Lunes 29 de noviembre de 2010
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Policiales
Concordia: este miércoles se conocerá la sentencia para el policía del doble crimen
El Fiscal que trabajó en el Caso Sotelo remarcó que teniendo en cuenta la gravedad de cometer un asesinato para encubrir otro, sumado al hecho de cometerlo siendo funcionario policial, ameritaría aplicar la máxima pena para el homicida.
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El Fiscal pide perpetua para Sotelo; la sentencia se conocerá este miércoles.

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ientras tanto, la Policía continúa en el sumario administrativo contra Sotelo, solicitándole a la Justicia las pruebas obrantes en el expediente respecto al accionar del policía aquella noche del 6 de septiembre de 2010. En declaraciones al programa “Ruidos Molestos” (Radio Mitre Concordia) el fiscal Guerrero respondió en primer lugar al planteo de la defensa de Sotelo, a cargo de Jose Bukténica, quien había planteado que no correspondía aplicar el nuevo Código Procesal Penal en la causa. “En Fiscalía el sistema procesal nuevo había comenzado el 1º de septiembre de 2009, y este hecho ocurrió el 6 de septiembre de 2009”, precisando que “yo personalmente estuve a las 3,30hs ya en el lugar del hecho, que ocurrió entre las 3s y las 3,05hs”. Guerrero continuó que “todos los indicios que se localizaron en el momento, la búsqueda en un primer momento, no sabia que era Sotelo”, el autor del crimen; y que “se empezó a tratar de localizar, como dice en los alegatos, el vehículo en el que se manejaba la señora (Chano) Cabral, y se lo localizó alrededor de las 4hs de la madrugada a Sotelo conduciendo el vehículo con un arma en su poder”. Ese arma fue posteriormente peritada y se determinó que las cápsulas que evidencian “el uso de balas que fueron encontradas al lado del cuerpo del funcionario Barreto eran las mismas que llevaba Sotelo cuando fue aprendido”. Marcos Barreto era el policía que al acudir en auxilio de la remissera Marta “Chano” Cabral, asesinada por Sotelo, también fue ultimado por su colega de armas. Ocurrió en el barrio Pierrestegui, al noroeste de Concordia. Según el relato de Guerrero, la Justicia estableció una reconstrucción de los hechos, partiendo de la presencia de Sotelo en el boliche Stadium, en la zona céntrica de la ciudad, característico por su público proveniente de los barrios populares de Concordia. Posteriormente, el policía se traslada hasta la parada de remissería Visión, ubicada sobre calle Pellegrini, casi Buenos Aires, también en zona céntrica, a una cuadra de la plaza principal. Luego, los hechos principales se trasladan hasta el lugar donde se producen los disparos que primero terminaron con la vida de Cabral y luego con la del oficial Barreto. Inmediatamente después, se produce el retiro de Sotelo del lugar del doble crimen “y a los lugares donde se dirige, inclusive el encuentro con personas a quienes les entrega el arma de Barreto”. Guerrero apunta sobre esta entrega que “la audiencia de debate comprueba que fue él (Sotelo) inmediatamente después de haber ocurrido el hecho, a las 3,30hs de la madrugada a tratar de entregarla o de pedir $100 por ese arma, o cambiarla por algo en un determinado lugar”. Respecto a su alegato, producido la semana pasada en los estrados judiciales, Guerrero reseñó que el artículo 79 del Código Penal establece que un homicidio simple es aquel en donde se matare a una persona, con una pena de 8 a 25 años. El homicidio se agrava o es un homicidio calificado cuando se dan determinadas características: “se aplica a quien mata a un ascendiente, descendiente, o aplicando determinados incisos dentro del artículo 80”. Pero la Fiscalía encuadra que “la conducta del imputado, en este caso Sotelo, se aplica al inciso 7º, que es un homicidio criminis causas, que es cuando alguien mata a una persona”, pero que además se afirma que “Sotelo mató a Barreto para ocultar el hecho anterior, que es la muerte de Cabral, y para asegurar su impunidad, a su vez esta calificado por los incisos 8º y 9º, que es cuando se mata a un funcionario policial o cuando el que mata es funcionario policial”. Para Guerrero “son casuales objetivas que trae el articulo 80”, estableciendo que “este delito no tiene otra pena que no sea la prisión perpetua”. El sumario administrativo de la Policía Ante la pregunta de si podrían abrirse otras causas, hacia personas que podrían haber tomado más precauciones o tomar responsabilidades con un Policía que se presume que estaba alcoholizado, Guerrero responde que “de hecho la Policía de Entre Ríos, según tengo conocimiento, ha iniciado un sumario administrativo para determinar la responsabilidad de los funcionarios que estaban en el momento en el boliche bailable, y las personas que lo trasladaron” hasta la remissería. Respecto a ese sumario administrativo, “nos han pedido copias del legajo nuestro de la Fiscalía para ir cruzando pruebas”, reveló, pero aclarando el funcionario judicial que “no sé el estado en que se encuentra” ese expediente interno de la fuerza. La sentencia El tribunal a cargo de dictar una pena o una improbable absolución, dará a conocer su veredicto el próximo miércoles 1º de diciembre, aproximadamente a las 8.
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