Sábado 03 de marzo de 2012
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Política
Cafesg: la Justicia rechazó amparo bustista contra vocal radical
Los diputados Romero y Flores recurrieron a la Justicia para impugnar la designación de Burna, pero los jueces rechazaron el amparo. Justificaron el nombramiento al quedar la oposición sin representación en el Senado.
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La Justicia le dio el visto bueno a la vocalía de Burna (foto) en la Cafesg.
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l pedido de impugnación de la elección por parte del Senado del concejal radical de Federación Hernán Burna como vocal por la minoría en la Comisión Administradora del Fondo Especial de Salto Grande (Cafesg) presentado por el bloque de diputados del Frente Entrerriano Federal (FEF) fue rechazado por la justicia. La sala segunda de la Cámara Penal consideró “improcedente” la acción de amparo interpuesta por el FEF. “El fin de la ley 9.140 de creación de la Cafesg sin duda debió haber sido contar con representantes de la oposición, que actuando como vocales auditen y controlen lo que los otros representantes, nombrados por el oficialismo, realizaban en el ejercicio de sus funciones”, señalaron los magistrados. “Ante la inédita situación de no contar siquiera con un representante en el Senado de la oposición, se tomó la propuesta de un intendente (Carlos Cecco), que forma parte de la primera minoría según las últimas elecciones provinciales, electo como tal en un territorio cercano a la zona de Salto Grande, quien además propuso al Senado como vocal para integrar la Cafesg a otro representante de la primera minoría, Hernán Burna, quien fuera electo primer concejal”, se detalló en el texto de la resolución judicial. “Por todo ello, entendemos que al no ser manifiestamente ilegítimo el acto, no se reúnen los requisitos establecidos por la ley de amparo, que en su artículo primero exige que el acto atacado, ‘en forma actual o inminente, amenace, restrinja, altere, impida o lesione de manera manifiestamente ilegítima el ejercicio de un de un derecho o garantía implícito o explícito reconocido por la Constitución Nacional o provincial’, y la acción debe ser rechazada”, concluyeron.
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