Viernes 22 de noviembre de 2013
  |  
Paraná
Robo de bebés: confirmaron condenas en Paraná
A más de dos años del juicio por la sustracción y sustitución de identidad de los mellizos nacidos en el Hospital Militar, confirmaron las condenas. El Tribunal Oral Federal de Paraná deberá analizar los montos de las penas.
JuicioTribunalJuzgado.jpg
El tribunal federal de Paraná confirmó condenas a cinco militares.

L

a Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas de cinco represores por el secuestro y sustitución de identidad de los mellizos de Raquel Negro y Tulio Valenzuela, nacidos en el Hospital Militar de Paraná en marzo de 1978. Sin embargo, hizo lugar a planteos de la defensa y de la querella y devolvió las actuaciones al Tribunal Oral Federal para que fije nuevas penas a los ex militares. El fallo está fechado el 20 de noviembre –a más de dos años del juicio– y confirma las condenas para Pascual Oscar Guerrieri, Jorge Alberto Fariña, Juan Daniel Amelong, Walter Salvador Dionisio Pagano y el médico Juan Antonio Zaccaría; como también la absolución de Marino Héctor González, rechazando los planteos de los acusadores para que se reconsidere su participación en el robo de bebés. En concreto, la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un recurso de la querella mediante la aplicación de una doctrina que considera que el delito de “ocultamiento” en el caso de Sabrina Gullino se perpetró hasta el momento en el que la víctima conoció su verdadera identidad, es decir, desde la posible fecha de nacimiento de los niños, en marzo de 1978, hasta el año 2008, fecha en que recuperó su verdadera identidad; y en el caso de su hermano mellizo, hasta la actualidad. Entonces, el tribunal de casación consideró que debe aplicarse la figura penal según la redacción de la ley más nueva, que establece una pena de 5 a 15 años de prisión para quien “sustrajere a un menor de 10 años del poder de sus padres, tutor o persona encargada de él, y el que lo retuviere u ocultare”; y no la redacción vigente al momento en que ocurrieron los hechos, como lo hizo el tribunal de juicio. El otro planteo al que hizo lugar el tribunal de casación fue uno de la defensa de los represores respecto de que en los delitos imputados (sustracción de menores y sustitución de identidad) “media una relación de concurso ideal”, mientras que los dos hechos imputados (uno por cada bebé) “concurren a su vez materialmente entre sí”. Por eso, hizo lugar parcialmente al recurso interpuesto por la defensa oficial y resolvió “devolver las actuaciones a su procedencia (tribunal de juicio) a los efectos que se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo aquí decidido”. Así las cosas, el expediente volverá al Tribunal Oral Federal de Paraná, para que dicte “un nuevo pronunciamiento”, a pesar de que pudo haberlo hecho la propia Cámara Federal de Casación Penal. Fuentes judiciales explicaron que si bien esto podría hacer variar el monto de las penas impuestas a los represores, también podría ocurrir que no haya modificaciones, en virtud de que están dentro de los parámetros que fija la ley que ordenó aplicar el tribunal superior, publicó El Diario. El 21 de octubre de 2011, Guerrieri fue condenado a 14 años de prisión, Fariña y Amelong recibieron la pena de 13 años de cárcel, a Pagano se le impusieron 11 años de prisión y el médico Zaccaría recibió la pena de 5 años de prisión. El fallo de la Sala II del tribunal de casación, que integran Alejandro Slokar, Pedro David y Angela Ledesma, destacó que “no se advierte (en la sentencia del Tribunal Oral Federal de Paraná) la presencia de vicios que invaliden ni el razonamiento ni la conclusión arribada respecto de la participación atribuida a los imputados en los hechos” y remarcó que “el cúmulo de pruebas valoradas de conformidad a las reglas de la sana crítica, con especial énfasis en las testimoniales recibidas, permiten concluir con la certeza apodíctica que una sentencia condenatoria requiere, la responsabilidad de los nombrados en los hechos que se le imputan”. En otro tramo del fallo, que consta de 96 páginas, los jueces destacaron que el robo de bebés durante la última dictadura cívico-militar fue parte de un ataque sistemático y generalizado contra la población civil, previamente diseñado por las juntas militares, y que, como tal, constituye un crimen de lesa humanidad. Asimismo, los jueces del tribunal de casación destacaron en el fallo “las cuantiosas coincidencias probatorias meritadas en la instancia precedente en orden a fundar la atribución de responsabilidad” de los represores y afirmaron que “las conductas desplegadas por los imputados en los hechos por los que fueron condenados, se encuentran definidas dentro de parámetros respetuosos de los principios del debido proceso legal y de la inviolabilidad de la defensa en juicio”. El tribunal de casación también dedica varios párrafos a la búsqueda del mellizo varón, que permanece desaparecido, destacando especialmente que nació con vida en el Hospital Militar: “Las planillas del Instituto Privado de Pediatría (IPP), también resultan indicativas que el varón habría nacido vivo, dando cuenta que ambos niños habrían ingresado y salido del nosocomio”, destaca el tribunal, que enseguida cita a dos de los dueños del centro de salud. David Vainstub dijo que “si tiene fecha de egreso en el libro, entiende que eran pacientes con vida”; y Angel Schroeder, al serle exhibido el libro bordó, coincidió en que “en el caso de niños fallecidos no se anotaría en el libro, es netamente un libro administrativo, cree que fue egreso si así lo dice”. De hecho, en el Juzgado Federal de Paraná se encuentra todavía en trámite una causa en la que se investiga el paradero del mellizo varón. En este tiempo se trazaron varias líneas de investigación, se ordenaron otras pruebas de ADN que el Banco Nacional de Datos Genéticos confirmó como negativas respecto de Raquel Negro y Tulio Valenzuela y se fueron descartando una a una las hipótesis iniciales. Hasta el momento, no hay imputados en ese expediente. Más aún, se citaron tramos de la sentencia del tribunal de juicio donde se advierte que “del varón se desconoce el destino sufrido hasta el día de la fecha, y ello está siendo motivo de investigación” y agregó que “no se encontraron rastros, hasta el momento, que puedan orientar el conocimiento de su destino”.
Lo más visto
01
02
03
04
05
¿Que pensás sobre esto?
600
 caracteres restantes
Publicar comentarios en INFORME DIGITAL implica la aceptación plena de nuestro reglamento.
Comentarios
¡Tu comentario se ha enviado con éxito!
La aprobación del mismo dependerá de su aprobación por parte del moderador. Muchas gracias.
LIBERTAD PRODUCTORA
Santa Fe 322 Piso 8 Dto.A.
Paraná, Entre Ríos.
Tel: +54 343 4233381
[email protected]

Copyright 2002 INFORME DIGITAL | Todos los derechos reservados | Mediakit: Publicite con nosotros.
[email protected]
Aplicabbs | Diseño: Kembo Dupla Creativa