Miércoles 25 de junio de 2014
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Política
Fraude en Ater: el delito cometido tiene una pena de seis años
Habrá una investigación paralela sobre los organismos de contralor y se esperan los resultados de la auditoría informática y contable del organismo tributario y del Tribunal de Cuentas. Indagarían seis años atrás.
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García descartó que el fraude de Ater haya delito de asociación ilícita.
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L

a investigación en la causa caratulada como Defraudación al Estado en el caso de las indebidas compensaciones realizadas por empleados infieles de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) –con participación de empresarios y contadores- podría ir más allá de los dos años e indagar hasta seis años atrás, coincidiendo con la pena establecida por el Código Penal para este tipo de delitos. Así lo confirmó el procurador General, Jorge García, donde brindó detalles del requerimiento realizado por el Ministerio Público para la puesta formal de la instrucción. En este punto, el jefe de los fiscales dio una explicación técnica acerca de cómo se desarrolla el procedimiento: “Paraná no ha implementado aún el código nuevo, el adversarial, y aún rige el Código Torres Bas donde la requisitoria fiscal de instrucción se canaliza a través del juzgado de instrucción en la etapa preparatoria, más allá de que, como es inminente la puesta en marcha los fiscales van teniendo cada vez más actividad”, reseñó García. En este punto aseguró que la primera parte se lleva a cabo a partir de la denuncia realizada por el titular de ATER, Marcelo Casaretto, donde los hechos se recortan a dos años, momento en que se crea el nuevo ente tributario. “De todas maneras se están manejando datos y habrá una investigación que va a funcionar en forma paralela con los períodos anteriores hasta dónde de la prescripción de la acción penal”. Consultado sobre el plazo de prescripción, García respondió que los delitos prescriben a los seis años. “Vamos a trabajar con este plazo, más allá que pueda ser alargado por alguna circunstancia en particular. En principio vamos a trabajar sobre estos casos. Vamos a trabajar también con el Tribunal de Cuentas y con la Fiscalía de Estado que se va a constituir como parte querellante para trabajar sobre la prueba objetiva, es decir la prueba pericial: contable, de auditoría y pericial informática”, consignó. Ante la consulta periodística acerca si los imputados podrían estar constituyendo una asociación ilícita para cometer el fraude contra la ATER, García desplegó una respuesta técnica descontando esta posibilidad. “La asociación ilícita es un tipo penal muy especial, en el sentido que adelanta la criminilización a estadios inclusive que son inferiores a la tentativa. En el ámbito de la llamada asociación ilícita es como que excepcionalmente se adelante esto más atrás a la simple asociación, es decir la puesta en marcha de los integrantes, con la características que se van a cometer delitos indeterminados y por tiempo permanente. Esta fórmula piensa como delito contra la seguridad común en lo que podríamos llamar vulgarmente las mafias, o delitos de gravedad vinculados con la vida”, expresó. Acto seguido, entendió que en la reforma tributaria a nivel nacional se creó la figura de la asociación ilícita tributaria pensando en el ámbito nacional para juzgar a las usinas de facturas, es decir las empresas que se dedicaban a crear facturas truchas para después hacer fraudes tributarios a gran escala. “No creo que estemos ante la figura de asociación ilícita sino más bien ante una maniobra defraudatoria de parte de ciudadanos contribuyentes con la connivencia de funcionarios para hacer aparecer compensaciones o hacer inexigibles deudas”, subrayó. Asimismo, explicó que no se trata de un delito funcional, es decir que no requiere la figura de un funcionario necesariamente para ser cometido, por eso es fraude a la Administración Pública y no peculado la carátula. “De todas maneras sí es muy grave la particularidad de los funcionarios porque tienen como tareas no organizar su libertad en perjuicio de otros sino evitar que la institución Administración Pública sufra daños. Por eso es grave la conducta de los funcionarios, pero siempre del mismo tipo de delito: simulación de pagos y administración fraudulenta”. El delito de defraudación tiene una pena de seis años, pero como se trata de un delito reiterado sería posible que fueran graves, y eso será analizado en su momento, confirmó Jorge García. Los próximos pasos que dará el Ministerio Público Fiscal será el lograr las declaraciones de las personas imputadas, entre ellas los 66 empresarios involucrados, al tiempo que el Tribunal de Cuentas trabaja en colectar las pruebas y la propia ATER de la auditoría informática contable. También comparecerían los profesionales contables, ya que, según explicaron en la Justicia, es muy común que sujetos físicos de un comercio tengan un experto en el manejo de estas cuestiones, y es muy probable que haya una acusación de coautoría junto a los empresarios y quienes se encargaban de estos aspectos en la empresa. “También veremos con las pericias qué ha pasado con los resortes que tienen que dar los alertas para que este tipo de delitos no se materialicen”, dijo el funcionario entendiendo que los organismos de contralor no estarán exentos. “Es muy difícil que una empresa no sepa los movimientos de su contador, en un mundo donde la lotería se saca pocas veces, es poco probable que alguien que debía uno o dos millones de pesos de pronto deje de deber o se acredite en su cuenta un monto y no sepa de dónde viene”, ironizó el Procurador general.
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