E
l ex presidente Carlos Menem quedó otra vez a las puertas de un juicio oral y público, esta vez por una añeja causa en la que está acusado de haber vendido a precio vil el Predio Ferial de Palermo. La Cámara de Casación, el máximo tribunal penal del país, ratificó tácitamente su procesamiento, esencialmente porque esa situación procesal en la que se encuentra "no pone fin a la acción o a la pena, ni hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena". En otras palabras: el procesamiento del ex jefe de Estado entre 1989 y 1999 es una situación provisoria, que debe resolverse en un juicio oral. Y hacia allí se encamina el expediente. Menem y su ministro de Economía Domingo Cavallo están procesados por el artículo 261 del Código Penal, que establece penas de entre dos y diez años de cárcel para los responsables de "peculado". Menem había sido beneficiado con "falta de mérito", pero la Sala Segunda de la Cámara Federal revocó ese fallo y, atendiendo al tiempo transcurrido desde que se inició la investigación, abrevió los tiempos y directamente lo procesó. Luego, el juez federal Sergio Torres le trabó un embargo por diez millones de pesos. La defensa de Menem apeló la decisión, y aprovechando esa decisión, lo propio intentaron el ex presidente de la Sociedad Rural Argentina (principal beneficiaria de aquella cuestionada venta) Eduardo Zavalía, y el ex secretario de la entidad, Juan Alberto Ravagnan. La Casación se apoyó sobre doctrina de la Corte para cortarle el camino a Menem para nuevas dilaciones: citando al máximo tribunal, los jueces Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Ana María Figueroa recordaron que "el auto de procesamiento sin prisión preventiva no resulta equiparable a sentencia definitiva". Menem está procesado pero no preso. Y la Casación sólo está habilitada para intervenir ante fallos definitivos o equiparables a tal. No obstante, la jueza Figueroa se había inclinado por volver a analizar la situación de Menem, pero quedó en minoría en la resolución final. ¿Qué significa el fallo para Menem? Que lo espera el juicio oral. Por su calidad de actual senador, no puede invocar la prescripción por el paso del tiempo, pues la permanencia en calidad de funcionario público interrumpe los plazos de extinción de la acción penal. Mientras sea senador, señala Tiempo Argentino, sólo estará a salvo de la detención, pues ello se lo garantiza la ley de fueros. Pero podrá ser sometido a juicio e incluso condenado a penas de prisión de cumplimiento efectivo, que sólo deberá cumplir cuando venza su mandato o bien si el Senado le quita los fueros parlamentarios. Menem ya fue condenado por el contrabando ilegal de armas a Ecuador y Croacia, entre 1991 y 1993. Pero en ese expediente podría recibir pronto una buena noticia: tal como ocurrió con la causa Cromañón, el ex presidente fue absuelto en un juicio oral y condenado en la instancia de apelación. Ergo, no hay en su caso un "doble conforme", es decir dos fallos condenatorios. La Corte podría enviar su caso a que lo revise otra sala de la Cámara de Casación, con lo cual la condena por la "Causa Armas" tendrá todavía un largo trecho temporal por recorrer.