Miércoles 17 de noviembre de 2010
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Policiales
Por errores policiales quedó libre un ladrón
Los testigos policiales de actas, declararon no conocer los actos que con su firma habrían confirmado. Por tal motivo, las mismas fueron declaradas nulas y la causa contra el acusado del cuantioso robo se quedó sin elementos de imputación.
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Por errores policiales quedó libre un ladrón.

L

ázaro Javier Ramírez, de 26 años, estaba imputado por un robo agravado, ocurrido en febrero del año pasado. El acusado había sido detenido en las inmediaciones de un establecimiento rural ubicado en el kilómetro 52 de la Tuta 22, camino a Federal, que acababa de ser asaltado. El martes por la mañana fue absuelto cuando los testigos policiales de actas, reconocieron que no habían presenciado los procedimientos avalaban con su firma en dichos documentos. Los mismos aseguraron que sólo cumplieron órdenes al estampar sus firmas al pie de dichas páginas, por lo tanto todas las actas fueron nulas, y el Fiscal pidió la absolución por orfandad probatoria. Una vez más el Fiscal de la causa que se llevaba en Concordia, se queda sin elementos para imputar a un acusado, y debe pedir su absolución por una lamentable actuación policial, que ya ha sobrepasado exageradamente la línea de lo que puede considerarse como un vicio. Se trata de una causa donde el acusado había sido detenido prácticamente en flagrancia por efectivos policiales de la jefatura de Federal. Un joven concordiense que fue detenido junto a otro, menor de edad, en las inmediaciones de la vivienda asaltada. Minutos antes, la propiedad del matrimonio Itterman había sido copada por dos masculinos, que se llevaron cerca de $50.000, dos armas de fuego que estaban en la propiedad y demás elementos, no sin antes herir a golpes a la dueña de casa. Como en todos los casos, las pruebas fundamentales de la materialidad del hecho, son las actas policiales, que revisten las condiciones del lugar, las detenciones, y los secuestros de elementos, entre otras cosas. Estas actas, deben llevar la firma de un oficial de Policía, que es quien la confecciona, y de dos testigos civiles, siendo posible la utilización de dos testigos policiales solo en casos de extrema necesidad; es decir, si no hay a disposición personal civil para participar como testigo de actuación. Inclusive, la policía tiene la autoridad de detener en la calle a un peatón y tomarlo como testigo. Pero en esta causa, como en muchas otras, los testigos fueron policiales nomás. Sin embargo el tema no quedó ahí. Porque cuando esos testigos policiales fueron a declarar en el juicio, fueron honestos y fieles a su juramento de decir la verdad, y reconocieron que no habían estado presentes en el momento del secuestro de los elementos, entre los que figuraba el dinero robado. Ante la consulta del presidente del Tribunal Carlos Larrate, respecto de ¿cómo usted siendo policía, y sabiendo la importancia de estas actuaciones, va a firmar algo que no comprobó realmente? La respuesta de los testigos fue exactamente la misma, “lo que pasa que el jefe me dijo que firmara y yo firmé”. Esta grave acción constituye una nulidad de la prueba, ya que los testigos deben ser la garantía de que lo que está escrito se condiga con la realidad y por ello, tal como lo solicitó el abogado defensor del imputado Dr. Rafael Briceño, las actas primarias y fundamentales de la investigación fueron declaradas nulas, y con ellas, cayeron todos los actos posteriores que fueron derivados de estas, como por ejemplo las ruedas de reconocimiento. Donde están los $20.000 ¿Cómo puede ahora la Justicia confiar en cualquier actuación policial? Tanto más grave aún, es que la suma de dinero que figura recuperada en el acta de secuestro que los testigos firmaron, es inferior a la que fue robada de la casa de los Itterman, concretamente, faltaban cerca de $20.000. Es decir, la policía llega al lugar, detiene a dos sospechosos y secuestra los elementos robados, entre los que se encuentra el dinero robado ($50.000); en ese momento se ordena a dos de los funcionarios que continúen con tareas de vigilancia para buscar a un presunto cómplice, que nunca apareció y cuando estos vuelven a la Jefatura de Policía de Federal, se les ordenan que firmen como testigos de actas de una actuación que no presenciaron, que es ni más ni menos que el secuestro de las cosas robadas, que incluye el recuento del dinero, con la especificación de la suma encontrada, que luego se supo, era inferior a la denunciada como robada” ¿podemos afirmar que la policía encontró $30.000 y no los $50.000 denunciados? Pues es bastante difícil toda vez que los testigos de actas, no estuvieron en el momento que se contó el dinero. Es verdad, el Fiscal no tenía con que imputar al acusado, y lógicamente debía pedir la absolución. Sin embargo, sobrados indicios tenía el representante de ese Ministerio Público, para ordenar de oficio la investigación de este segundo hecho, que en el más leve de los casos, requiere una sanción por incumplimiento de los deberes de funcionarios público tanto para los declarantes como para el oficial que los obligó a firmar las actas, cuyo nombre figura en las misma; y en el más estricto sentido de búsqueda de la verdad, una investigación para tratar de determinar, que ocurrió con el dinero faltante. Tal vez, el próximo 24 de noviembre, cuando el tribunal dé los argumentos de la sentencia, oigamos una resolución al respecto, esperemos que así sea, y que esto no quede en el aire. Al menos, que más nos sea, por el honor de la Justicia y de la fuerza Policial, al menos, que más no sea, para que no se ande comentando. Lo cierto es que si no hay una investigación, si la Justicia no interviene, lo que va a ocurrir es que el pato lo pagarán los únicos dos policías que a pesar de saber que podían ser sancionados, le dijeron la verdad a los jueces. (El Sol).
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