afiliación compulsiva a los contratados, los que ocupan cargos electivos o los que pertenezcan forzosamente a un régimen municipal o nacional. El juez ad hoc acogió el planteo de inconstitucionalidad, y corrió traslado a la Fiscalía de Estado para que conteste la demanda en un plazo de 30 días, que vence a fin de mes. A la vez, lo emplazó al Iosper a producir un informe, aunque en un tiempo mucho menor: 15 días, de acuerdo a lo publicado por El Diario. Deja Vu La pretensión de los miembros del Poder Judicial de apartarse del colectivo de afiliados al Iosper no es nueva: ya en 2002 el Superior Tribunal de Justicia (STJ) produjo una acordada por la cual habilitó a jueces y funcionarios a desprenderse de la afiliación compulsiva establecida por ley. Hasta 2008, se había producido una baja de 250 afiliados, sobre un padrón de 1.600 personas que corresponden al Poder Judicial y que representan, en su conjunto, el 15,81 % de los aportes que recibe la obra social. El mecanismo les posibilitó contratar una prepaga u otra obra social para contar con cobertura médica. Entre el grupo de los idos, está un ex miembro del STJ, Miguel Carlín, quien formó parte de los convencionales que en 2008 reformaron la Constitución Provincial. También se fue el actual titular del máximo cuerpo, Daniel Omar Carubia, y quien fuera defensor general de Pobres y Menores, Arsenio Francisco Mendoza; además, la fiscal general Laura Gema Zaccagnini de Gambino y, entre otros, el fiscal adjunto Jorge Beades. Primero fue un juez el que se desafilió, en noviembre de 2002; luego, en marzo de 2003, otros dos, y el éxodo siguió en años siguientes. La acordada del STJ estableció que la desafiliación se autorizaba bajo la obligación de que los interesados debían procurarse la cobertura a su propia cuenta, y manteniendo el Estado el aporte patronal al Iosper.
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