Sábado 24 de octubre de 2009
  |  
Policiales
Imputarán por “abandono de persona” al conductor que mató y huyó
El Procurador General de la Provincia adelantó que se dieron indicaciones a la Justicia de Instrucción para que se amplíe la imputación de Homicidio culposo y lesiones graves que pesa sobre Cristián Aguilar al delito de Abandono de persona.
AGastiazoroVillaUrquiza.jpg
EGuetteCampoVillaguay.jpg
SchaffUrribarri2.jpg
YamilaRueda.jpg
El conductor atropelló a los chicos y se dió a la fuga.

A

guilar está imputado por el accidente ocurrido el domingo a las 6.30 en el Acceso Norte a Paraná, cuando a bordo de un VW Gol arrolló a cuatro jóvenes que iban caminando por la banquina. Como consecuencia del impacto mató a Yamila Rueda de 17 años y huyó del lugar dejando seriamente heridos a Adriel Miño de 21 años, que presentó politraumatismo craneal, toráxico y abdominal y fractura de pierna derecha y a Matías Hernández de 18 años, que sufrió fractura de pierna derecha. Florencia Franco de 17 años, que iba en el grupo resultó ilesa. Aguilar se entregó en la tarde del domingo en la comisaría octava. A partir de la ampliación de la imputación, que se conocerá en el transcurso de esta semana, Aguilar podría quedar detenido, según señalaron fuentes judiciales consultadas. El Procurador General de la Provincia Jorge García, expresó que “hay que hacer entender culturalmente a las personas que la libertad no quiere decir que no pase nada, sino que la libertad quiere decir que la persona está a disposición del juicio y que el juicio va a determinar si es culpable o inocente”. En ese sentido señaló como muy importante la celeridad en los procesos que establece el nuevo Código Penal. Ampliación García sostuvo: “No me gusta referirme a casos puntuales para evitar la contra réplica, me gusta hablar en general; pero es cierto que en este caso y como política criminal de la Procuración en todos estos casos donde existe un delito imprudente o la suposición de uno por un accidente de tránsito donde el sospechoso fuga del lugar del hecho, aún cuando se presente al día siguiente como en este caso, hemos impartido instrucciones y han sido tomadas por la Justicia de Instrucción para que se amplíe la imputación al delito por Abandono de persona”. El Procurador explicó que “este delito tiene una redacción que ha llevado a confusión y a una discusión doctrinaria, porque el abandono de persona requiere un peligro concreto, entonces muchos autores han dicho que cuando una persona embiste a un peatón y éste muere, en esos casos, pese a que el acusado fugue del lugar no se produce el delito concreto porque la víctima murió. Este entendimiento un tanto antiguo de la doctrina ha sido superado por las modernas concepciones que ponen en el tapete que allí hay lo que se llama un disvalor del acto que está intacto y es igual a que si la víctima hubiese corrido el efectivo peligro”. García explicó que “esto es lo que en doctrina se llama tentativa, se imputa el delito de abandono de persona aunque sea en el marco de la tentativa, en concurso ideal con el homicidio o las lesiones imprudentes. Lo que plantemos aquí ha sido receptado por la Justicia de Instrucción y se le va a ampliar la indagatoria al acusado por este hecho en fecha próxima”. CRÍTICA. “La libertad bajo caución en el proceso es un tema totalmente aparte y siempre es muy difícil de entender, sobre todo por las víctimas”, y agregó: “Soy muy respetuoso del dolor de las personas y no me molesta en absoluto que las víctimas muestren su disconformidad y se refieran de modo duro hacia nosotros. Estamos acostumbrados, si así no fuera y no tuviésemos la templanza para recibir improperios o denuncias de un lado y del otro, tendríamos que dedicarnos a otra cosa”. En ese sentido afirmó que “el deber de tolerancia que tenemos por la función que cumplimos es recibir la crítica, y lo mejor que puede pasar en una sociedad democrática es que todo el mundo critique sin problemas”. En este punto el Procurador marcó una diferencia al añadir: “Lo que tenemos que lograr es que las víctimas entren en el sistema, que se constituyan en querellantes, en asociaciones de víctimas, que presenten proyectos; es decir, que intervengan en la vida democrática y en la discusión de las leyes. Esto es lo que tenemos que lograr con las víctimas y no que salgan a gritar afuera sin ninguna propuesta” y destacó: “Reitero que el dolor siempre es respetable pero, pese al dolor, esta es una cuestión que está fijada constitucionalmente. El Superior Tribunal de Entre Ríos, la Corte Suprema de Justicia, los principales tribunales de Casación del país, no hacen más que interpretar la Constitución, y estas son las reglas de juego básicas que nosotros nos fijamos”. García, que lleva 34 años en la Justicia, de los cuales 11 se desempeñó como juez de Instrucción, ejemplificó al señalar que “así como decimos que no se puede torturar a alguien para sacarle información, también decimos que no se puede aprisionar a una persona que no ha sido condenada y todavía conserva la situación de inocencia. Lo que se puede asegurar son los fines del proceso y a veces para asegurarlos es necesario privar a la persona de la libertad, pero esto tiene que ser lo último; lo primero que tiene que ver uno es cómo puede asegurar los fines del proceso”, entre las medidas a adoptar en ese sentido señaló “que el acusado no se vaya, no se fugue, que no se ponga de acuerdo con los cómplices, que no destruya la prueba. Estos son los fines del proceso que tienen que regir en la decisión de un tribunal o de un juez para tomar la decisión de privar de la libertad a un imputado, pero esto tiene que ser lo último; lo primero que se puede hacer, si estamos seguros de que la persona va a comparecer siempre, es la caución juratoria, donde el acusado se compromete a presentarse siempre. Si pensamos que hay que ampliar las garantías para que se presente le fijamos una fianza, siempre que ésta no sea una estratagema para dejarlo adentro, si a una persona pobre de solemnidad le fijo una fianza de 10.000 pesos es como si lo dejara encerrado”. Por último agregó que se le pueden fijar una serie de reglas que deberá cumplir y son medidas alternativa a la prisión preventiva. (Fuente: Diario UNO).-
Lo más visto
01
02
03
04
05
¿Que pensás sobre esto?
600
 caracteres restantes
Publicar comentarios en INFORME DIGITAL implica la aceptación plena de nuestro reglamento.
Comentarios
¡Tu comentario se ha enviado con éxito!
La aprobación del mismo dependerá de su aprobación por parte del moderador. Muchas gracias.
LIBERTAD PRODUCTORA
Santa Fe 322 Piso 8 Dto.A.
Paraná, Entre Ríos.
Tel: +54 343 4233381
[email protected]

Copyright 2002 INFORME DIGITAL | Todos los derechos reservados | Mediakit: Publicite con nosotros.
[email protected]
Aplicabbs | Diseño: Kembo Dupla Creativa