Lunes 23 de noviembre de 2009
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Política
Durísima crítica bustista al presupuesto de Urribarri
Se contraponen promesas K de Reparación Histórica con endeudamiento provincial de $ 2.134 millones en 2010 por las mismas obras. Se cuestiona que no hay aumento salarial y a la vez querían designar 5.000 nuevos empleados.
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<b>Casa muy Gris.</b> El bustismo ve un oscuro panorama con el presupuesto de Uribarri.

A

continuación se transcriben textualmente las consideraciones del diputado y presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, el bustista Jorge Bolzán, enviadas a INFORME DIGITAL: Situación Actual La Deuda Flotante de la provincia de Entre Ríos al 30 de Septiembre de este año es de $ 560 millones, en concepto de salarios, bienes y servicios, transferencias, proveedores, contratistas, según lo informado por la Contaduría General de la Provincia ante el Gobierno Nacional. Los gastos se realizaron sin la correspondiente existencia de fondos, por lo que existen libramientos impagos en la Tesorería General o en las Direcciones de Administración. La deuda Consolidada de la Provincia al 30 de Septiembre de 2009 asciende a la suma de $ 3.450 millones. Al 31/12/08 era de 3.048 millones, es decir que en 9 meses aumentó $ 402 millones (un 13%). En total sumando la deuda consolidada y la deuda flotante el total de la deuda de la Provincia de Entre Ríos al 30/09/09 es de $ 4.010 millones. Los vencimientos de la deuda para 2010 según se informa en la Ley de Presupuesto en cuadro anexo, son de $ 1.205 millones ($ 157 millones de intereses, y 1.048 de capital), lo que representa un 35% de la deuda consolidada. El Presupuesto Provincial 2010 ingresó a la Cámara de Diputados por un total de $ 9.911 millones de pesos. El artículo 6° solicita autorización de crédito por $ 580 millones para el financiamiento del déficit 2009. Es decir después que el Gobernador y el Ministro de Economía desmintieran esta situación, finalmente reconocen el déficit estimado de casi $ 600 millones, que inclusive puede sea superior. ARTICULO 6º.- Autorizase al Poder Ejecutivo Provincial a concretar operaciones de crédito público por hasta la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA MILLONES ($ 580.000.00) para el financiamiento del déficit acumulado y consolidado de las Rentas Generales, a través del Programa de Asistencia Financiera que implemente el Gobierno Nacional, o a través de cualquier otra entidad. El déficit se va atendiendo mes a mes tomando fondos afectados por Ley para cubrir el agujero de las rentas generales. Se hace mediante el uso del Fondo Unificado a través del NUEVO BERSA, agente financiero de la Provincia. Se obliga a que los organismos no gasten los fondos propios, y desde la Tesorería General se utiliza un descubierto en la Cuenta General de la Provincia para pagar los gastos corrientes. En algunos casos se los obliga a realizar la transferencia de fondos. La obligación legal hasta el presente era que los fondos tenían que reintegrarse antes de fin de año. Con el cambio propuesto en el artículo 7°, se autoriza a que el reintegro no se haga a fin de año, sino que se pueda diferir en el tiempo la devolución de los fondos. ARTICULO 7º.- Autorizase al Poder Ejecutivo Provincial a utilizar fondos disponibles de otros organismos del Estado en tanto se asegure en todo momento el cumplimiento de los fines para los cuales han sido creados, y reconociéndose en tal caso un costo de financiamiento equivalente al que podrían obtener de considerar otra alternativa de colocación, pudiendo su reintegro trascender el ejercicio fiscal, con el objeto reemplazar o sustituir el financiamiento previsto en Artículo 6º de la presente, como así también para sustituir otras fuentes financieras autorizadas por esta Ley con destino a la obra pública. Varios artículos más solicitan autorización de endeudamiento para obras, por un total de $1.092 millones de pesos. Se desagregan así: El artículo 8° por $ 100 millones, el artículo 9° por $ 597 millones, y el articulo 10° por $ 395 millones. Muchas de estas obras fueron anunciadas con fondos nacionales, pero finalmente se plantean con más endeudamiento de la Provincia.. !!! La Nación toma plata de la copa de la Provincia , y la presta luego, por lo cual tenemos que pagar intereses a lo largo de los años, y poniendo en garantía la coparticipación federal de impuestos. ARTICULO 8º.- Ampliase en la suma de hasta PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000.-) o su equivalente en moneda extranjera, la autorización conferida al Poder Ejecutivo Provincial mediante el Artículo 8º de la Ley N º9.879 de concretar operaciones de crédito público, con destino a la atención de Proyectos de Caminos en Areas Rurales Productivas – Zona VII correspondientes al Programa Servicios Agrícolas Provinciales. ARTICULO 9º.- Autorizase al Poder Ejecutivo, a concretar en el corriente ejercicio y/o siguientes, operaciones de crédito público, con el Gobierno Nacional o Entes del Sector Público Nacional, o entidades Financieras Nacionales o Extranjeras, u Organismos Multilaterales de Crédito, en Pesos o su equivalente en Dólares Estadounidenses o en otra moneda extranjera, con destino a la realización de los proyectos, incluyendo los estudios de pre-inversión, por hasta los siguientes importes: - Pavimentación ex Ruta Nº 131 Tramo I: Avenida Pedro Zanni – Oro Verde (Depto. Paraná), por hasta la suma de Pesos Veinticinco Millones ($ 25.000.000).- - Ruta Provincial Nº A-08 Arroyo Sagastume – Villa Paranacito Tramo Cerro Industrial – Cerro Poblacional por hasta la suma de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000).- - Acceso a Puerto Ibicuy Subtramo I - Tramo Ruta Nacional Nº12 - Paraje Roldán por hasta la suma de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000).- - Rehabilitación Ruta Provincial Nº45 Tramo Ruta Nacional Nº12 – Paraje Roldán por hasta la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000).- - Ruta Provincial Nº23 Tramo Villa Elisa – Caseros por hasta la suma de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000).- - Ruta Provincial Nº30 Tramo Estación Sola – Maciá por hasta la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000).- - Refuncionalización Autódromo Ciudad de Paraná por hasta la suma de PESOS DIESISIETE MILLONES ($ 17.000.000).- - Refuncionalización Autódromo Ciudad de Concordia por hasta la suma de PESOS DIESISIETE MILLONES ($ 17.000.000).- - Nuevo Hospital de Paraná – Bicentenario por hasta la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MILLONES ($ 140.000.000).- - Colector Cloacal Noroeste Ciudad de Gualeguaychú por hasta la suma de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000).- - Colector Cloacal Subsidiario Barrio Tiro Federal – Villa Almendral – Thompson Ciudad de Paraná por hasta la suma de PESOS TRECE MILLONES ($ 13.000.000).- -Nuevo Edificio Ministerio de Economía Hacienda y Finanzas - Paraná ( $ 35.000.000).- ARTICULO 10º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial, a concretar en el corriente ejercicio y/o siguientes, operaciones de crédito público, con el Gobierno Nacional o Entes del Sector Público Nacional, o entidades Financieras Nacionales o Extranjeras u Organismos Multilaterales de Crédito, por hasta la suma total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES ($ 395.000.000.-) o su equivalente en Dólares Estadounidenses o en otra moneda extranjera con destino a las obras comprendidas en los siguientes proyectos, en el marco del Programa de Servicios Agrícolas Provinciales: - Sistema de riego en Zona Citrícola Villa del Rosario.- - Electrificación Rural en Áreas Arroceras.- - Acueducto La Paz – Estacas.- - Desarrollo Productivo Sustentable – Área Acueducto La Paz.- - Sistema de riego en Zona Citrícola y Arrocera Mandisoví Chico.- - Gasoducto Productivo Santa Anita – San Marcial.- Los servicios de la deuda se afrontarán con nuevo endeudamiento, tanto para el capital como para los intereses, tal como lo refleja el artículo 5º del Proyecto de Ley: ARTICULO 5º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a concretar con el Gobierno Nacional, Entes del Sector Publico Nacional, o Entidades Financieras u otras entidades, operaciones de crédito público, con destino a la refinanciación, y/o reestructuración de los servicios de la Deuda Pública por hasta la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL ($ 462.406.000). Total del Endeudamiento. Entonces, entre obras, déficit corriente y servicios de la deuda, el Poder Ejecutivo solicita autorización para endeudarse en 2010 por $ 2.134 millones. La deuda consolidada al 30/09/9 es de $ 3.450 millones, acumulada a lo largo de los años, la deuda que se pretende tomar en 2010 significa un aumento del 61% en un solo año ¡!!! De este total de autorizaciones de endeudamiento, se proyectan utilizar en 2010 $ 1.726 millones (81% del total). No es como se afirma en la nota que se tomaran a lo largo de los años, sino que la mayor parte se tomará en 2010. Vencimientos de deuda: Los vencimientos de la deuda comienzan a concentrarse en el corto plazo. Los servicios a pagar en 2010 son $ 1.205 millones. De este total $ 157 millones son de intereses, $ 462 millones de vencimientos de capital, $ 5 millones de deudas de organismos descentralizados, y $ 580 millones del déficit 2009 que se arrastra para el año siguiente. El resultado financiero previo es negativo en 2010 en $ 848 millones, que se financia con mayor uso del crédito, es decir, con más endeudamiento de la Provincia. Salarios: No hay fondos previstos para aumentos salariales en lo que resta del año, y en todo el 2010 !!! Cargos: Se crean nuevos cargos en la administración. Si no se pueden pagar los salarios de los empleados que están o aumentarlos, parece extraño que se plantee crear nuevos. El Subsec de Presupuesto sostuvo que los funcionarios de la actual administración le pidieron la creación de 5.000 nuevos cargos, aunque sólo se autorizó una parte de ellos. ARTICULO 14º.- Créanse la cantidad de ciento noventa y siete (197) cargos de planta permanente destinados a la Secretaría de Salud; cinco (5) cargos de planta permanente para el Instituto Autárquico Becario Provincial; cuatro (4) cargos de planta permanente para la Honorable Cámara de Senadores; diez (10) cargos de planta permanente para la Universidad Autónoma de Entre Ríos; diez (10) cargos de planta permanente para la Dirección General de Arquitectura y Construcciones dependiente de la Secretaría de Planeamiento e Infraestructura; veinte (20) cargos de planta permanente para la Dirección General del Servicio Penitenciario dependiente de la Secretaría de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos; doscientas treinta (230) horas cátedra permanente para la Policía de Entre Ríos; y noventa (90) cupos de contratos de servicios para el Instituto de la Obra Social de Entre Ríos. El Presupuesto Nacional 2010, con sancionado por el Congreso, establece entre otros, 2 artículos de importancia, el 73 y el 74. Por ello se autoriza al Poder Ejecutivo a solucionar los problemas de déficit y de deuda de las Provincias, pero sin asegurar nada a nadie. Esto es, discrecionalmente el poder central va a condicionar a los Gobernadores de Provincia..! ARTÍCULO 73.- El ESTADO NACIONAL a través del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, podrá implementar un programa para asistir a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con financiamiento para la atención del déficit financiero y para regularizar atrasos de tesorería en concepto de salarios y servicios esenciales, de acuerdo a las posibilidades financieras del ESTADO NACIONAL. El Programa podrá implementarse a través del FONDO FIDUCIARIO DE DESARROLLO PROVINCIAL La SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS queda facultada para dictar las normas reglamentarias, interpretativas, aclaratorias y complementarias que fueren necesarias. Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y al MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS a suscribir los convenios respectivos. ARTÍCULO 74.- Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS a modificar las condiciones de las deudas que mantienen las Jurisdicciones Provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el ESTADO NACIONAL, el que en cada oportunidad determinará de acuerdo a las posibilidades financieras del ESTADO NACIONAL, las deudas de que se trate. Se podrá acordar quita, espera, remisión y novación de deudas, tanto de capital como de intereses, así como atender a su vencimiento las obligaciones que en cada caso se determinen cuando hubieran sido contraídas originalmente con garantía del ESTADO NACIONAL. Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS a realizar todos los actos necesarios a fin de instrumentar lo establecido en el presente artículo. Facúltase a la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS a instruir al FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL, a los fines indicados en el párrafo primero del presente, incluyendo la emisión de bonos garantizados por el ESTADO NACIONAL. Derógase el Artículo 22 de la Ley N º 26.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, sustituido por el Artículo 68 de la Ley N º 26.422 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009, incorporado a la Ley N º 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto. Junto al Presupuesto Nacional se votaron otras 2 leyes de relevancia, con el voto negativo de los Diputados del Peronismo Federal. Por una se suspende la vigencia de la Ley de Responsabilidad Fiscal, que ponía restricciones al déficit y al endeudamiento de las Provincias. Puntualmente establece que los servicios de la deuda no pueden superar el 15% del presupuesto provincial. Entre Ríos está por debajo de ese límite, pero con los sucesivos endeudamientos puede ser superado rápidamente. Es decir en vez de enviar más recursos a las Provincias, se las faculta a endeudarse. Adicionalmente, los Bancos tienen prohibido prestarle a las Provincias, excepto que exista una autorización expresa del Ministerio de Economía y del Banco Central de la República Argentina. Así que las Provincias tienen cada vez menos recursos en relación al total de a recaudación de impuestos, se las autoriza a endeudarse, pero aun asi se requiere la autorización previa del Gobierno Nacional para hacerlo. En Agosto Entre Ríos tomó un crédito de $ 50 millones del Banco Nación. El otro proyecto establece que por Ley se prorroga la vigencia de los impuestos nacionales como el impuesto al cheque, impuesto a las ganancias, entre otros, que vencían el 31 de diciembre de este año, con la misma distribución actual, es decir con las deducciones del 15% de la coparticipación para la ANSES , y con las otras deducciones específicas de cada impuesto para el sistema jubilatorio nacional, que a través de la ANSES termina financiando al Tesoro Nacional. Esto significa que los recursos van a seguir con el criterio centralista que se profundiza año tras año. Finalmente, quiero dejar en claro que aprobar un presupuesto es algo muy complejo y que lleva tiempo, dedicación y estudio; sobre todo hay que realizar rondas de consultas con profesionales, empresarios y comerciantes para que el Estado provincial siga siendo quien fomente y oriente las actividades económicas y no que por su endeudamiento se transforme en una carga para todos los sectores entrerrianos.
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