Jueves 24 de noviembre de 2011
  |  
Interés general
La Provincia tendrá un organismo censal permanente
La Cámara Baja provincial aprobó por unanimidad un proyecto de Ley en ese sentido impulsado por el diputado Bescos. Tendrá a cargo la dirección y el contralor de las actividades estadísticas y censales en territorio entrerriano.
Diputados Voto Aprobado
Diputados aprobó la creación del organismo censal.

E

n su artículo segundo, el proyecto destaca que el mencionado organismo “actuará interrelacionado con todas las áreas estadísticas de los Ministerios, Secretarías de Estado y Organismos centralizados o no, y Municipios de la Provincia de Entre Ríos, a los cuales procederá integrar hasta conformar una red estadística provincial de la que será Centro Coordinador”. Asimismo se destaca que “sustentará sus tareas interactuando con la Dirección General de Informática o el organismo que en el futuro lo reemplace”, con el objeto de tener “a su cargo la dirección, contralor y supervisión de la totalidad de las actividades estadísticas y censales que sean llevadas a cabo en la Provincia de Entre Ríos”. Entre los objetivos más importantes se destaca: “a) Unificar la orientación y metodología de toda actividad estadística y censal que se desarrolle en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos. b) Establecer políticas de coordinación y complementación con los servicios estadísticos de los organismos de la Provincia y de los Municipios”. Además, y entre sus funciones, se mencionan: “a) Elaborar en forma sistemática y permanente en coordinación con otros organismos provinciales y municipales o privados , estadísticas referentes a demografía, educación, salud, actividades agropecuarias, comercio, industria, finanzas, economía, problemas sociales, sanitarios , de infraestructura o de cualquier otra índole que considere estadísticamente de interés público, concluyendo en la confección de mapas sanitarios, de educación, de comercio y todos aquellos que considere estadísticamente de interés para arribar a diagnósticos ciertos, ejerciendo tareas de actualización permanente de los mismos. b) Efectuar los estudios e investigaciones que considere de importancia o le encomienden los poderes del Estado u organismos que convengan en la participación del sistema. c) Elaborar indicadores aptos para la planificación socioeconómica en base a la información que provea la red estadística provincial. d) Realizar un relevamiento general y mantenerlo permanentemente actualizado, de los recursos estadísticos dentro del territorio de la Provincia de Entre Ríos. e) Llevar a cabo la coordinación estadística integral de la Provincia de Entre Ríos , a fin de conocer la mayor unidad, celeridad y exactitud en la captación y elaboración de las series estadísticas. f) Coordinar su labor con la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos u otros organismos que ejecuten tareas estadísticas, a fin de lograr uniformidad, evitar superposiciones y lograr la elevación del nivel científico de la actividad estadística dentro de la provincia, pudiendo para ello suscribir convenios que crea convenientes. g) Ejercer la dirección de las operaciones estadísticas que ordene realizar el gobierno provincial y de las que resuelva ejecutar el propio Organismo, estableciendo las normas metodológicas y los mecanismos técnicos de los Programas y sus calendarios de realización. h) Determinar periódicamente qué información deben suministrar los Servicios Estadísticos que integren la red estadística provincial. i) Promover la creación de Servicios Estadísticos en los Municipios, así como definir y ejecutar la reestructuración de los que se encontraran vigentes. j) Organizar y administrar un banco oficial de datos estadísticos. k) Requerir directamente de los funcionarios provinciales y municipales la información que considere necesaria para cumplir con los objetivos establecidos en la presente ley. l) Instruir sumarios administrativos por incumplimientos a las disposiciones de la presente ley y sus reglamentaciones, aplicando las sanciones que correspondieren. m) Propiciar la colaboración de las Universidades con asiento en la Provincia de Entre Ríos y otras entidades para la elaboración de propuestas y recomendaciones sobre las necesidades provinciales en materia de estadísticas y sobre la adaptación y mejora de las metodologías aplicadas a la ejecución de los Programas que elabora el Organismo Censal Permanente”. Entre los requisitos para ser titular del organismo, a decisión del Ejecutivo, el Artículo 7º solicita “acreditar título universitario” y el siguiente destaca que “los datos deberán ser suministrados y publicados exclusivamente en compilaciones de conjunto, de modo tal que no pueda ser violado el secreto estadístico, ni individualizarse a las personas o entidades a que se refiera”. Fundamentos Entre los fundamentos el legislador mencionó que “la creación de un Organismo Censal, que funcionará con carácter permanente, se transformará en una herramienta eficaz para la tarea de toma de decisiones en cuanto a la implementación de políticas de estado, el cual será su objetivo mayor”. Para esto Bescos destacó que la función principal del órgano podría sintetizarse en “el monitoreo permanente de estadísticas referidas sobre todo a salud, educación, empleo, seguridad, cuestiones éstas muy sentidas para la sociedad, sobre todo cuando las soluciones no llegan o llegan tarde”. “Es menester que la Provincia de Entre Ríos cuente con información permanente, general, cruzada, sistematizada y actualizada” destaca luego, y resalta que deberá “elaborar y actualizar en forma permanente y sistemática, en coordinación con otros organismos provinciales y municipales, así como también privados, estadísticas referentes a demografía, educación, salud, actividades agropecuarias, comercio, industria, finanzas, economía, problemas sanitarios, de infraestructura, seguridad, o de cualquier otra índole que considere de interés público, concluyendo en la confección de mapas sanitarios, de educación, de comercio y todos aquellos necesarios para arribar a diagnósticos ciertos , para poder llegar con las soluciones pertinentes a cualquier lugar de la provincia de Entre Ríos en cualquier momento que la situación lo requiera”, agregó luego. Por último expresó que “estamos viviendo en la era de la información, y es precisamente la disponibilidad de información un componente esencial y un punto de partida para la formulación y concreción de políticas por parte de los gobiernos”. Al respecto, y por último, subrayó que “cuando hablamos de políticas de estado, debemos poner especial énfasis en las políticas de salud”.
Lo más visto
01
02
03
04
05
+ sobre el tema  
#Lo aprobó Diputados
¿Que pensás sobre esto?
600
 caracteres restantes
Publicar comentarios en INFORME DIGITAL implica la aceptación plena de nuestro reglamento.
Comentarios
¡Tu comentario se ha enviado con éxito!
La aprobación del mismo dependerá de su aprobación por parte del moderador. Muchas gracias.
LIBERTAD PRODUCTORA
Santa Fe 322 Piso 8 Dto.A.
Paraná, Entre Ríos.
Tel: +54 343 4233381
[email protected]

Copyright 2002 INFORME DIGITAL | Todos los derechos reservados | Mediakit: Publicite con nosotros.
[email protected]
Aplicabbs | Diseño: Kembo Dupla Creativa