Domingo 02 de mayo de 2010
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Policiales
Ex senador cada vez más cerca del juicio
Está acusado imputado junto a su hermano y otras dos personas. “Los encartados conocieron perfectamente que se le endilgaba la sustracción de fondos públicos” que recibían por la función estatal que cumplían”, dijo el STJ.
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Ex senador cada vez más cerca del juicio.

L

a Corte Suprema de Justicia de la Nación podría expedirse en los próximos días sobre el recurso extraordinario planteado por los hermanos Pacayut –entre los que se cuenta el ex senador– imputados del delito de “peculado”, por las maniobras vinculadas a los ATN para el Puerto Ibicuy. El expediente pasó al despacho del vocal Juan Carlos Maqueda, antes lo tuvo Highton de Nolasco, según se pudo saber y faltan los votos de Ricardo Lorenzetti y Carlos Fayt. En tanto, la Sala I de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia dio a conocer los fundamentos por los cuáles se rechazó el planteo que hizo la defensa respecto a la elevación a juicio. Sobre este punto, los abogados defensores tienen previsto recurrir, otra vez, al Alto Tribunal de la Nación. "Lectura" Los abogados Rubén Efraín Cabrera e Ignacio Esteban Díaz, defensores de los imputados, recibieron copias del escrito de 16 páginas y se retiraron del Palacio de Justicia. Ambos letrados anticiparon que no descartan acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), donde, además, esperan que ese alto cuerpo se pronuncie sobre el recurso extraordinario por el auto de procesamiento. “Es una posibilidad cierta recurrir a la Corte”, dijo Cabrera, quien representa a Abelardo y Carlos Pacayut y a Norberto Durrels y Carlos Lovera. En la misma posición, lo hizo Díaz, quien defiende a Alberto Víctor Sindor y Rafael Alberto Morana, todos imputados por el delito de “peculado” en perjuicio de la Administración Pública, por las maniobras vinculadas al presunto uso indebido de Aportes del Tesoro Nacional (ATN) con destino al Puerto Ibicuy. Fundamentos bien el 7 de abril, los integrantes de la Sala 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del STJ: Carlos Chiara Díaz, Susana Medina de Rizzo y Daniel Carubia, anticiparon su “rechazo” al planteo de los defensores, luego se conoció en detalle el fundamento de esa decisión. En el escrito, tanto Chiara Díaz como Medina de Rizzo, (Carubia se abstuvo de opinar, por coincidencia de los dos primeros votos) consideraron que la elevación a juicio decretada por la jueza de Instrucción (Patricia Yedro) y luego confirmada por la Sala II de la Cámara del Crimen de Paraná, cuestionadas por las defensas, se fundaron “en derecho” y “no presentan siquiera atisbos de arbitrariedad”. Sobre esa situación, tanto Cabrera como Díaz habían solicitado la anulación de la elevación y citación a juicio, bajo el argumento que a los imputados no se los indagó después de la modificación de la calificación legal (de estafa a peculado) y porque la CSJN no resolvió el recurso extraordinario por el cual se recurrió el auto de procesamiento. Votos Al analizar las argumentaciones de la defensa, Chiara Díaz dijo que no hubo afectación de las garantías constitucionales de los imputados, “quienes junto a sus letrados defensores tuvieron oportunidad de proponer prueba, valorarla, recurrir las resoluciones adoptadas en el decurso del proceso y postular sus pretensiones”. Asimismo, el vocal del STJ dijo que “los encartados conocieron perfectamente que se le endilgaba la sustracción de fondos públicos –que por la función estatal que cumplían percibían y administraba– los cuales estaban destinados a la obra de ampliación y reactivación del Puerto Ibicuy, precisándose que con dichos fondos beneficiaron al coimputado Sindor, en su condición de titular de la empresa MiguelSan, encargada de la concreción del proyecto”. Como segundo voto, Medina de Rizzo –si bien adhirió a los argumentos de Chiara Díaz–, opinó que los cuestionamientos sobre la elevación a juicio y citación a juicio no contienen vicios “que puedan tornar anulables” el procedimiento y, le recordó a la defensa que si durante la Instrucción no pudieron aportar elementos de prueba, “bien pueden ser producidas por vía de instrucción suplementaria o durante el juicio propiamente dicho donde las partes pueden hacer valer sus pretensiones y esgrimir sus defensas en igualdad de condiciones”. (El Diario).-
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