Sábado 05 de septiembre de 2009
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Policiales
Penas cercanas al mínimo para tres policías que balearon un auto
Las condenas oscilan entre cinco años y nueve meses y cinco años y un año y seis meses por Tentativa de Homicidio. Tres de los imputados fueron absueltos de culpa y cargo.
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La policía dio a conocer la sentencia para los policías que balearon un auto con seis jóvenes.

E

l tribunal de la Sala II de la Cámara en lo Criminal de Paraná que integran Héctor Vilarrodona, Raúl Herzovich y Miguel Ángel Giorgio leyó este viernes el adelanto de la sentencia que le cupo a cuatro de los siete policías acusados de balear un Volkswagen Gol, chapa DPA 491, en el que se trasladaban Gonzalo Vittor, Matías Werner, María Salamone, Gabriela Moreyra, Pamela Sánchez y Gabriela Vitali. El grave incidente ocurrió en la intersección de avenida Circunvalación y Churruarín en Paraná el 6 de agosto de 2006 aproximadamente a la 1.10, en ocasión de encontrarse todos los imputados en cumplimiento de sus funciones, integrando la dotación de tres móviles, uno de comisaría 12ª, otro de Comando Radioeléctrico y uno de la División Investigaciones. El fallo ordenó condenar a Juan Francisco Leiva a cinco años y nueve meses de prisión, y a Víctor Esteban Colman y Jonathan Yair Payer a la pena de cinco años y seis meses por hallarlos coautores materiales y responsables del delito de Homicidio en grado de Tentativa. En tanto que a Matías Raúl Casco decidió penarlo a 1 año y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional por encontrarlo autor material y responsable del delito de Abuso de arma. Casco también fue inhabilitado de manera especial por el doble de tiempo para portar o usar armas de fuego. Además deberá observar normas de conducta tales como fijar residencia que no podrá variar sin autorización del tribunal y deberá abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas. El fallo absolvió de culpa y cargo a José Ernesto Torres, Guillermo Ramón Medina y a Luis Ariel Sánchez, del delito de Homicidio en grado de Tentativa. Estos no fueron acusados por la querella particular y por la fiscal de Cámara. Por último, en lo concerniente a la causa penal, el tribunal ordenó que los condenados Leiva, Colman y Payer sean detenidos y alojados en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná una vez que la sentencia quede firme. El 11 a las 12 se realizará la lectura íntegra de la sentencia. A partir de ese momento, las partes tendrán 10 días corridos para analizar los fundamentos del fallo y decidir si acuden en casación. Por lo pronto, tanto la querella como las defensas casarán la sentencia, no así la fiscal. La demanda civil El fallo dio por finalizada la demanda civil contra Torres e hizo lugar a la que se entabló contra Casco, Colman, Sánchez, Medina, Leiva y Payer y contra el Estado provincial en carácter de tercero civilmente demandado. Así, los condenó a pagar solidariamente a Malvina Alicia Lombardo, la dueña del VW Gol, la suma de 11.039,63 pesos en concepto de daño material sufrido por los balazos que recibió el auto. Además deberá abonársele la suma de 1.500 pesos en carácter de lucro cesante por verse imposibilitada de usar el vehículo. En lo que concierne a Vittor, Moreira, Salamone, Werner, Sánchez y Vitale, se les deberá abonar la suma de 25.000 pesos por Daño Moral. Además, el Estado provincial deberá pagar a Werner 10.000 pesos por el plus del daño moral. El joven recibió un culatazo en la cabeza que le ocasionó fractura de cráneo cuando estaba reducido e indefenso, boca abajo en el suelo. Además, el Estado y Payer deberán pagar en forma solidaria la suma de 10.000 pesos a Vitale por daño moral, más 450 pesos en concepto de gastos de curación por la herida de bala que recibió en el brazo; y por último, también en forma solidaria, el Estado y Colman deberán pagar a Sánchez 10.000 pesos por daño moral y 150 pesos en carácter de gastos de curación por la herida de bala en la pierna. Los montos deberán ser actualizados con los intereses correspondientes de acuerdo a la Tasa Activa promedio mensual que cobra el Banco de la Nación Argentina para las operaciones ordinarias de descuento de documento de 30 días sin capitalizar. Irregularidades Según la acusación que llevó a juicio a los efectivos, se les atribuyó haber efectuado un mínimo de 13 disparos en total, de los cuales, al menos uno de los efectivos los realizó con un arma de fuego presumiblemente calibre 9 milímetros. La acusación también estableció que el rodado “había sido previamente interceptado y detenido por un funcionario armado y vestido de civil, perteneciente a la dotación del móvil policial C 149, tratándose de un Renault 18 sin dominio colocado de la División Homicidios”. En el debate quedó en la superficie una innumerable serie de irregularidades que comenzaron con la forma en que se realizaron las pericias en el lugar del hecho y las que se llevaron adelante a posteriori, en la comisaría 12ª. Así, de los 13 tiros que recibió el auto, sólo se secuestraron tres vainas en el lugar. En el debate se escucharon argumentos que rozaron la falta de respeto al tribunal y a las partes. Entre ellos, se puede citar el testimonio de Cristian Alberto Castiglioni, que en el debate sostuvo que “las vainas pudieron quedar incrustadas en la suela de los borceguíes de los uniformados”, o que “pudo ocurrir que alguien las haya pateado involuntariamente, a lo que la fiscal le preguntó “¿puede ser que la haya pateado sin querer hasta una distancia de 13 metros?”. Otras irregularidades consistieron en que todos los dermotest para determinar quiénes dispararon dieron negativos, y que fueron realizados en la comisaría 12ª, de la que varios efectivos habían participado de la balacera, sin los resguardos que la gravedad del caso ameritaba. También, tal falta de rigurosidad en los mecanismos dejó la puerta abierta para que un efectivo destruyera con un objeto contundente el alma del cañón de su arma para obstaculizar la pericia de identificación del proyectil y el arma que los disparó. Investigan posible falso testimonio El fallo también ordenó remitir a la agente fiscal en turno testimonios que se escucharon en el debate para analizar la presunta comisión de delitos de acción pública. La prescripción estaría relacionada con el testimonio que brindó el agente de la División Investigaciones Néstor Gregorio Leguizamón, quien sostuvo una versión totalmente a contramano de las que brindaron todos los testigos, incluso de sus propios compañeros. En ese sentido, en ocasión de los alegatos, la fiscal Cecilia Goyeneche solicitó al tribunal que se remitiera su testimonio y se investigara si no había incurrido en el delito de Falso testimonio. Leguizamón está siendo juzgado por estos días por la muerte de un hombre que recibió un tiro por la espalda luego de un supuesto asalto a una estación de servicios, de una persecución y tiroteo que ocurrió en ruta 11, a la altura del Sexto Distrito, en Gualeguay. (Fuente: Diario Uno)
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