E
l Estado provincial deberá pagar a un privado una suma de 12 millones de pesos por haber incumplido un acuerdo transaccional firmado en 1999, y que había sido derivación de un contrato para el cobro de impuestos de los contribuyentes del convenio multilateral, que luego fue dejado sin efecto, y que databa de principios de la década de 1990. La primera cifra demandada era superior a los 32 millones de pesos, aunque ese monto fue luego bajado 27 millones de pesos, y finalmente quedó en 12 millones de pesos, importe que fue homologado en la Justicia, donde se tramitaba una demanda contra la Provincia. La contratación de los servicios de tercerización en el cobro de impuestos había sido hecha por la Dirección General de Rentas (DGR) con el Estudio Horacio José Reale y Asociados, pero los derechos en la causa judicial los asumió luego la firma Luwor SA. En su informe, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, sostuvo que «si bien la propuesta toma como base económica una suma que actualmente se encuentra discutida en juicio, la quita que transaccionalmente se propone es mucho mayor que la que eventualmente podría lograrse de obtener éxito en las observaciones realizadas a la pericia contable». Pero hay una muy buena noticia que se dio a conocer desde las entrañas de la Fiscalía de Estado a RUMORES: “No serán doce millones ($ 12.000.000) los que llegarán al estudio Reale y asociados, serán tres millones ($ 3.000.000)” por lo tanto, y según nuestra fuente “los entrerrianos tendríamos que pagar nueve millones ($9.000.000) menos a los demandantes”. Ahora solo restaría esperar que esos “9 palos” vuelvan a las arcas de todo el pueblo y que no vaya a ver algún error administrativo que los demoren en cuentas privadas. Desde RUMORES estaremos atentos y con la mirada lacerante sobre “el arreglo” (extrajudicial) que lleva adelante el prestigioso Fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes. P/D. Cambiando de tema, un profesional del derecho nos sugirió que empecemos a buscar en google lo que dicen los artículos 256 bis y 268 (2), 268 (3) del C.P. y juró que “donde pisen el palito van a la cuadrada”.