Miércoles 20 de enero de 2010
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Carta de Lectores
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El fiscal Julio Rodríguez Signes ve las islas pero no la costa

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uy preocupado por la usurpación de propiedad pública, el fiscal de Estado provincial, Julio Rodríguez Signes, ha emprendido una cruzada para recuperar las tierras fiscales ocupadas en la zona insular del Delta entrerriano. En esta línea, ha avanzado en la posibilidad de pedir la anulación de los títulos de propiedad que, indebidamente, la Dirección de Catastro le habría otorgado a privados sobre lotes que totalizan unas 100 mil hectáreas. El fiscal argumenta que se trata de “bienes de dominio público”, por lo que solicita su restitución. Pero, paradójicamente, el esmero del funcionario para luchar por los intereses estatales no parece ser el mismo para con playa Los Arenales, un predio oficial al norte de la ciudad de Paraná tomado por un empresario ligado al poder. Rodríguez Signes, mediante presentación judicial, se ha empeñado en frenar un juicio que permitiría recuperar este solar para la utilidad pública. El Estado tuerto. En una iniciativa que lo puso en primer plano de atención de la prensa y los medios de comunicación, el fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, se ha lanzado en un plan para recuperar la potestad de unas 100 mil hectárea ocupadas por arrendatarios agrícolas ganaderos, en islas de los departamentos Gualeguay y Victoria. La determinación es parte de una inesperada derivación por la investigación que se llevó adelante tras la controversia surgida por las quemas de pastizales en la zona insular en el sur del Delta del río Paraná. Gran parte de estas islas, aproximadamente 190 mil hectáreas, es territorio que pertenece a la provincia e, históricamente, se han alquilado para la actividad ganadera, apícola e incluso últimamente para la siembra de soja. Justamente, lo que se comprobó, al intentar deslindar responsabilidades por los incendios intencionales producidos el año pasado, fue que una buena parte de los campos fue registrado a nombre de privados. Es más, algunos de los ocupantes que en su mayoría son terratenientes de Buenos Aires y Santa Fe, habían iniciado los trámites para obtener posesión definitiva mediante juicios de usucapión (reclamo de propiedad por pertenencia en el tiempo), presentándose casos favorables a los hacendados en primera instancia. De lleno en el problema, Rodríguez Signes planteó dar de baja todos los contratos de arrendamientos, el desalojo llegado el caso e incluso la revisión por la Legislatura de la habilitación por la venta de parte de estos lotes en épocas de la dictadura militar. En esta cruzada, el fiscal desautorizó y reprendió públicamente a la funcionara encargada de la Dirección de Catastro, María Emma Danuzzo, porque a su entender no obró conforme a la ley a partir que “inscribió mensuras de bienes públicos” que habilitaron las pretensiones de propiedad privada. Asimismo deslizó que se mande cesar con esta práctica y que para esto se adecue una legislación acorde. Entre de los últimos pasos emprendidos desde la Fiscalía para regularizar esta situación, en un hecho con ribetes cinematográfico, el titular del organismo junto a escribano Mayor de Gobierno, Francisco Gastaldi, montaron un helicóptero de la Policía de Entre Ríos y sobrevolaron las islas con la pretensión de constatar y registrar in situ las ocupaciones. No se sabe bien cómo realizaron semejante operación, pero sí se anunció oficialmente las intensiones de solicitar finalmente el desalojo de los predios usurpados. Contradicciones. Uno de los argumentos jurídicos centrales del planteo de Rodríguez Signes para recuperar los terrenos, se sostiene en entender que todas islas del Estado constituyen “dominio público perteneciente al pueblo de la Provincia de Entre Ríos”, y que este tipo de bienes están “fuera del comercio” (al contrario de como sí lo podría estar si fuesen “tierras fiscales”). Por ende, como bienes de “dominio público”, las islas ostentan los atributos esenciales de “inalienabilidad” e “imprescriptibilidad”, es decir que no se pueden comerciar o enajenar, al menos sin una ley especial de la Legislatura provincial que desafecte de tal carácter estos inmuebles. Justamente, estas mismas particularidades, que son propias de los terrenos de dominio público (inajenables e imprescriptibles), es lo que se aduce en el litigio que llevan adelante un grupo de vecinos de la ciudad de Paraná para que la provincia recupere el predio del ex balneario Los Arenales. En este sentido, los letrados patrocinantes arguyen que esta parcela junto al río Paraná es abarcada por la línea de ribera de los cursos navegables y, por ende, de “dominio público” y propiedad del Estado entrerriano. Pero nada de esto ha entendido el fiscal Rodríguez Signes que, en una de las últimas actuaciones oficiales en este complejo e intrincado proceso, ha interpuesto una presentación para frenar una apertura de pruebas que pretenden dirimir la constitucionalidad de un decreto del ex gobernador Jorge Busti, mediante el cual se quiere desistir de litigar para que Los Arenales –hoy en manos de un empresario local Sergio Gregorio Lifschitz –vuelva a ser parte del patrimonio provincial. Se trata del decreto Nº 7.560, de noviembre de 2005, mediante el cual Busti ordenó a la Fiscalía de Estado (en ese entonces a cargo de la hoy integrante del Superior Tribunal de Justicia, Claudia Mizawak) a renunciar al juicio por reivindicación de título y medida cautelar de no innovar que la provincia promoviera contra la comuna como responsable de otorgarle Los Arenales a Lifschitz para que construya el barrio privado Amarras del Sol. Mediante el oficio firmado en diciembre de 2008 por el actual fiscal, se pretende que la jueza actuante, Alicia Cecilia Olalla del Juzgado de Instrucción Nº 4, no recabe los antecedentes necesarios para dirimir la cuestión. En este sentido, en los fundamentos del escrito, Rodríguez Signes menciona que lo relativo a “Los Arenales no forma parte de este proceso” (SIC), y si bien reconoce que las pruebas ofrecidas aportan al dirimir el dominio de los terrenos en disputa, considera que son “cuestiones completamente extrañas a esta litis (pleito)”, ya que las mismas tiene “vinculación con la situación dominial de los terrenos de Los Arenales” (SIC). Del mismo modo, se afirma que la apertura de pruebas alargaría una decisión, en tanto “el control de constitucionalidad, si bien difuso, debe ser expeditivo, rápido y solo puede recaer sobre actos manifiestamente ilegítimos”, opina. Con esto, en fecha 20 de marzo de 2009, Olalla hace lugar al planteo de la Fiscalía. Corrido traslado, los querellantes interpusieron a principios de abril un recurso de apelación y formulación de reserva, para solicitar la integración “de la litis y apertura a pruebas de la causa y producción de prueba denegada”. Por este trámite, aún se aguarda una resolución. No contesta. Una de las evidencias centrales que los denunciantes quieren dejar expuesta en esta causa es que Los Arenales son de “dominio público” y, por ende, el Ejecutivo cuya representación ostentaba Busti, no puede desentenderse ni renunciar por decreto a pugnar por una propiedad y derecho del Estado. Además, el aporte de material probatorio evidenciaría el reconocimiento judicial del carácter de “dominio público”, ya acreditados en juicios por terrenos colindantes a Los Arenales que el Estado provincial promovió y ganó (las denominadas causas “Annichini” y “Franchini”). Del mismo modo, se intenta demostrar que Sergio Gregorio Lifschitz fue comprador de “mala fe” de los terrenos que le ofreció en su momento la comuna. En este sentido, se recordó que siendo presidente del Club Náutico Paraná (situado al lado de Los Arenales), en otro juicio que la Municipalidad de Paraná (a través del extinto Banco Municipal) entabló por los terrenos que ocupa el complejo deportivo, Lifschitz reconoció que tanto Los Arenales como el predio del Náutico, eran de propiedad de la provincia. ¿Qué intereses vincula a los actores políticos, judiciales y económicos de este enredado litigio? ¿Por qué la diferencia en la categorización de “dominio público” entre las islas del Delta y Los Arenales? ¿Por qué el empeño de sostener un decreto en apariencias reñido con la ley? Estas y muchas otras preguntas quiso hacerle ANÁLISIS al propio fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes. A pesar de varios intentos, todos ellos fueron estériles y nunca se pudo dar con el funcionario. Según distintas ocasiones, las personas allegadas a la Fiscalía con la que se entabló comunicación, en un primer momento desestimaron tal posibilidad, diciendo que era “prácticamente imposible”. Luego, en una ocasión expresaron que “esta volando sobre las islas” y en otras dos “que estaba en una reunión” y no nos podía atender. Incluso más. También se requirió a esta oficina el escrito de presentación oficial que realizado el fiscal a la Justicia a fines de 2008, pero tal documento público también fue retaceado y se adujo una serie de pasos y requisitos para poder obtener algo que, indefectiblemente por otros caminos, se consigue con buena voluntad. Telenovela de terror. El camino por el cual este balneario público que alguna vez fue disfrutado por los paranaenses pasó a manos privadas es realmente enmarañado y extenso. En una apretada síntesis, se puede mencionar que Los Arenales transformó en una inigualable playa luego del que, producto del refulado (tirar arena del río a la playa) de arena por la obra de construcción del Túnel Subfluvial en 1957, este sector pasó a ser de bañados y anegadizos a un páramo para el disfrute de los veraneantes. A pocos minutos del casco urbano de Paraná, los bañistas alcanzaron a disfrutar sus amplias extensiones y aguas cristalinas hasta principios de los 90 en el siglo pasado. Pero la disputa por este borde costero se retrotrae hacia 1965, cuando por un artilugio ex intendente Maximino Aldasoro pasó el terreno a propiedad del Banco Municipal de Paraná para capitalizarlo. De este registro espurio, se llega al año 2000, cuando el entonces intendente Sergio Varisco otorga a Sergio Gregorio Lifschitz el permiso para construir un barrio privado: Amarras del Sol. Esta decisión fue impugnada por la Comisión de Código Urbano e informes técnicos que advirtieron que las obras del country fluvial proyectado ponían en riesgo el funcionamiento e infraestructura del Túnel Uranga-Sylvestre Begnis. La construcción del Amarras del Sol siguió adelante, aunque en 2003 el ex fiscal de Estado provincial, Sergio Avero, promovió un juicio de nulidad y reivindicación de título junto con una medida cautelar de prohibición de no innovar y contratar para que la provincia recuperara la potestad sobre el terreno. La presentación recayó en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 de Paraná, Secretaría Nº 4. En este ínterin, los trabajos y las ventas adelantadas de los lotes nunca se paralizaron. Ya con Julio Solanas intendente y Jorge Busti mandatario, se motorizó una gestión en la que se planteó un absurdo acuerdo extrajudicial para que el municipio pudiera utilizar parte de un acceso al frente fluvial del balneario, pero este intento naufragó. Transcurrido un lapso, en noviembre de 2005 Busti mediante el decreto Nº 7.560 ordenó a la Fiscalía de Estado a desistir del juicio por reivindicación de título y la medida cautelar que la provincia promoviera contra Lifschitz y la comuna. La presentación estuvo a cargo de la ex fiscal de Estado, Claudia Mizawak, a pesar de que todo indicaba que el conflicto se encaminada a resolverse a favor de la provincia. Ante esta instancia, se presentaron como demandantes particulares Irma Rosana Barriento y Adriana Mara Guadalupe González, solicitando declarar inconstitucional el decreto 7.560. El escrito recayó ante el Juzgado de Instrucción Nº 4, a cargo entonces de Alicia Cecilia Olalla de Sacripanti, a lo que le vino una presentación de “excepción de incompetencia” del gobierno provincial. En medio de esta disputa, Barrientos y González recibieron extrañas intimidaciones para que se retiraran del juicio en octubre de 2008. El hecho inclusive demandó por parte de los letrados patrocinantes la atención del Colegio de Abogados de Entre Ríos. Tras idas y vueltas por distintas instancias del Superior Tribunal de Justicia, el pedido el requerimiento de inconstitucionalidad quedó en manos de Olalla, por lo que dictó apertura de pruebas. Este hecho es el que se opuso Rodríguez Signes y ahora esta en veremos, en uno de los últimos capítulos, quizás, de este culebrón interminable. Silvio Méndez Fundación La Hendija
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