Martes 05 de noviembre de 2013
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Política
Comienza a tratarse el Presupuesto 2014
El cálculo de ingresos y erogaciones para 2014 que elaboró el Ejecutivo tomará estado parlamentario esta tarde y comenzará a evaluarse mañana en una reunión de los legisladores con el ministro de Economía.
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En diputados, comienza a tratarse la Ley de Leyes provinccial.

E

l presupuesto provincial correspondiente al año 2014 toma estado parlamentario esta tarde, en la sesión que la Cámara de Diputados tiene prevista para las 18. El proyecto del Poder Ejecutivo fue enviado a la Cámara baja el 15 de octubre, pero la de hoy es la primera sesión que se realiza luego del receso de hecho que abren habitualmente las elecciones. La comisión de Hacienda y Presupuesto, que preside Marcelo Bisogni, llamó a una reunión ampliada para el miércoles a las 18, en el recinto de la Cámara de Diputados, con invitación a todos los bloques y también a los senadores con el ministro de Economía, Diego Valiero. La invitación a los senadores apunta a que el tratamiento en Diputados sea consensuado con el Senado, donde son tradición los pedidos de los representantes de los departamentos. En los anteriores ejercicios se ha adjuntado una planilla donde se enumeran las obras que cada legislador considera que faltan en el presupuesto para el departamento, cuya realización queda sujeta a una eventual reasignación de partidas. Consultado por El Diario El presidente del bloque de diputados del oficialismo, Reynaldo Navarro, estimó que la ley de leyes estaría aprobada antes de fin de mes. Números El proyecto contempla erogaciones por 29.500 millones de pesos, y recursos por 27.800 millones. El texto del Ejecutivo prevé para gastos de personal 10.864.624.000 pesos; erogaciones destinadas a gastos corrientes por 22.897.948.000 pesos y gastos de capital por 6.520.325.000 pesos. Se prevé un total de ingresos corrientes de 24.359.813.000 pesos sumando los tributarios, no tributarios, venta de bienes y servicios de administración pública, contribuciones a la seguridad social y transferencias corrientes, entre otros ingresos. Bajo el concepto ingresos de capital, se prevén recursos por 3.519.643.000 pesos atendiendo recursos propios de capital, transferencias de capital y disminución de la inversión financiera. La iniciativa prevé erogaciones por 29.418.273.000, con destino a los gastos corrientes y de capital, y recursos por 27.879.456.000 pesos. De esto se desprende que hay “un resultado financiero previo negativo de 1.538.817.000 pesos, que será “atendido con las fuentes de financiamiento deducida de la amortización de la deuda y la disminución de otros pasivos”. De los 29.500 millones de pesos de erogaciones, 22.897.948.000 corresponden a gastos corrientes y 6.520.325.000 a gastos de capital. En tanto, de los 27.800 millones de pesos de recursos, 24.359.813.000 corresponde a recursos corrientes y 3.519.643.000 a recursos de capital. Respecto a las fuentes de financiamiento para cubrir el déficit de 1.538.817.000 pesos, 499.322.000 provendrá de la “disminución de la Inversión Financiera, de caja y Bancos y otros” y se establece un endeudamiento público y obtención de préstamos por 3.459.511.000 pesos. Los otros 2.420.016.000 pesos pertenecen a “Aplicaciones Financieras” amortización de deuda y disminución de otros pasivos”, consignó la agencia APF. En el artículo 5º se faculta al Poder Ejecutivo a “concretar operaciones de crédito público con o a través del Gobierno nacional, entes del sector público nacional, entidades financieras u otras entidades, mediante la obtención de préstamos, colocación de títulos o bajo cualquier otra modalidad de financiación, en pesos o su equivalente en moneda extranjera, con destino a la refinanciación, y/o reestructuración de los servicios de la deuda pública por hasta la suma de 999.830.000 pesos”. También el proyecto autoriza al Poder Ejecutivo para “disponer la emisión de Letras del Tesoro, u otro tipo de obligaciones negociables o instrumentos financieros para cubrir diferencias estacionales de caja, o sustituir financiamientos; a ser emitidos durante el ejercicio, en una o más series y por un plazo no mayor a los 365 días por cada serie, contados a partir de la fecha de emisión, pudiendo su devolución trascender el ejercicio”.
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