Lunes 22 de febrero de 2010
  |  
Paraná
Paraná: demandan a la Comuna por Changomás
Pequeños empresarios y almaceneros se presentaron ante la Justicia para pedir la inconstitucionalidad de una decisión del municipio a favor del híper. Interpusieron una medida cautelar de no innovar en relación con los trabajos.
MirtaAlderete.jpg
changomashipermercado.JPG
Pymes amenazan con llevar el tema Changomás a la Corte Suprema.

L

a Unión de Entidades Pyme de Entre Ríos, el Centro de Almaceneros y un vecino de Paraná, se han presentado ante la Justicia para pedir la inconstitucionalidad de un permiso que otorgó la Comuna para construir un hipermercado al lado del barrio Paraná XIV, en Blas Parera y Almirante Brown, donde antiguamente acampaban los circos. Asimismo, han interpuesto una medida cautelar de no innovar para que se detengan los trabajos hasta tanto salga la sentencia judicial. La causa está siendo tramitada en el Juzgado Civil y Comercial Nº 6 a cargo de Eduardo Planas. Concretamente, lo que dicen los demandantes es que “no se ha fundamentado la factibilidad para la obra”, que se otorgó por vía de excepción, pues el Código Urbano de Paraná no permite la construcción de este tipo de comercio en la zona. Asimismo sostienen que viola derechos contenidos en las Constituciones nacional y provincial, entre ellos el derecho a un ambiente sano y preceptos protegidos por la legislación como la libre competencia, lealtad comercial y control antimonopólico. También se advierte que, “ante la hipótesis” de que el juez “rechazare la acción”, los demandantes se presentarán ante la Corte Suprema de Justicia, teniendo en cuenta la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “mediante el planteo del caso federal”. Los ciudadanos se presentan con el patrocinio de los abogados María Ema Barbagna, Santiago Reggiardo y Emanuel Martínez Garbino, que también es concejal de Paraná por la Concertación Entrerriana. En este momento, los perfiles pre armados de lo que será el local que albergará al híper –perteneciente a la cadena multinacional Walmart–, están casi terminados y sigue a toda máquina la obra, realizada por una empresa rosarina. “Insconstitucional” El edil Martínez Garbino explicó que la presentación “es una continuidad de lo que veníamos haciendo como Multisectorial, acudimos a la Justicia como última instancia”. La Comuna “no cumplió con convocar a una audiencia pública, como se requiere en casos de emprendimientos de esta magnitud, antes de tomar la decisión; ni cumplió con la normativa del Código Urbano: la excepción no correspondía”, dijo. En tanto, “la Constitución provincial tiene competencia en la protección de las pymes y el mercado interno”. En el texto de la presentación contra el Departamento Ejecutivo municipal, se pide que se declare “nula por inconstitucional” la resolución dictada el 8 de septiembre de 2009 por el intendente José Carlos Halle y refrendada por el ex secretario de Planificación municipal, Tomás Arias, en el expediente “Comas, Pedro Lucas – Mundo Construcciones SA s/ Factibilidad de Anteproyecto de Supermercado”, con un local de 4.800 m2 cubiertos. “Diversas normas reconocen derechos y garantías del trabajo y de la pequeña y mediana empresa que debieron ser de inexcusable cumplimiento por la autoridad municipal otorgante de la factibilidad de anteproyecto. El artículo 67° de la Constitución Provincial establece como directiva general el deber del Estado de promover mediante su legislación el bienestar económico y social de la colectividad”, se lee en el texto de la presentación. “Impone a las autoridades el deber de estimular condiciones competitivas en los mercados y una equitativa distribución de la renta, con acciones tendientes a evitar que prácticas individuales o colectivas distorsionen o impidan la competencia o lesionen el bienestar general”. Luego los actores dicen que “las grandes superficies comerciales desarrollan actividades de características monopólicas de consecuencias altamente negativas en el orden social, comercial y laboral. Distorsionan el mercado y eliminan la competencia al afectar la continuidad de los comercios de pequeña y mediana escala y sus múltiples fuentes de trabajo”. Por otro lado, “en el orden laboral, estos grandes comercios hacen uso de sistemas de contratación que precarizan el trabajo a la par que generan desempleo impactando negativamente en la calidad de vida de los pueblos y de cada uno de sus habitantes y sus organizaciones”. Asimismo, la presentación cita la ley 9.393 de hipermercados, que protege a pequeños empresarios. Ordenanzas En cuanto a la legislación municipal, “lo peticionado (la factibilidad solicitada por Comas y Mundo Construcciones) colisiona con disposiciones del Código Urbano (ordenanza 8.563), que vedan emprendimientos de la magnitud de volumen, superficie cubierta y localización urbana descripta por los solicitantes, y con la ordenanza 8.276 que obliga, bajo pena de nulidad, a la autoridad municipal a realizar una audiencia pública previa para que todos aquellos que puedan verse afectados o tengan un derecho o interés particular o difuso expresen su opinión al respecto”, sostiene la presentación judicial. Asimismo, los demandantes denuncian “la omisión de número y fechas en las actas” que –señalan– obran en el expediente municipal mediante el que se tramitó la factibilidad. Concluyen que “esto tiene que ver con el manejo de los tiempos”. Y se afirma luego que “el consentimiento” habría sido otorgado “de antemano” a Comas por el Ejecutivo, en forma previa al dictamen de la Comisión Asesora del Código Urbano. “No innovar” Los actores han interpuesto, vinculada con el pedido de nulidad de la factibilidad, una medida cautelar de no innovar. “Las obras en ejecución deben ser suspendidas hasta tanto se resuelva la inconstitucionalidad planteada en la acción principal de manera definitiva (...) como medida precautoria”. Y se agrega: “ya que la alteración de la situación originaria del inmueble destinado a la instalación de un mega mercado intensifica día a día el riesgo de daños graves y violación de derechos constitucionales garantizados a los actores, de imposible reparación ulterior”, dice la presentación. (Fuente: El Diario)
Lo más visto
01
02
03
04
05
¿Que pensás sobre esto?
600
 caracteres restantes
Publicar comentarios en INFORME DIGITAL implica la aceptación plena de nuestro reglamento.
Comentarios
¡Tu comentario se ha enviado con éxito!
La aprobación del mismo dependerá de su aprobación por parte del moderador. Muchas gracias.
LIBERTAD PRODUCTORA
Santa Fe 322 Piso 8 Dto.A.
Paraná, Entre Ríos.
Tel: +54 343 4233381
[email protected]

Copyright 2002 INFORME DIGITAL | Todos los derechos reservados | Mediakit: Publicite con nosotros.
[email protected]
Aplicabbs | Diseño: Kembo Dupla Creativa