L
uego de conocerse la resolución del Ministerio de Trabajo de la Nación, por la cuál se denegó la certificación de las autoridades electas en el Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (Suoyem), la cartera de Trabajo provincial suspendió los plazos de la conciliación obligatoria. El ministro Guillermo Smaldone explicó que “es el título que habilita a las autoridades para ejercer esa representación gremial”, por lo que, según explicó, invalida una posible convocatoria a huelga por parte del sindicato. “El sindicato Suoyem no tiene ningún problema jurídico, lo que ha sido cuestionado por el Ministerio de Trabajo de la Nación es la representación de este sindicato, específicamente se le ha negado el certificado de autoridad, que es el título que habilita a las autoridades para ejercer esa representación gremial”, explicó el Ministro Smaldone. En tanto aclaró que “los afiliados del sindicato no tienen que preocuparse de nada porque el sindicato tiene su personería jurídica, no hay ninguna norma que afecte su funcionamiento”. “El Souyem tiene que recurrir la decisión que le cuestiona la titularidad”, informó el Ministro, mientras tanto, confirmó que “ni bien se solucione la situación de las autoridades del sindicato, la conciliación obligatoria deberá seguir su curso normal”. Sobre la determinación de la cartera nacional Smaldone explicó que “hubo una elección en el 2011 y el Ministerio de Trabajo de la Nación, cuestionó esta elección y no le otorgó el certificado”. “No se invalida la conciliación obligatoria porque se había dictado con anterioridad a la noticia de esta denegación al certificado de autoridades, tenía vigencia 15 días, al nosotros constatar que las autoridades del Souyem habían sido cuestionadas, nos quedamos en una mesa con el Municipio y sin las autoridades del gremio. Entonces, no vimos otra posibilidad que suspender el plazo de esa conciliación”, especificó. Consulado por si el sindicato puede realizar medidas de fuerza, Smaldone manifestó: “La conciliación obligatoria es la contracara del derecho de huelga, entonces hay que tener cuidado porque el derecho de huelga es reconocido constitucionalmente a todo sindicato, pero debe ser convocada por las autoridades”.