Lunes 01 de julio de 2013
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Política
Proponen penar a funcionarios que no aporten a sus partidos
El diputado radical, Jorge Monge, presentó un proyecto en la Cámara de Diputados que apunta a las deudas por aportes económicos de funcionarios designados o electivos. Se les haría una ejecución mediante un juicio expeditivo a los deudores.
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Buscan incorporar una modificación a la ley de Partidos Políticos de Entre Ríos.
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n proyecto de ley presentado por el diputado Jorge Monge (UCR, Diamante), pretende equiparar los aportes que, por carta orgánica, “están obligados a realizar los funcionarios a sus respectivos partidos, con los que se efectúan a obras sociales o sindicatos" La iniciativa busca incorporar como artículo 30 bis de la ley 5170 de Partidos Políticos de Entre Ríos, el siguiente texto: “Constituirá título ejecutivo el crédito de los partidos políticos por deudas de los funcionarios electivos y no electivos, en actividad o en situación de pasividad, que por sus respectivas cartas orgánicas se vean alcanzados por la obligación de efectuar aportes económicos”. En un comunicado enviado a INFORME DIGITAL, Monge aclaró que “los recursos económicos en la vida de los partidos políticos, constituyen un capítulo medular para alcanzar los objetivos de estas instituciones reconocidas por nuestra Constitución nacional y provincial, por su carácter de fundamentales en el marco del papel que están llamados a desempeñar en el sistema democrático y representativo que nos rige”. El legislador radical explicó que, “capacitar a sus cuadros políticos, dirigentes y militantes, mantener una dinámica de funcionamiento institucional que pueda sostenerse diariamente, financiar adecuada y transparentemente las campañas electorales, son situaciones, entre otras, que requieren de recursos económicos significativos”. Para el abogado, el Estado marcó como tendencia en los últimos años, a través de la legislación vigente en la materia, “su desinterés por alentar y fortalecer el buen funcionamiento de los partidos políticos argentinos, limitando los recursos que aporta a lo mínimo posible, apenas regulando acotados espacios en los medios de comunicación en épocas de campaña, limitando severamente el aporte de los particulares, y obviando deliberadamente apuntalar de modo consistente el funcionamiento estable y sin sobresaltos económicos de las instituciones partidarias con vida política activa y reconocimiento jurídico en nuestro país”. La iniciativa de Monge, que fue acompañada en su presentación por los diputados Agustín Federik (UCR, Paraná); Felicitas Rodríguez (UCR, Uruguay); Daniel Ruberto (FPV, Paraná) y Laura Stratta (FPV, Victoria), pretende ser “una contribución eficaz, aunque de alcance modesto en función a las necesidades reales de financiación que posee el sistema, para que los partidos políticos con reconocimiento en el distrito Entre Ríos, y siempre que lo establezcan sus correspondientes cartas orgánicas, puedan contar con una herramienta procesal idónea, que viabilice el cobro de dinero adeudado en concepto de aportes económicos partidarios por quienes en funciones –electivas y no electivas- o en situación de pasividad, se encuentren obligados a su pago”. El diputado radical explicó que el objeto es “equiparar los aportes que por carta orgánica, están obligados a realizar los funcionarios a sus respectivos partidos, con los que se efectúan a obras sociales o sindicatos, que se pueden ejecutar igual que si fueran deuda a la DGR o a la Afip. Si no se hacen aportes a la Anses, esa Administración puede realizar un juicio ejecutivo que se cobra de inmediato; y lo mismo pasa con la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) o la Agencia Tributaria de Entre Ríos (Ater). Con el escrito de promoción de la ejecución, deberán acompañarse certificados de deuda que reúnan los requisitos exigidos por la Carta Orgánica Partidaria, así como una copia autenticada de ésta. “Si la Carta Orgánica no hubiere previsto los requisitos deberá agregarse constancia de la deuda líquida y exigible y del plazo concedido a los deudores para abonarla, expedida y suscripta por el tesorero y presidente o quienes hagan sus veces, del órgano partidario de conducción ejecutiva de nivel local o provincial según corresponda”.
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