Miércoles 09 de febrero de 2011
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Política
Los intendentes que quieren ser re-reelectos están disconformes con la Fiscalia
Nelson Schlotahuer, el abogado de los intendentes que pretenden ser habilitados para buscar este año un tercer mandato consecutivo, opinó sobre el rechazo de la Fiscalía de estado. También aseguró que el gobernador Urribarri los acompaña.
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Los intendentes no pierden la esperanza de ser re-reelectos.

E

s un asunto clave en el armado electoral del oficialismo. Para fines de marzo se espera que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) resuelva el planteo presentado por una docena de intendentes del PJ y un vecinalista para que se declare la inconstitucionalidad de la cláusula de la Carta Magna que les impide postularse en las próximas elecciones para un tercer mandato consecutivo. La noticia que surja de la máxima instancia judicial es esperada con mucha expectativa por propios y también por extraños, porque resolverá escenarios electorales en las ciudades en cuestión y también en el orden provincial, concretamente para la lista de diputados que acompañará la postulación a la reelección de Sergio Urribarri. De allí que la publicación que hizo El Diario la semana anterior del rechazo del fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, haya tenido una amplia repercusión. Consultado por esta Hoja, Schlotahuer consideró ayer que los argumentos que esgrime el fiscal de estado “son bastante endebles y pobres”. El abogado, especialista en Derecho Constitucional, sostuvo que “va ser la Justicia la que dirima con un fallo que, seguramente, será muy interesante porque va a trabajar sobre una cuestión absolutamente novedosa en el derecho provincial público”. A continuación se resumen las posiciones del fiscal de estado y del abogado de los intendentes en cuatro puntos en debate: 1– Admisibilidad. Rodríguez Signes: Dice que los intendentes no cumplen con el requisito jurídico de presentar un “caso concreto” en el que se plasme la inconstitucionalidad, porque “ninguno esgrime intenciones de presentarse para renovar su mandato ni mucho menos acreditan haber iniciado las gestiones necesarias para presentar sus precandidaturas conforme a la ley”. Schlotahuer: “Es un argumento muy pobre y habla de un desconocimiento básico del cronograma electoral, donde desde ya ni siquiera está habilitada la presentación de las candidaturas”. 2– Autonomía. Rodríguez Signes: “La Convención Constituyente se encontraba plenamente facultada para tratar todo lo concerniente al régimen municipal, su autonomía y brindando las pautas mínimas en cuanto a su funcionamiento político institucional, esquema éste en el que se enmarcan las normas aquí cuestionadas”. Schlotahuer: “Creo que está muy equivocado, la ley 9.768 declarativa de la reforma en ningún momento le permite a la Convención avanzar en forma puntual sobre aspectos de la autonomía municipal. Lo único que tenía que hacer la Convención es lo que dice la ley: asegurar la autonomía municipal y que sea cada municipio el que, a través de sus propias cartas orgánicas, definieran la organización administrativa de esa comunidad. ¿De qué autonomía estamos hablando si se las estamos digitando desde la Convención? Cualquier sistema autonómico del mundo reserva derechos para cada municipio, mientras que ahora las cartas orgánicas sólo pueden repetir lo que dice la Constitución provincial”. 3– Igualdad. Rodríguez Signes: Cuestiona que se denuncie un “trato desigual” a los intendentes respecto de los ex gobernadores Sergio Montiel, Jorge Busti y Mario Moine, para quienes no se computan las gestiones que han tenido a su cargo con anterioridad a la reforma que habilitó al reelección del titular del Ejecutivo. “La igualdad es entre iguales en igualdad de circunstancias, presupuestos que no se cumplen aquí”, argumentó. Schlotahuer: “Ese es el estándar de igualdad que la Corte Suprema de Justicia de la Nación utiliza. Pero claramente surge que hay una vara para medir a los gobernadores y otra para los intendentes. Y también hay una diferencia respecto a los gobernadores anteriores con el actual, porque el primer mandato de Urribarri está computado. “Si vamos a los hechos puntuales, pareciera que existieran en Entre Ríos dos clases de ciudadanos: los que tienen derecho a tener intendentes con reelección indefinida, como en Cerrito, Villa María o Libertador San Martín, donde los presidentes de juntas de fomento son elegidos sin ningún tipo de discontinuidad en el tiempo, y otros ciudadanos, como los que viven en Diamante, Nogoyá, Crespo o Ramírez que no pueden elegir intendente por más de dos mandatos consecutivos”, dice. 4– Vacío legal. Rodríguez Signes: “Carece de toda lógica jurídica el razonamiento esgrimido con relación a la no aplicación de las normas de la Ley 3.001 (que prevé la reelección por una vez para los intendentes). Los actores pretenden la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 234º, cuarto párrafo y 291º y la creación de un verdadero vacío legal a completar sin respetar las normas vigentes al momento de su asunción que ya les establecía ciertas restricciones, con efecto hacia delante”. Schlotahuer: “Si el STJ hace lugar al planteo de los intendentes tendría que declarar no aplicable la ley 3.001 y quedaría vigente la Constitución provincial anterior, que no establecía ningún tipo de limitación para la reelección. Lo que estamos pidiendo es que ese vacío legal que va a existir sea completado posteriormente con legislación de cada municipio a través de su carta orgánica y con una legislación provincial para otros casos”. Schlotahuer: “Urribarri está con nosotros” –¿Qué peso tiene el pronunciamiento de Fiscalía de Estado sobre lo que pueda resolver el Superior Tribunal? –La que pueda tener en cualquier juicio donde hay dos partes: una que reclama y la otra que se va a oponer. No tiene otra incidencia que la formal de haber comparecido en proceso y haber negado que lo que estábamos pidiendo era viable, que es lo normal en todos los juicios. Y los jueces del STJ, en su ejercicio de su control de constitucionalidad van a tener la capacidad suficiente para discernir. –El fiscal de Estado es, en los hechos, el abogado del gobernador ¿Su pronunciamiento no es una suerte de reconocimiento, de parte del Poder Ejecutivo provincial, de que el planteo que llevan adelante los intendentes es inviable? –Es una pregunta que muchos se la pueden hacer, es razonable. Yo creo que lo que hizo acá el gobernador es muy sencillo: separó la intención política de la cuestión institucional. El fiscal de Estado no actuó aquí como el abogado del gobernador, sino básicamente como representante de una institución que tiene el deber fundamental de defender en principio la legalidad de las normas. Salvo que el Gobernador le ordene a través de un decreto que se allane a algún planteo concreto. Yo puedo asegurar que el Gobernador está con nosotros, convencido de que nuestro planteo tiene fundamentos y que es totalmente razonable. Y lo que hizo, para evitar todo tipo de sospechas sobre que tenga algún tipo de interés sobre este tema, fue mostrar que su espada legal, que es el fiscal del estado, no recibió instrucciones de acatar nuestro planteo y dejó que la Justicia sea la que determine.
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