Viernes 31 de julio de 2015
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Política
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Condenaron a constructora por abandono de obra en Federación
Noroeste Construcciones S.A. deberá pagar unos 667 mil pesos al Estado entrerriano por incumplir con el contrato establecido para la realización de una "manta flexible" en defensa de la costa del río Uruguay. La empresa impugnó el fallo
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La obra debía prevenir la erosión causada por el oleaje del río.
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a Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Paraná condenó a la firma Noroeste Construcciones S.A. a abonar una indemnización al Estado Provincial, luego de evaluar que la empresa (ganadora de la licitación realizada por la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande) abandonó la obra de "Protección de costa zona urbana -ciudad de Federación- Primera Etapa”. Además, fue condenada una aseguradora en forma concurrente, que deberá abonar al Estado el monto de los seguros de caución contratados por la constructora. El tribunal compuesto por Hugo González Elías, Gisela Schumacher y Marcelo Baridón condenó a la constrcutroa a pagarle $667.335 al Estado, sumando intereses que deberán calcularse desde el 30 de diciembre del año 2000. La firma había ganado en 1999 la Licitación llevada a cabo por la CAFESG para ejecutar una obra consistente en la colocación de una "manta flexible" sobre algunos sectores del borde costero de la ciudad de Nueva Federación. La obra La obra tenía por objetivo resolver los inconvenientes generados por los vientos del Este predominantes en la zona, sumados al embalsado y desembalsado del lago, que "producen un oleaje que genera la paulatina erosión de las costas, con el consiguiente impacto económico y social en las poblaciones ribereñas de la región de Salto Grande" se consigna en el comunicado judicial enviado a INFORME DIGITAL. La "manta flexible" es un sistema de protección de cierta complejidad que significaba un rubro muy importante de la licitación, a punto tal que implicaba casi el 50% del presupuesto de la obra. La constructora ofreció en ese entonces realizar los trabajos con la aplicación de un sistema que contaba con garantías y estudios de laboratorios que probaban su calidad. El litigio Sin embargo, "al iniciar la construcción la contratista notificó al Estado que cambiaría de sistema de manta, alegando que el ofrecido en la licitación presentaba ciertos inconvenientes y no había tenido un comportamiento técnicamente aceptable a la luz de los resultados en otras obras" precisa el parte de prensa del Superior Tribunal de Justicia. Ante ello, el Estado Provincial se opuso al cambio de los materiales y la empresa demandó por nulas esas decisiones estatales. La constructora presentó una demanda judicial para que se condene al Estado, y la Fiscalía de Estado reconvino la demanda, solicitando que se condene a la firma por considerar que abandonó la obra. Además pidió que se cite y se condene a la empresa Aseguradores de Cauciones S.A. Compañía de Seguros, contratada por Noroeste S.A. para asegurar las pólizas exigidas por la Licitación. El Tribunal hizo lugar al planteo estatal, por considerar que “la oferente que resultara adjudicataria y luego contratista, ofreció el sistema de protección marca Code, y la administración contrató de buena fe tal sistema”. Además, la Cámara recordó que “a diferencia del contrato civil, en el cual la oferta es revocable y el contrato, como principio, inmutable, en el derecho administrativo la primera es irrevocable por el plazo de mantenimiento de oferta y el contrato mutable por ejercicio de potestades administrativas”. Los jueces tuvieron en cuenta, entre otros elementos, las pericias realizadas por ingenieros, sobre una parte de la defensa que fue construida por la Municipalidad de Federación utilizando el sistema “Code”, el cual según los peritos se encuentran “en perfectas condiciones de funcionamiento”. El fallo fue impugnado por la empresa constructora, y consentido en sus aspectos principales por la aseguradora.
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