Lunes 05 de octubre de 2009
  |  
Interés general
El STJ investiga una estafa procesal en una causa contra el Estado
Es derivación de la rescisión de un contrato de obra de 1992 con la empresa Induvial SA. La Provincia enfrenta una causa en la Justicia que podría obligarla a pagar $ 4 millones.
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El STj ordenó investigar una posible estafa procesal en una causa contra la Provincia.

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a Procuración General del Superior Tribunal de Justicia (STJ) ordenó que se instruya una causa para que se investigue la posible comisión del delito de “estafa procesal” en una causa en trámite contra el Estado provincial en el Juzgado Civil y Comercial Nº 7, de Paraná, y en la que se reclama una cifra próxima a los 4 millones de pesos. La figura jurídica de “estafa procesal” tiene lugar cuando se inicia una causa judicial a sabiendas de que no se está en posición de ganar y sobre la base de una falsedad, pero con artilugios legales suficientes se consigue “engañar” a un juez para que éste instruya una causa. A decir verdad, en la Justicia se habla de “estafa triangular”: hay un perjudicado, un juez engañado y un actor que busca sacar rédito. Una altísima fuente del STJ confirmó que el eje de la investigación, ya instruida a un fiscal, persigue desentrañar la posible existencia de una “connivencia” de intereses para condenar a la Provincia, y lograr así cobrar una abultada deuda millonaria, incluido los honorarios de los profesionales actuantes. “La estafa procesal es punible aún cuando quede en grado de tentativa”, afirmó la fuente. En febrero último, el Gobierno había declarado lesivo aquel acuerdo de pago, y de ese modo buscó neutralizar la causa en trámite en la Justicia Civil contra el Estado, y ahora desde el área que conduce el jefe de los fiscales, Jorge Amílcar García, avanzan un paso más, y ponen en cuestión a los accionantes. Entramado Precisamente, el 5 de febrero el gobernador Sergio Urribarri firmó el decreto Nº 183 que declaró lesivo a los interesas de la provincia a un convenio de pago de una indemnización no justificada que celebró en el año 2006 la Dirección Provincial de Vialidad (DPV) con la empresa Nediki SA. La medida incluyó la directiva a la Fiscalía de Estado para que promueva una acción al respecto ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ). La fuente judicial consultada dijo que la causa todavía no está resuelta, y sigue su curso en el máximo tribunal de la provincia. Aquella declaración de lesividad persiguió el objetivo de poner un freno a una demanda que la firma Nediki SA inició ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 7 contra la Provincia, y que podría derivar en una sentencia que obligaría al Estado a abonar una suma de aproximadamente 1 millón de pesos, que actualizados alcanzarían los 4 millones. La causa judicial se originó por cuanto si bien Vialidad aceptó pagar la deuda, nunca efectivizó esa decisión, aparentemente por falta de recursos. Por eso, Nediki SA inició una demanda contra el Estado, que está a sentencia. Ahora, ese pleito produjo un efecto dominó: la Justicia investiga a los actores, frente a la supuesta comisión del ilícito de “estafa procesal”. Reproches Desovillar el ovillo que se había armado fue posible a partir de una intervención de oficio del fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, que luego de analizar aquel convenio de pago, produjo un dictamen con fuertes reprimendas hacia la actuación del ex secretario de Legal y Técnica de Vialidad, Emilio Flavio Torrealday. El decreto Nº 183, que firmó el Gobernador, reprodujo partes de aquel dictamen, y sostuvo que “en la mencionada causa judicial, la Dirección Provincial de Vialidad se encuentra sometida a un proceso judicial originado en el presunto incumplimiento de un convenio de pago celebrado, todo sin causa legal que la justifique”. Según el Ejecutivo, el convenio de pago “y su resolución ratificatoria presentan graves irregularidades y vicios, resultando el más palmario su total y absoluta falta de causa jurídica”. Y añadió que a eso se suman “numerosos vicios en su tramitación, los que tienen como corolario la controversia judicial mencionada y en la que se dirimen los efectos de los actos reputados lesivos, proceso que de prosperar, generará un importante daño patrimonial a erario público”. Inicios Nediki SA se inmiscuye en la tramitación del pago de una deuda en la cual no había tenido arte ni parte. El intríngulis comenzó en abril de 1992 cuando Vialidad encargó a la empresa Induvial SA, con domicilio en Buenos Aires, ejecutar las obras de arreglo de la ruta provincial Nº 39, que la contratista no llegó a ejecutar. El tema derivó en el cruce de demandas. Induvial SA se negó a pagar una indemnización que le reclamó la DPV, organismo este último que dispuso la rescisión del contrato de obra. Luego, la cuestión llegó al Superior Tribunal de Justicia (STJ), que en 1995 convalidó la rescisión del contrato, pero dejó sin efecto el pago que Vialidad le reclamó a Induvial SA. El decreto 183 recuerda entonces que, según el fallo, el Estado no debió reclamar suma alguna a la contratista, y de igual forma “la misma sentencia rechazó la demanda en relación a los demás rubros reclamados por Induvial SA, lo que significó declarar que tampoco la Provincia debía nada a la actora”. Pero la resolución del STJ “tuvo una derivación irrazonable e incausada para los intereses de la DPV”, dice el decreto de declaración de lesividad, desde el momento en que Vialidad, al poner a un lado el fallo del máximo tribunal, reconoció en 2006 una supuesta deuda con Induvial SA, ahora representada por Nediki SA, a quien la primera le cedió parte de sus derechos. (Fuente: El Diario)
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