Jueves 09 de mayo de 2013
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Política
Consejo de la Magistratura: claves para oficialismo y oposición
Para presentar candidatos al Consejo de la Magistratura, las agrupaciones opositoras deberán sellar un nombre a nivel país, siendo el desafío cómo unificarlos con las alianzas locales. El kirchnerismo no tendrá esos inconvenientes.
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Tiempos judiciales.
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E

ste miércoles tal como se esperaba, el Senado transformó en ley la reforma del Consejo de la Magistratura. El oficialismo obtuvo 38 voluntades y el conjunto de bancadas opositoras alcanzó 30 votos. El kirchnerismo logró materializar, quizás, el proyecto más importante. Así las cosas, el Consejo de la Magistratura ampliará sus miembros de 13 a 19. Doce serán elegidos por el voto popular; seis serán legisladores propuestos por los bloques parlamentarios y uno será designado por el Poder Ejecutivo. En las elecciones de octubre se elegirán los seis que completarán el nuevo número. Durarán cuatro años en sus cargos. Serán propuestos por los partidos, que los sumarán a la boleta con sus candidatos a diputados y senadores. La designación y remoción de jueces se hará por mayoría absoluta, mitad más uno, y ya no por dos tercios. En este marco, el Frente para la Victoria es la agrupación política mejor preparada para salir a la cancha, cuando en la oposición están comprometidos en cerrar acuerdos a nivel provincial y tendrán inconvenientes de tener un sello frentista nacional. Recordemos que en la Argentina hay 34 partidos habilitados en condiciones de competir en los términos de "distrito único" como señala el artículo 33bis del texto y con las mismas características para concretar una elección de fórmula presidencial. Las 23 provincias y la Ciudad de Buenos Aires, como si fuera una elección presidencial, conformarán de cara a las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 11 de agosto un único distrito para que haya listas de consejeros partidarios que se sometan a la "voluntad popular". Tal como se precisa en Infobae, los senadores ratificarán que las adhesiones de las listas de los consejeros deberán tener una denominación común en los dos cuerpos de boleta (Consejo de la Magistratura y legisladores nacionales) en al menos 18 de los 24 distritos sin perjuicio de que los que compongan las formaciones políticas sean de distintos partidos. Esto supone un inconveniente para los partidos de la oposición que, si bien pueden armar alianzas locales con un nombre específico, de acuerdo a la ley es requisito necesario que el nombre del frente sea el mismo. Los partidos con reconocimiento en el orden nacional son el Partido Justicialista, Unión Cívica Radical, Partido Intransigente, Movimiento de Integración y Desarrollo, Libre del Sur, Coalición Cívica, Partido Humanista, Partido Nacionalista Constitucional, Unión Popular, País, GEN, Partido de la Victoria, PRO, UCEDE y Partido del Campo Popular, entre otros. Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST) si finaliza los trámites en dos distritos, podría presentarse también.
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