E
n una resolución que firmó este viernes el juez federal subrogante Aníbal Ríos, se rechazó la excarcelación pretendida por el ex miembro de la Policía Federal y ex personal civil de inteligencia del Ejército durante la última dictadura militar, Cosme Demonte, acusado de graves delitos de lesa humanidad. El magistrado interpretó que existe riesgo de que el acusado busque fugarse en caso de recuperar la libertad, además de entorpecer la ivestigación. Ríos, como habían planteado los fiscales Mario Silva y José Candioti en su oposición a la excarcelación, entendió que aún quedan medidas de prueba pendientes de producirse y que no sería conveniente que se realicen con Demonte libre. En ese sentido, citó puntualmente las excavaciones que realiza el Equipo Argentino de Antropoligía Forense en busca de restos humanos en el predio donde funcionó el centro clandestino de detención conocido como La Escuelita. La resolución rechaza el argumento del abogado del procesado, Guillermo Retamar, quien basó su pedido en que se debe resolver sobre la existencia de riesgos procesales y no sobre la solidez o endeblez de la prueba de cargo. Ríos, aunque determinó que existe peligro procesal, también basó su decisión en las pruebas que complican a Demonte, en la gravedad de su imputación y en la severidad de la pena que le cabría. Cosme Ignacio Marino Demonte está acusado de intervenir en el homicidio de Pedro Sobko y en el secuestro de Victorio Erbetta; ambos todavía en condición de desaparecidos. Para el juez federal, el hecho de haber cometido esos delitos bajo condiciones de reaseguramiento de su impunidad, hace presumir fundadamente que en caso de que recuerper su librtad, pueda procurar evadirse de la acción de la justicia o entorpececer la investigación, se informó. También mencionó en su resolución que quedan medidas pendientes, especialmente la labor pericial de excavación en el predio La Escuelita, lo que indica que el riesgo procesal permanece vigente. En definitiva, Ríos consideró que hay un serio pronóstico de entorpecimiento de la instrucción “y/o de profugamiento del imputado Demonte”, lo que “tornaría ilusorio los fines que este proceso persigue”. Por otra parte, destacó que para decidir sobre un pedido excareclatorio en delitos de lesa humandiad, se debe seguir los lineamientos de la jurisprudencia nacional e internacional. Mencionó en ese sentido a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que define dos elementos importantes para denegar la excarealción: la gravedad de los hechos y la gravedad de la amenaza de pena. (Fuente: Diario Uno)