E
l Senado sesionará dos veces y lo hará para tratar una agenda sobrecargada de expedientes. Uno de ellos es el proyecto de ley de Presupuesto 2012 que ya tiene dictamen favorable de comisión y que sancionará definitivamente, debido al traspaso, la próxima gestión legislativa en Diputados. La cámara baja, en tanto, respondió a un pedido del oficialismo y aprobará la creación de los ministerios de Trabajo y Turismo con lo que le facilitará al gobernador la designación plena de todo sus funcionarios el 10 de diciembre. Además del Presupuesto, tomará estado parlamentario en el Senado una reforma que impulsa el Ejecutivo a la ley de municipios, promulgada como 10.027, y también una propuesta financiera de responsabilidad fiscal. La reforma a la orgánica municipal tiene como finalidad salvar la incompatibilidad entre lo que marca una ley vigente y lo dispuesto en la Constitución ya que, de acuerdo al artículo 72º de la norma, y puntualmente en su inciso 6, no podrían ser concejales los empleados municipales, o de cualquier organismo del Estado Provincial o Nacional, sin pedir licencia sin goce de haberes, a excepción de los docentes. Esta disposición contrasta con la realidad en los municipios del interior en los que el cargo de concejal no tiene una remuneración como la que se percibe en las ciudades más importantes de la provincia. Esta diferencia, estrictamente económica, sería saldada con la reforma que tomará estado parlamentario este martes en la que se intentará también subsanar el artículo 236º, en su tercer párrafo que establece que “el vicepresidente tiene voz y solo vota en caso de empate”, mientras que el artículo 93º de la norma se le da la facultad de votar en caso de mayorías especiales y cuando baja a emitir opinión. El nuevo texto propone, en cambio, que “el presidente del Concejo Deliberante, mientras ejerce la presidencia, tiene voz y solo vota en caso de empate”. Otro punto aparece en el artículo 70º, que dice que para poder representar al pueblo en el Concejo Deliberante se le exigirán 2 años de residencia, pero resulta que la nueva carta magna, reformada en 2008, establece en el artículo 236º segundo párrafo que para acceder al cargo de edil se requiere como mínimo cuatro años.