E
l tribunal de la Sala II de la Cámara del Crimen, integrada por Marcela Badano, Marcela Davite y Ricardo Bonazzolla, condenó a 22 años de prisión a Adrián Molaro, por el crimen de Alexis Céparo, ocurrido en la localidad de Cerrito, en la noche del 21 de enero de 2012. Así, los jueces entendieron que se trató de un homicidio simple y sentenciaron al responsable a la pena máxima que esta tipificación del delito establece. “El tribunal ha sido muy claro. Se supone que vivimos en una sociedad organizada en la cual nadie puede tomar venganza por mano propia, ultimando a una persona de manera cobarde y pusilánime como ocurrió en este caso”, dijo el abogados Ladislao Uzín Olleros. Además, el letrado tuvo duros términos para las versiones que surgieron durante el proceso judicial acerca del largo hostigamiento que habría recibido Molaro, por parte de la víctima y que se concretó desde la infancia. Con la sentencia, quedó desacreditado “el acoso y el bullying y toda esta fábula arpía y mentirosa que se montó para descalificar a la víctima que no se puede defender, y tratar de atenuar la culpa del condenado”, según consignó El Once. “La sentencia es muy severa y reconoce pocos precedentes en la provincia y además, el tribunal ha admitido la acción civil en todos sus términos, cosa que le ha preocupado mucho a la familia del homicida (por Molaro) como si esto fuera devolver la vida de quien fue ultimado a sangre fría”, expresó el profesional. El monto de resarcimiento es de 1.375.000 pesos. En el adelanto de sentencia, el tribunal dispuso que se decomisara y se destruyera el arma homicida.