S
egún se explica en el texto difundido por el Concejo Deliberante se reputarán como generadoras de residuos peligrosos "aquellas iniciativas comerciales, industriales o de servicios, que produzcan residuos provenientes de talleres mecánicos, lubricentros, talleres de chapa y pintura, estaciones de servicio, bocas de expendio de hidrocarburos, imprentas y cualquier otra actividad que genere o manipule residuos líquidos, sólidos o gaseosos considerados peligrosos, según lo establecido por las leyes Nacional Nº 24051 y Provincial Nº 8880". Entre las disposiciones del proyecto de ordenanza se establecen sanciones: "Quienes no se encuentren inscriptos en el Registro a crearse, no podrán acceder a la habilitación correspondiente, quedando inhabilitados para ejercer actividad comercial, industrial y de servicio alguno". Los Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos, deberán obtener la habilitación correspondiente por parte de la Dirección de Medio Ambiente, estando obligados a presentar para lograr la misma un informe técnico realizado por un ingeniero especialista, contrato de servicio del operador con el Generador de Residuos Peligrosos, habilitado por la Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Entre Ríos y de la Municipalidad de Paraná y, finalmente, certificado de transporte del residuo de empresa habilitada por ambas reparticiones. Complementariamente se exigirá un certificado de disposición final o destrucción de empresa habilitada, por los organismos mencionados precedentemente.