Lunes 27 de septiembre de 2010
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Policiales
Ex senador condenado pide que le devuelvan campo confiscado
La Justicia le decomisó un campo de 2.164 hectáreas cuyo valor hoy sería superior a los u$s7 millones. Dice que no le pertenece a él, sino a una sociedad –Delrubio y Hunmendi–, en la cual son socias sus hijas.
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Yedro pide que le devuelvan el campo que la Justicia ordenó confiscarle por enriquecimiento ilícito.

A

segura que al habérsele quitado la propiedad, que controla el Estado desde 2008, se desconoció “el carácter inviolable de la propiedad privada”, y se violaron “elementales garantías constitucionales”. El ex senador provincial justicialista Mario Alberto Yedro, condenado en 2005 por la Justicia por el delito de enriquecimiento ilícito a una pena de 3 años de prisión en forma condicional, una multa de $ 90.000, inhabilitación por el término de 10 años para ejercer cargos públicos y el decomiso de un campo de 2.164 hectáreas, reclamó la restitución de esa propiedad, hoy en posesión del Estado provincial. Yedro fue condenado por la Justicia junto a su ex esposa, Silvia Torres, de quien se divorció en 2001. Pero antes de la disolución del matrimonio, compraron en 1997 las acciones de la sociedad Delrubio y Hunmendi SRL, firma que en 1998 adquirió aquel campo, ubicado en el Distrito Raíces Norte, en el departamento Tala, por 800 mil dólares. Aunque con el tiempo ha ido revalorizándose: hoy tendría un valor superior a los 7 millones de dólares. Esa operación inmobiliaria, al igual que la compra de un predio de 91 hectáreas en Puerto Yeruá, departamento Concordia y la apertura de una cuenta bancaria en la República Oriental del Uruguay, a criterio de la Justicia, fueron actos de “enriquecimiento ilícito insuficientemente justificados” mientras Yedro ejerció cargos públicos. Yedro fue concejal justicialista de Concordia al inicio de la recuperación democrática, en 1983, y luego senador provincial durante dos períodos, coincidentes con la primera y la segunda gobernación de Jorge Busti: entre 1987 y1991, y entre 1996 y 1999. Aunque aquel fallo condenatorio fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ), Yedro ha rechazado la imputación, y por eso llegó con un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que todavía no ha sido resuelto. Ahora, también cuestionó aquel despojo de su campo. El planteo es que el decomiso fue ilegítimo, por cuanto la condena por enriquecimiento ilícito recayó sobre el “socio gerente” de Delrubio y Hunmendi SRL, y no sobre la sociedad propietaria del campo, lo que convierte a sus socios en “terceros no responsables”. La sociedad está integrada, además de Yedro, por sus hijas, Fátima, Luciana y Lara, quienes pasaron a formar parte en 2003, tras la separación del ex legislador de su esposa. El 3 de abril de 2003, y ante escribano público, Yedro y Torres, hicieron el reparto de bienes; el mismo día y ante el mismo escribano, Daniel Corsini, Silvia Torres donó a sus hijas su participación accionaria en la empresa. Argumentos El recurso judicial, que técnicamente se denomina “acción reivindicativa”, fue presentado ante el Juzgado Civil y Comercial de Rosario del Tala y apunta a la restitución del campo “a su legítima propietaria, a quien se deberá poner nuevamente en posesión legal”, según el escrito firmado por el apoderado legal de Delrubio y Hunmendi, el abogado Claudio Alfredo Manfroni Reynoso. El escrito dice que “ante la eventualidad de que la Provincia intente seguir adelante con la ejecución de la sentencia y desalojar del campo a nuestro mandante, Delrubio y Hunmendi, con sus semovientes, maquinarias, muebles y útiles, provocando un daño injusto aún muchísimo más grave, promueven esta acción para poner las cosas en su quicio, y lograr que dicho inmueble rural se restituya a su legítima propietaria, por haber sido ésta un tercero no responsable de los hechos investigados y juzgados”. Y aunque Yedro haya promovido un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en disconformidad con la sentencia condenatoria, ni una ni otra situación deberían alcanzar a la sociedad propietaria del campo, señala el texto de la presentación. “La situación jurídica del doctor Yedro en el proceso penal es, por lo tanto, absolutamente separada, ajena e independiente de la posición jurídica de la sociedad propietaria del campo, y de las socias que integran la misma”, plantea. “Arbitrariamente" Yedro así ha puesto en cuestión una sentencia judicial. Lo dice claramente en el escrito que presentó el apoderado legal de su empresa. Sostiene que “pretende lograr la restitución a la sociedad del bien inmueble que arbitrariamente le arrebató la sentencia que condenó a Yedro por su actuación a título personal como funcionario público, no como gerente de la sociedad”. Y reprocha que la decisión judicial del decomiso de su campo “es contraria a todo derecho, pues desconoce el carácter inviolable de la propiedad privada”, y por eso reclamó a la Justicia, por la vía civil, que deje sin efecto una condena impuesta en sede penal. Particularmente, reclama que se “ordene que se le restituya la posesión del inmueble que se le arrebató por esos actos de despojo (decomiso y toma de posesión por la Provincia), cuya declaración de ineficacia o nulidad peticionamos por violatorios de elementales garantías constitucionales”. Destaca además que la sentencia no contempló el hecho de que el campo decomisado era “propiedad de un tercero ajeno al proceso”, y en ese punto hace notar la “autocontradicción irreductible” del Tribunal que condenó a Yedro al decomisarle el campo de Tala y no otro que formaba parte del patrimonio conyugal, de 91 hectáreas, ubicado en Puerto Yeruá, y registrado a nombre de Teresa Concepción Cutro de Torres, ex suegra del ex legislador. Y anota que “ese predio rural (el campo de Raíces Norte) fue bien habido por la sociedad, por lo cual directamente ha sufrido un despojo y se la ha descapitalizado por la arbitraria acción de la Justicia”. Se trataría, abunda, en una “confiscación prohibida por la Constitución Nacional”, por cuanto “no se ha probado de ninguna manera que la sociedad haya adquirido por medios ilícitos el campo decomisado”. (Fuente: El Diario)
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