E
l juez federal Ariel Lijo procesó sin prisión preventiva al ex presidente Carlos Saúl Menem, al ex magistrado Juan José Galeano, al ex titular de la SIDE Hugo Anzorreguy y a Jorge "Fino" Palacios por obstruir la investigación de la llamada “pista Siria” o "pista iraní" por el atentado a la AMIA ocurrido el 18 de julio de 1994 y que dejó 85 muertos. La resolución del titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N 4 también incluye a Munir Menem, hermano del ex mandatario, a Juan Carlos Anchezar, ladero de Anzorreguy en la Secretaría de Inteligencia del Estado, y al ex comisario Carlos Castañeda. Según el fallo firmado por Lijo, a los Menem se los consideró instigadores de los delitos de encubrimiento, falsedad ideológica -reiterada en ocho oportunidades-, violación de medios de prueba y abuso de autoridad. Al destituido Galeano, autor de los delitos de encubrimiento, prevaricato, violación de medios de prueba y abuso de autoridad. Anzorreguy fue hallado partícipe necesario del encubrimiento, autor del delito de abuso de autoridad y co- autor del delito de falsedad ideológica, en cinco oportunidades. El "Fino" Palacios, ex jefe designado de la Policía Metropolitana de Mauricio Macri, fue considerado partícipe necesario del delito de encubrimiento, autor penalmente responsable del delito de abuso de autoridad y autor del delito de violación de medios de prueba. El ex integrante de la SIDE Juan Carlos Anchezar también encubrió, abusó de poder en la fuerza y fue encontrado co-autor del delito de falsedad ideológica. Además de encubrimiento y abuso de autoridad, al ex policía Carlos Antonio Castañeda también violó medios de prueba y actuó con falsedad ideológica. Lijo ordenó trabar embargo a todos los acusados por el monto de 300.000 pesos para cada uno. Nisman tenía razón El fiscal Alberto Nisman se sorprendió con el fallo. "El procesamiento dictado por el juez en algunos puntos está en calificación más gravosa incluso de la que había pedido yo", dijo a un canal de noticias de cable. Para Nisman, Lijo dio por "acreditado todas las circunstancias que en su momento la Fiscalía denunció". "Concretamente, (el juez ratificó) que a partir del 1ro de agosto del `94, apenas 12 días después del atentado, el ex presidente Carlos Menem dio una orden al juez de la causa (Juan José Galeano), a la Policía Federal y a la SIDE para que se le diera impunidad a una de las personas que aparecía como sospechosas de integrar la conexión local", explicó. "Esa persona es Alberto Kanoore Edul, en quien junto a Carlos Telleldín recaían las mayores sospechas" por ser la denominada "conexión local", agregó. Además, el fiscal dijo que "no sólo se acreditó todo lo que denunciamos en cuanto a que fue (Jorge) Palacios el que hizo los llamados, que el más corto duró un minuto y medio, sino que fue Palacios el que avisó del operativo" en que se iba a detener a Edul. "Está probado lo que yo sostuve en la denuncia, que existía una gran relación entre Menem y el padre de Kanoore Edul, porque el padre de Menem y el padre de Kanoore eran del mismo pueblo, y el padre de Kanoore aportó para la campaña electoral" presidencial de 1989, añadió. También negó algunas declaraciones que aseguran que en el juicio oral quedó claro el encubrimiento: "En el juicio oral no quedó nada aclarado, las pruebas éstas aparecieron en el 2005 y el juicio terminó en 2004".