Martes 15 de septiembre de 2009
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Política
Estudian la ley de Juntas de Gobierno
Según prescribe la Constitución pasan a denominarse Comunas. Pero además tienen autonomía semiplena a diferencia de la dependencia que tienen del Ejecutivo provincial. Pueden cobrar tributos, dictar ordenanzas y recibir coparticipación.
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La Cámara Baja se apresta a tratar la Ley de Juntas de Gobierno.

C

on dos dictámenes de comisión, la Cámara de Diputados se apresta a dar tratamiento a la ley que regulará el funcionamiento de las Juntas de Gobierno. La necesidad de una nueva norma –actualmente rige la Nº 7555- surge con la entrada en vigencia de la Carta Magna reformada que manda cambios sustanciales en la vida institucional de lo que se denominan Centros Rurales de Población, los que cuentan con menos de 1.500 habitantes. Propuesta Son dos los dictámenes en estudio, emanados de las comisiones de Asuntos Municipales y la de Asuntos Constitucionales y Juicio Político. Uno se elaboró en base a un proyecto del diputado del oficialismo, Jorge Bolzán, y el otro lo firmó la bancada radical en un trabajo que encabezó el diputado Oscar Cardoso. Bolzán informó que el despacho de mayoría estuvo listo tras “dos reuniones de comisión en las que se analizó el proyecto del cual soy autor”. “Básicamente, trata de adaptar las Juntas de Gobierno a los principios establecidos en la nueva Constitución y pretendemos dar el debate en los plazos para hacerlos operativos”, dijo el diputado. En noviembre, al cumplirse un año de la entrada en vigencia de la Carta Magna, deberán estar sancionadas todas las leyes reglamentarias. En caso contrario, deberán dictarse decretos y resoluciones, del Ejecutivo en sus distintas reparticiones, para dar cumplimiento con los preceptos constitucionales. Bolzán da por descartado que se llegará a tiempo de sancionar, no sólo la ley reglamentaria de las Comunas, si no también la necesaria adaptación de la Ley 3011, Orgánica de Municipios, que debe adecuarse a la Constitución, previendo, entre otras cuestiones, la autonomía municipal. “Tengo entendido que de estas reuniones no participó el radicalismo”, reprochó el legislador que, sin embargo, dijo haber hablado con miembros del bloque opositor a fin de ver si es posible aunar los criterios que hoy se plasman en dos dictámenes distintos. Así las cosas, él pedirá el reenvío a comisión de los dos despachos a fin de buscar aunar criterios. “Esperamos dictar la mejor ley. Se trata de darle una mejora en la calidad institucional, se le dan facultades que no tenían, podrán dictar ordenanzas sin someterlas a la aprobación del Ejecutivo provincial, tendrán facultades tributarias”, repasó Bolzán que dijo haber trabajado su proyecto en base a la ley vigente y haciendo las adaptaciones que corresponden de acuerdo al mandato constitucional. Acentuar la autonomía Consultado respecto de su dictamen, Cardoso comenzó por diferenciar el marco desde el cual fue pensada la ley. “En mi opinión, el dictamen del justicialismo es una mera adaptación de la Ley 7.555 y considero que es una adecuación precaria”, dijo el radical de Federal. “Van a tener autonomía semiplena, funcionarán casi como un municipio”, destacó Cardoso que, en este sentido, consideró que “hubiese sido mejor tomar la 3001 (Orgánica de Municipios) y allí prever las comunas”. “La comuna recibirá fondos coparticipables, tendrá que darse una organización administrativa con la que hoy no cuenta, va a poder comprar, vender, licitar, contratar, todas cuestiones que hoy hace el Ejecutivo. Habrá que prever cómo se incorporan al patrimonio de cada comuna el espacio público, las plazas, etcétera”, destacó Cardoso para resaltar la relevancia de la ley a dictar y las materias que deberá tener en cuenta. El legislador de la oposición marcó, entre otras diferencias, los criterios para organizar los mecanismos de control: “El proyecto del oficialismo pide rendir al Tribunal de Cuentas mensualmente y eso es imposible. Nosotros proponemos que las Comunas tengan su propio mecanismo de control con la participación de la oposición”, jerarquizó. Puso de relieve, además, el requisito de que “las jurisdicciones estén determinadas por ley, evitando lo que sucede ahora que se crean por decreto”. “Debieran nacer estas poblaciones por pedido de los vecinos, mediando la realización de un censo y que sea la Legislatura la que apruebe la creación”, resaltó. Cardoso agregó otra incorporación que es la figura de un secretario Administrativo “que gozará de estabilidad” y será electo por concurso que será responsable “del manejo administrativo de la comuna, del resguardo de los libros, actas y demás documentación”. (Fuente: El Diario)
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