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a decisión de la jueza María Servini de Cubría, de no otorgar la exclusividad de la Marcha Peronista cantada por Hugo del Carril al PJ, levantó el avispero justicialista, tan afecto a la nostalgia. Mientas diferentes representantes del oficialismo y la oposición se encargaban de aprovechar la noticia para acusarse mutuamente de falsos peronistas, la magistrada aclaró que no había prohibido al Frente para la Victoria la utilización de esta versión, sino que había desestimado el pedido de exclusividad del partido, ya que la grabación de Hugo del Carril tiene derechos de autor que deben pagarse a la familia. Si Néstor Kirchner paga, puede tener la voz del mítico cantor como banda de sonido de sus actos. En el fallo de Servini de Cubría, se hace lugar al pedido de registro de tanto del himno justicialista como de las marchas «Evita Capitana», «Marcha del Retorno» y «Marcha del Trabajo», pero con la aclaración referida. «En relación con la pretensión del Sr. Hugo Miguel Fontana, y en consideración a lo informado por la Asociación Argentina de Intérpretes, debe tener como acreditado el derecho de interpretación de la marcha "Los muchachos peronistas" en la versión entonada por Don Hugo del Carril, a favor de sus derechohabitantes», y luego agrega que «la registración que se autoriza corresponde únicamente respecto de la letra y música de la marcha en cuestión, excluyendo la versión interpretada por el Sr. Hugo del Carril, y procede únicamente en los términos establecidos en la Ley 23.298». Reacio a compartir con el resto de sus compañeros la versión que quería exclusivamente para él, el ex presidente cerró la polémica del «más peronista» con una máxima: «La marcha la canta el pueblo», sentenció para disimular la frustración jurídica y con cierto desdén por Del Carril. El debate musical eclipsó la resolución de Servini de Cubría sobre los otros reclamos tramitado por el apoderado del PJ, Jorge Landau. Entre los pedidos de registro se encontraban todas las imágenes de frente y perfil del Juan Domingo Perón y Eva Duarte, todos los nombres y denominaciones que remitiesen a ellos y/o a la «cosmogonía peronista», todo uso de la sigla FREJU, y el uso de los dedos en forma de «V» de victoria. Todo fue aprobado por la magistrada, a excepción de la exclusividad del término «62 Organizaciones Peronistas», ya que existe entidad que con anterioridad se había anotado con este nombre. Tampoco fue aprobado el registro del gesto de la victoria (sobre el que la Cámara Nacional Electoral ya había fallado) ni la propiedad sobre términos como «comunidad organizada» o «nación socialmente justa, políticamente soberana y económicamente libre», que Landau también había solicitado para el partido y que la jueza rechazó por considerarlos «denominaciones demasiado amplias».