Lunes 24 de mayo de 2010
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Interés general
Aceptan que matías Causso fue mal trasladado
El Copnaf aceptó oficialmente que hubo “negligencia”. Una agente del organismo dijo que lo subió a un colectivo rumbo a Paraná, luego de que fuera encontrado deambulando por la calle sin ninguna compañía.
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Aceptan que matías Causso fu mal trasladado.

N

oelí Balhorst, abogada del Copnaf, emitió un dictamen en el que sostuvo que “el hecho de haber efectuado un traslado (en realidad el personal se limitó a embarcar al joven en un micro, solo, sin acompañantes) sin un plan de acción determinado y sin evaluar si debía intervenir o no el organismo, configura un accionar reñido con el ordenamiento legal vigente”. En ese marco, se concluyó que se trató de “un accionar negligente, sin compromiso alguno con la situación ni con el resultado de la medida adoptada por parte del personal interviniente”. En función de esa situación, el titular del Copnaf, Raúl Patricio Solanas, dispuso el inicio de una información sumaria en la Coordinación Departamental Uruguay del organismo, que alcanza desde la delegada Celina Ansaldi, hasta los operadores que asistieron directamente al joven Causso. Sin rastros En realidad, Matías Ezequiel Causso, de 15 años, se fue de su casa, en el barrio Guadalupe Oeste, de Santa Fe, el 28 de diciembre de 2009, sin un pretexto en particular: se ganaba la vida como florista, así que sus salidas eran comunes. Sólo que esta vez se iba con ánimos de no volver: la relación con su padre, Alejandro Causso, se había vuelto insostenible, y partió rumbo a lo que suponía la casa de unos tíos, que ya no vivían en Concepción del Uruguay sino en Paraná. Pero el chico tenía la certeza de que los hallaría en Uruguay. No fue así, claro: la tarde del 30 de diciembre la Policía uruguayense lo encontró deambulando por las calles, y lo trasladó a la Comisaría del Menor y la Mujer. Luego, se dio intervención a la Justicia, y al Copnaf, aunque la forma cómo actuaron los distintos organismos es todavía confuso. No hubo, por ejemplo, comunicación con el magistrado santafesino Nicolás Falkenberg, a cargo de la causa por la desaparición del chico. Lo que se sabe es que una operadora del Consejo del Niño, el Adolescente y la Familia, Virginia Olivera, lo retiró de la sede policial y lo alojó por algunas horas en una residencia juvenil, La Casa de Francisco, hasta que en la madrugada del 31 de diciembre lo habría puesto en un colectivo de la empresa San José rumbo a Paraná. Fue la última vez que se tuvo noticias del menor. Después, los rastros del chico se perdieron y hasta ahora no ha podido ser localizado. Reproches En base a reportes producidos desde la Coordinación Departamental Uruguay, el Copnaf resolvió, casi cinco meses después de aquellos hechos, instruir una información sumaria, según el texto de la resolución Nº 259 que firmó el 12 del actual el titular del organismo, Raúl Solanas. Allí, se destaca que en el caso Matías Causso los funcionarios que intervinieron lo hicieron sobre la base de supuestos, y sin respetar la normativa legal vigente. Así, la coordinadora departamental, Celina Ansaldi, dice en un informe escrito sobre lo ocurrido: “Una vez cumplimentados los procedimientos correspondientes, considerando la intervención del Poder Judicial, presumiendo la legalidad y diligencia de los actos de éste último en referencia a la ubicación de los padres (…) se da cumplimiento a lo ordenado por la doctora Berta Bracco quien dispone que el joven sea embarcado a la ciudad de Paraná, no obstante no ser esta ciudad en la cual el joven tendría domicilio familiar”. Pero el área legal reprochó la actuación de los funcionarios de Uruguay, en particular al aludir a una supuesta orden de la defensora Berta María Bracco dictada en forma verbal, sin oficio escrito. Y sostiene que la intervención “no debió agotarse en el merco cumplimiento de lo decidido” por la Justicia, “más aún cuando el traslado no obedeció a una resolución emanada del juez y comunicada mediante oficio, sino que se debió solo a una comunicación telefónica”. La resolución que ordena la instrucción de una información sumaria señala además que “se advierte entonces el incumplimiento por parte de los agentes que abordaron el caso, tanto la Coordinadora como la agente Virginia Olivera y el personal de la Residencia Socioeducativa La Casa de Francisco, de los deberes que les cabe como agentes públicos”. Y que esa conducta, a juicio de la asesoría legal del Copnaf, “configuran, prima facie, causales para imponer la cesantía”. (El Diario).-
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