Miércoles 30 de diciembre de 2009
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Política
Otra resolución judicial contra la Ley de Medios
A las medidas cautelares de Mendoza, Salta y Bs.As., se suma una de un juez sanjuanino, que suspendió seis artículos de la ley 26.522. El pedido de inconstitucionalidad fue presentado por Jorge Estornel .
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E

l Grupo multimedios Vila-Manzano logró que otro juez federal cuyano frene la aplicación de algunos artículos de la ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual. Como ocurrió en tribunales de Mendoza, Salta y la ciudad de Buenos Aires, una medida cautelar ordena la suspensión de la aplicación de la norma sancionada por el Congreso de la Nación el 10 de octubre pasado. El nuevo revés a la Ley de Medios tiene como protagonista al juez Leopoldo Rago Gallo, titular del Juzgado Federal Nº 2 de San Juan. Según reveló el Diario de Cuyo, Rago Gallo ordenó no acatar lo establecido en los artículos 42, 43, 45, 46, 48 y 161, mientras se toma el tiempo necesario para resolver la cuestión de fondo: declarar la inconstitucionalidad de toda la ley. El pedido de inconstitucionalidad fue presentado por Jorge Estornel S.A. y Otros. El “otros” incluye a los empresarios Daniel Vila y José Luis Manzano, dueños del Canal 8 de San Juan, Canal 7 de Mendoza, Canal 6 de San Rafael, la operadora de TV por cable Supercanal, América TV, América 24 y 14 radios AM y FM. El planteo inicial del Grupo Uno solicitaba a la Justicia la suspensión de nueve artículos: 8, 45, 46, 48, 73, 89, 158, 161 y 165. Pero el juez Rago Gallo optó por dejar stand by sólo seis, dos de ellos no pedidos por los accionantes. El texto del amparo asegura que la 26.522 que reemplazó a la vieja ley de radiodifusión de la dictadura (22.285) "viola la libertad de expresión; implica un daño económico para las empresas; limita las renovaciones de licencias; y en el caso específico de Supercanal, citan el peligro de pérdida de puesto de trabajo e ingresos de publicidad por 14 millones de pesos más IVA". Con esta resolución suman cuatro hasta ahora las medidas que embisten contra la ley. La primera fue dictada por juez civil y comercial federal Edmundo Carbone a pedido del Grupo Clarín. El magistrado declaró inconstitucionales los artículos 41 y 161, que se refieren a la forma en el que los grupos mediáticos deben desprenderse de algunas licencias –para adecuarse al nuevo cupo permitido– y al período de tiempo en el que deben hacerlo. La segunda se produjo en Salta. Allí, el juez federal Miguel Antonio Medina interpuso una medida contra la ley en general a pedido del Comité de Defensa del Consumidor (Codelco). Como la última, la tercera también benefició al Grupo Vila-Manzano. La jueza federal de Mendoza Olga Pura de Arrabal dictó una medida cautelar que suspendió la aplicación de la ley, luego de que el diputado nacional Enrique Thomas, ex kirchnerista ahora aliado de Felipe Solá en el bloque Peronismo Federal, presentara una denuncia en la que puso en dudas el tratamiento legislativo de la norma. Crítica de la Argentina reveló que ante las medidas cautelares, el oficialismo apura los tiempos de la puesta en vigor de la ley 26.522. Concluido el reglamento interno del directorio del organismo que reemplazará al Comfer, ahora los técnicos que trabajan a las órdenes de Gabriel Mariotto se concentran en el plan técnico, una especie de radiografía del espectro que debe estar listo 180 días después de la constitución de la autoridad de aplicación que acaba de consumarse. En tanto, desde el Poder Ejecutivo adelantaron que apelarán todos los fallos judiciales que impiden la aplicación de la ley en todo el país.
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