Lunes 31 de mayo de 2010
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Interés general
Los impuestos provinciales se podrán regularizar hasta mediados de junio
Se dispuso extender hasta el 18 de junio el plazo para acogerse al Régimen Especial de Regularización Tributaria, establecido en el Decreto Nº 127/10. Comprende todos los tributos administrados por el fisco provincial.
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Los impuestos provinciales se podrán regularizar hasta mediados de junio

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a medida se adoptó teniendo en consideración que ante la proximidad de la finalización del período establecido para adherirse (fijado para el 31 de mayo), “en dependencias de la Dirección General de Rentas (DGR) se han recepcionado un importante número de consultas y peticiones, solicitando la ampliación del plazo establecido”. Al respecto, se consideró una solicitud formal del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos (Cpceer), que pidió “la extensión del plazo mencionado, invocando las numerosas peticiones de sus matriculados”. De allí la extensión del plazo dispuesta por el gobierno provincial para “permitir una mayor adhesión al régimen implementado”. Al respecto, en la resolución que instrumenta la medida se indicó: “Se entiende razonable ampliar el plazo previsto en la norma, de conformidad a las facultades conferidas por el artículo 17º del Decreto Nº 127/10”, por lo que el ministro de Economía, Diego Valiero, resolvió “prorrogar, hasta el 18 de junio de 2010 inclusive, el plazo establecido en el artículo 1º de la Resolución N º 1052/10”. Acogimientos El viernes pasado el régimen de facilidades alcanzó los 35.800 planes de acogimiento suscriptos, con los que los contribuyentes regularizaron deudas con el fisco entrerriano por más de 50 millones de pesos. La operatoria comprende a tributos vencidos al 31 de diciembre de 2009 y prevé la condonación del 100 por ciento de las multas por omisión y/o defraudación e incumplimiento de los deberes formales, firmes o no, en la medida que las mismas no hayan sido abonadas. También se aplicará un esquema gradual de quitas parciales de intereses devengados y distintas tasas de interés de financiación, en función de los diferentes plazos por los que opten los contribuyentes para cancelar las obligaciones. La regularización de las obligaciones puede efectuarse hasta en 24 pagos. Las opciones serán siempre en cuotas mensuales, iguales y consecutivas, siendo el ingreso del primer pago condición para consolidar la adhesión al régimen. La DGR continuará con la evacuación de consultas y la adhesión de quienes deseen acogerse en todas sus oficinas de atención al público. También puede recabarse más información en el portal de Internet.
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