Viernes 23 de octubre de 2009
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Paraná
Paraná: Ingresó al HCD el proyecto de ordenanza tributaria
En la sesión de este jueves tomó estado parlamentario y fue derivada a la comisión de Hacienda y Presupuesto, el proyecto de ordenanza tributaria 2009, enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM).
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El Ejecutivo Municipal envió al Concejo Deliberante el proyecto de ordenanza tributaria.

E

sta normativa, como el Decreto Modificatorio del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Municipal, fueron derivados a la Comisión de Hacienda y Presupuesto del Concejo, para su análisis. En tanto, la norma, respecto a la Tasa General Inmobiliaria, al determinar la base imponible tiene en cuenta la actualización de las valuaciones fiscales de la tierra y de las mejoras dispuestas por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto 1769/08, su modificatorio Nº 25/09, ratificado por la Ordenanza Nº 8.818, de conformidad con la metodología establecida por la Ordenanza Nº 7.125, sobre la base de los anteriores ajustes practicados hasta el ejercicio fiscal del año 2008. La misma instrumenta en lo relativo a la Tasa Solidaria de Contribución para Obras Públicas, lo concerniente a que las nuevas valuaciones fiscales actualizadas no incidan para la determinación de los importes mínimos aplicables para el cómputo de su importe. En tanto, se modifica el artículo relativo a la Tasa Solidaria de Contribución para Obras Públicas, que previamente hacía referencia a la afectación de los ingresos derivados de la misma para cubrir parcialmente la suma que corresponda pagar en concepto de Contribución por Mejoras a los beneficiarios de obras públicas, para denotar que la finalidad de este tributo es cubrir la parte del costo de las obras públicas de pavimentación, alumbrado, extensión de las redes de provisión de agua potable y de colectoras cloacales, que no es financiada por la recaudación de contribución por mejoras, en razón que los valores aplicados para la liquidación de estas contribuciones son sensiblemente menores a los costos reales de ejecución de las obras respectivas. En cuanto a la Tasa por Servicios Sanitarios, se instrumenta también el destino de la Tasa Solidaria de Contribución para Obras Públicas. Y en cuanto a la base imponible para la liquidación de la Tasa por Servicios Sanitarios, correspondiente tanto al servicio de provisión de agua potable como al de desagüe cloacal, a raíz de las actualización de las valuaciones fiscales, se establece un límite para el incremento de la tasa en un 76% respecto de los importes liquidados en el Sexto Bimestre del ejercicio fiscal año 2008. Disposiciones A la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad, se incorpora una alícuota especial del cuarenta por mil para los contribuyentes que sean prestadores del servicio de acceso a Internet, que hasta la fecha están gravados con la alícuota general del doce por mil; actualizándose los montos de la escala de importes mínimos generales para adecuarlos a la realidad económica actual. Actividades que anteriormente estaban sujetas a la tributación de la tasa mediante importes fijos, como el transporte urbano de pasajeros; servicios de taxi, remís, taxi-flete, transporte escolar u obrero; cibercafés o similares; campos o instalaciones para la práctica de deportes y juegos mecánicos, eléctricos y electrónicos, se incorporan al régimen general de la liquidación de la tasa sobre la base de los ingresos brutos y mediante la aplicación de la alícuota correspondiente, quedando sujetos a la aplicación como importes mínimos especiales lo que antes tributaban como importes fijos directos por unidades utilizadas en la explotación comercial, tales como vehículos, máquinas, predios deportivos, etcétera. Se conserva la disposición que habilita el ajuste del aporte mínimo previsto para taxis y remises, cuando se produzcan autorizaciones de incrementos en las tarifas aplicadas para tales servicios. En cuanto a los alojamientos por hora, la norma actualiza el importe mínimo especial. Al fijar los Derechos por Permiso de uso y servicios varios, en el caso de los mercados y ferias se actualizan los valores previstos para tales fines y modificase la referencia al Mercado Central “La Paz” por el nuevo predio ubicado en calle Perú, donde van a funcionar los puestos que se encuentran en sus instalaciones que, como es de público conocimiento, tendrá un destino diferente del asignado hasta la fecha. Respecto al Cementerio Municipal, también se actualizan los derechos contemplados en la Ordenanza Tributaria del año 2008, modificándose la modalidad de pago en el caso de los panteones sociales. En vez de ser un monto fijo por panteón, se aplicará un importe por cada nicho ubicado en estos, siendo el importe de cinco pesos por cada uno de ellos. En cuanto a la periodicidad con que se debe pagar el derecho por uso de nichos, se modifica de bianual a anual. En lo atinente al Derecho de Ocupación de la Vía Pública, se actualiza el importe de los derechos anuales para empresas prestatarias de servicios de telecomunicaciones, provisión de energía eléctrica y gas natural, transmisión de televisión por cable u otros servicios; incorporándose un nuevo derecho mensual por la ocupación de aceras y espacios verdes para la exhibición de vehículos nuevos o usados. El proyecto enviado por el Departamento Ejecutivo, al contemplar la Tasa por Alumbrado Público, introduce una aclaración con el hecho de que los usuarios categorizados como industriales por las empresas prestatarias del servicio de provisión de energía eléctrica en la jurisdicción municipal, no están alcanzados por este tributo. En este sentido, aclararon que “no se trata de una modificación de la política tributaria, porque este temperamento ha sido aplicado desde hace tiempo por Enersa, de conformidad con las normas emanadas del Gobierno provincial, pero se había omitido su adecuada expresión en las disposiciones de la Ordenanza Tributaria”, aclararon. Finalmente se eleva el importe máximo de los Créditos Carentes de Interés Fiscal para su cobranza mediante gestión judicial, fijándose en la suma de $ 700.
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