Sábado 30 de marzo de 2013
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Política
El régimen de promoción industrial prevé amplias exenciones impositivas
Establece exenciones impositivas de hasta 20 años en la búsqueda de ampliar la capacidad instalada y generar nuevos empleos. Es de autoría del Poder Ejecutivo y la legislatura la aprobó sin modificaciones.
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Caramagna, presidente de la UIER (izq.); Urribarri (centro) y Cáceres (der.).

E

l nuevo régimen provincial de Promoción y Desarrollo Industrial, que fue convertido en ley el miércoles en Diputados y tuvo media sanción el 20 de diciembre en el Senado, es producto de la promesa hecha por el Ejecutivo a los integrantes de la Unión Industrial de Entre Ríos en septiembre, cuando el gobernador Sergio Urribarri participó de una asamblea de esa entidad. El proyecto venía pergeñándose desde antes, a sabiendas que la Ley Nº 6.726/81 quedó desactualizada hace décadas. Se beneficiarán de esta norma las industrias que incrementen como mínimo un 15 por ciento su capacidad operativa instalada y tales beneficios sólo regirán para el porcentaje incremental. Pero, además, deberán cumplir con otros requisitos, ya que los beneficios serán para las que se radiquen en la provincia y se inscriban en el Registro Único Industrial; que a la vez sean de propiedad de personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país; que no registren deudas con el Estado Provincial; y cumplan la normativa de protección del medio ambiente. Para acceder a las ayudas otorgadas por la nueva ley, los establecimientos industriales deberán aumentar su capacidad operativa instalada para encuadrarse en una serie de supuestos. Si la suba es del 15 por ciento, la promoción podrá darse en los siguientes casos: a) aumento de la capacidad de producción en un 15 por ciento sin reducción de personal; b) aumento de la planta de personal en un 15 por ciento; c) adquisición en bienes de capital en un 15 por ciento, sin reducción de personal; d) aumento de las exportaciones en un 15 por ciento sin reducción de personal. Si el aumento de la capacidad instalada es del 15 al 50 por ciento, los supuestos son los mismos que en el caso anterior (aumentos de la capacidad de producción, de la planta de personal, de las exportaciones o adquisición de bienes de capital entre 15 y 50 por ciento); con la salvedad de que en todos los casos en vez de plantearse que no se reduzca el personal, debe registrarse una suba del 10 por ciento. Lo mismo sucede cuando el aumento de la capacidad instalada se ubica entre el 75 y 100 por ciento, y en todos estos casos la suba del personal debe ser de 30 por ciento como mínimo. Los beneficios La norma promete exenciones de impuestos provinciales, preferencia en licitaciones y las compras del Estado provincial, exenciones, o diferimientos sobre tasas y derechos que cada municipio establezca, descuentos en las prestaciones de energía eléctrica y asistencia en la gestión de los recursos humanos. La exención total o parcial en los impuestos provinciales será por hasta 15 años: 100 por ciento en el primer lustro, 75 por ciento en el segundo, y 50 por ciento en el último. Será en el Impuesto a los Ingresos Brutos, por la comercialización al por mayor; en el Impuesto Inmobiliario, para inmuebles afectados a la actividad industrial; y en el Impuesto de Sellos, para transacciones que graven hechos relacionados con el alta, desarrollo, incremento de plantas industriales. También en el Impuesto Automotor, para vehículos afectados en forma exclusiva a la actividad industrial en número de 15 para plantas nuevas y 10 para plantas ya existentes; y finalmente, para el aporte al Fondo de Integración de Asistencia Social Ley Nº 4035, en función de los nuevos puestos de trabajo que se generen. Beneficios ampliados, otorgados por el Ejecutivo Los establecimientos que se radiquen en Parques o Áreas Industriales contarán con una ampliación de 5 años en los beneficios reconocidos por la nueva ley. A la vez, el Poder Ejecutivo podrá, para lograr un incentivo regional a los beneficiarios del régimen, extender a 20 años las exenciones impositivas. Para ello se determinará, en la reglamentación de la ley, cuáles son los Departamentos de menor desarrollo relativo, mediante un coeficiente de empleo privado y actividad de base industrial. Igualmente podrá el Ejecutivo favorecer con la exención veinteañal a los establecimientos industriales que desarrollen actividades vinculadas a “Sectores Productivos con Potencial Industrial” tomando como base de este criterio “el aprovechamiento de la producción primaria existente o la incidencia de valor agregado, o innovación a generar”. Pero eso no es todo. Las nuevas industrias radicadas en parques industriales podrán obtener un reintegro de hasta un 50 por ciento de las inversiones que realicen en obras eléctricas y gasíferas, siempre que redunden en beneficio directo del proyecto. Igualmente los beneficiarios comprendidos en la nueva ley (con excepción de las electro intensivas), podrán acceder a un reintegro por el consumo de energía eléctrica, de entre el 4 por ciento y el 15 por ciento. Y los que implementen el uso de energías renovables en sus establecimientos, se verán beneficiados con un incremento del 5 por ciento adicional, respecto de esa reducción. Datos La ley plantea el objetivo de transformar el perfil productivo de la provincia “mediante la promoción de la creación de valor agregado en un marco de uso sustentable de los recursos naturales y plena conservación y preservación del medio ambiente”. Son nuevas radicaciones industriales la constitución un establecimiento industrial; el traslado a un parque o área industrial; el traslado a una zona que reduzca significativamente los efectos ambientales; o la puesta en marcha de una planta que haya estado inactiva por más de cinco años. El Ministerio de la Producción se expedirá por el otorgamiento de los beneficios en un plazo no mayor a los 90 días corridos desde la presentación en tal sentido, pudiendo prorrogar la respuesta por 30 días corridos por “razones fundadas”. Los municipios que adhieran por ordenanza al régimen de la nueva ley, deberán dictar en un plazo no mayor a sesenta días del acto formal de adhesión, estableciendo la concesión de exenciones y beneficios. Deberán tender adoptarán a una alícuota promedio para la tasa de industria. Elogios y sugerencias de Lara El diputado justicialista Diego Lara señalo que el régimen es “moderno y de estímulo complejo, no sólo de raíz tributaria; es decir que apunta a otros estímulos como son el subsidio energético, incentivo patronal y coordinación con los tributos municipales”. Agregó que es “lo suficientemente amplio como para sentar las bases de una perspectiva industrial de mediano y largo plazo”, articulando “el crecimiento industrial con la expansión de los parques y áreas industriales”, publicó Uno. “Hubiese sido auspicioso incorporar en aspectos vinculados a la responsabilidad social empresaria” y lamentó que “no se haya incluido la exigencia de un requerimiento de vinculación de estos emprendimientos con las universidades radicadas en nuestra provincia”.
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