Lunes 30 de noviembre de 2015
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Política
El Senado oficialista desestimó el impuesto entrerriano al combustible
El Senado decidió archivar el proyecto del nuevo impuesto. El presidente del megabloque del PJ, Enrique Cresto, dijo que en las provincias donde se aplicó hay inconvenientes. En tanto, aprobaron reclamar a Nación los fondos coparticipables.
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El Senado dio marcha atrás con el proyecto de "Tasa Vial". (Foto de archivo).
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n la noche de este lunes sesionó la Cámara de Senadores, donde los legisladores decidieron archivar el proyecto de ley que proponía la creación de una tasa vial también llamada impuesto a los combustibles. Además dieron sanción definitiva al proyecto de ley que habilita a la Fiscalía de Estado a iniciar el reclamo por mayores fondos de Coparticipación Federal. Trataron nueve pedidos de acuerdo, uno de los cuales, fue negado. También se habilitó a la provincia a realizar operaciones de crédito por un monto de 6.000 millones de pesos, mediante la modificación de la ley provincial 10090. El senador concordiense Enrique Cresto, al inicio de la sesión, por una moción de orden, pidió ingresar y tratar un proyecto que proponía la creación de una tasa vial. Hizo este pedido, votado por unanimidad, ante la presencia de empresarios de transporte, de estaciones de servicios y de asociaciones de productores, pidió que se trate en primer término este expediente a los efectos de responder a la expectativa de los mismos. Explicó que cuando se trata de crear impuestos, se dan estudios profundos y en forma permanente. Reveló que los senadores ya tomaron una posición sobre el tema y que fueron enterados de su presentación a través de los medios. Dijo que con los elementos colectados se ha observado que en las provincias en las que se aplica existen inconvenientes y hasta la posibilidad que sea declarado inconstitucional con los consiguientes costos. Añadió que los senadores, en reunión de bloque, “decidieron mandar al archivo este proyecto que impulsa la tasa vial” y resaltó que hoy mismo se va a dar sanción definitiva al proyecto que permitirá a Entre Ríos reclamar mayor coparticipación. “Somos 17 representantes departamentales y consideramos que el monto a percibir es insignificante en relación a lo que Entre Ríos puede llegar a percibir, si es que el gobierno nacional electo respeta y cumple el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, resaltó el senador Cresto. Con todo esto los senadores no trataron y mandaron al archivo el proyecto de ley que propone la creación y aplicación de una "Tasa Vial Provincial", para ser destinada a retribuir la prestación de los servicios que demande el mantenimiento, conservación, modificación y/o mejoramiento de todo el trazado que integra la red caminera provincial, incluidas las autovías, carreteras y/o nudos viales. Reclamo por mayor coparticipación La Cámara Alta dio sanción definitiva al proyecto de ley que impulsa el reclamo entrerriano de mayores ingresos en concepto de coparticipación federal. Esto después del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Los representantes departamentales dieron respaldo para que se denuncie Pacto suscripto en 1992, que fuera ratificado por la ley 24.130. Fundamentó el apoyo del Cuerpo el senador Cresto, quien recordó las circunstancias y consecuencias por las que en su momento Entre Ríos adhirió al Pacto Fiscal y mencionó el impacto de la reciente decisión de la Corte Suprema de la Nación. El proyecto, ahora girado al Ejecutivo, extiende la denuncia “a las cláusulas de los convenios posteriores ratificatorios de su vigencia y/o que establezcan que la distribución de la masa de fondos a coparticipar a que se refiere el artículo 2 de la Ley 23.548 se seguirá realizando conforme al Acuerdo denunciado, como asimismo del artículo 76 de la ley 26.078. A estos efectos se deberá dar noticia fehaciente de la presente a todas las jurisdicciones signatarias del Acuerdo de referencia”. Con esto el Ejecutivo entrerriano deberá requerir al Estado Nacional la inmediata extinción de los efectos jurídicos emergentes del Acuerdo denunciado respecto de la Provincia de Entre Ríos y el cese inmediato y automático de la detracción sobre la masa bruta de los impuestos coparticipables, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 23.548, de los importes que surgen de la aplicación de la cláusula primera, inciso “a” del Acuerdo que ahora es denunciado, a los fines del cálculo de la proporción que le corresponde a la Provincia y la repetición de las sumas que correspondiere, destaca el segundo artículo de la iniciativa de los diputados Rosario Romero y José Allende. El texto propone además afectar el potencial incremento de los recursos de la coparticipación federal de impuestos a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, hasta la concurrencia de los déficits que dicho organismo registra, como asimismo establece que, de darse, el excedente sea destinado al refuerzo proporcional de las partidas de gastos de personal de toda la administración central y descentralizada del Estado entrerriano. Será, una vez promulgada la ley, la Fiscalía de Estado quien ejerza todas las acciones administrativas y/o judiciales que correspondan, con el objetivo de reclamar la devolución del 15% que el Gobierno Nacional retiene de la masa de impuestos coparticipables prevista en el artículo 2º de la Ley 23.548 para atender al pago de las obligaciones previsionales nacionales, por aplicación de la cláusula primera, inciso “a” del “Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los gobiernos provinciales del 12 de agosto de 1992, ratificado por Ley 24.130 y que ahora es denunciado por Entre Ríos. Además se derogan el artículo 25º de la Ley Nº 10.403 y se declara nulo el artículo 31º de la Ley 9.762 (presupuesto 2007) y 25º de la Ley Nº 10.338 (presupuesto 2015). Con la Cámara de expendedores de Combustibles Los Senadores recibieron durante la reunión de Bloque a miembros de la Cámara de Estaciones de Combustible y Anexos de Entre Ríos. Durante el encuentro los empresarios explicaron a los legisladores su posición en relación a la iniciativa que ya cuenta con media sanción. Expresaron sus reparos indicando que existe, según su punto de vista, falta de oportunidad, genera un costo administrativo difícil de sobrellevar para el sector y un costo económico tanto para la empresa, como para los usuarios permanentes y circunstanciales. Observaron, tomando en cuenta la situación generada en la provincia de Córdoba, que dejarían de vender cantidades importantes las estaciones ubicadas en la zona de frontera con otras jurisdicciones, ya que de acuerdo al costo entre una y otra, se dejaría de vender una cantidad sensible cuando el precio es más barato en provincias vecinas. El presidente del Bloque, Enrique Cresto, adelantó que los senadores decidieron no tratar el proyecto en esta sesión, ya que en un análisis somero apuntaron la posibilidad de que aparezca una doble imposición y hasta una posible inconstitucionalidad, lo que deberá ser profundizado por juristas especializados para contar con una opinión fundada. Los estacioneros revelaron que una vez enterados de la media sanción realizaron una serie de cálculos que muestran como tope recaudatorio unos 25 millones mensuales, teniendo en cuenta los combustibles alcanzados. Precisaron que esto no sería tributado por quienes compran combustible por fuera del sistema de estaciones. Los representantes de la Cámara se pusieron a disposición de los legisladores en caso que consideren, en lo mediato, la posibilidad de avanzar en la creación de un tributo que alcance el sector, para lograr que tenga el menor impacto en el usuario y no genere mayores inconvenientes a un sector que ha perdido gran cantidad de bocas de expendio en el territorio entrerriano en los últimos años. Hubo representantes de Paraná, Concordia, Gualeguay, Tala, entre otros departamentos. Autorización para el uso del crédito También recibió sanción definitiva la modificación de la ley 10090. Se trató sobre tablas. Cresto hizo una descripción del expediente. Ahora el Poder Ejecutivo entrerriano está habilitado para concretar operaciones de crédito público por hasta la suma de Pesos seis mil millones ($ 6.000.000.000.-) o su equivalente en otras monedas; mediante la contratación de préstamos con el Gobierno Nacional, Entes del Sector Público Nacional, Organismos Multilaterales de Crédito, o entidades financieras locales o extranjeras; o a través de la emisión y colocación de títulos de la deuda pública, en una o varias series, o bajo cualquier otra modalidad de financiación, en términos y condiciones de mercado, bajo ley y jurisdicción argentina o extranjera. El dinero obtenido por la operatoria será aplicado al financiamiento de Obras Publicas de infraestructura vial, portuaria, productiva, hospitalaria, educativa, de saneamiento, de cultura y recreación, y de viviendas, a ejecutarse en el ámbito provincial, conforme proyectos que cuenten con la autorización respectiva. Del total, hasta el 25%, será para la cancelación, pre cancelación y/o rescate parcial de la deuda pública consolidada, como así para la atención del déficit acumulado y consolidado de las Rentas Generales. Pliegos tratados Cumpliendo con el trámite previsto en el artículo 19 del Reglamento del Cuerpo, habiendo anticipado por medios públicos que en la sesión iban a tratarse los pedidos de Acuerdo Constitucional para ocupar cargos en la Justicia entrerriana, por solicitud del presidente de la Comisión de Acuerdos, Aldo Ballestena, fueron aprobados los siguientes pliegos: Belén, Gabriel, Juez Civil y Comercial Nº 2 de Concordia. Vega, Silvia Alicia, Juez Civil y Comercial Nº 2 de La Paz. Marcogiuseppe, Julio César, Juez Civil y Comercial Nº 1 Concordia. Méndez Castells, Estela, Juez Civil y Comercial Nº 3 Concordia Velasco, Mariano Luis, Juez Civil y Comercial Nº 2 de Chajarí. Ceballo, Norma Viviana, Juez Civil y Comercial Nº 3 de Paraná. Costa, José Daniel, Fiscal General de Coordinación de Concordia. Beherán, Lisandro, Fiscal General de Coordinación de Gualeguaychú. Además en el mismo marco fue rechazado el pedido de Acuerdo para Diego Rodríguez, quien aspiraba ser titular juez Civil y Comercial Nº 1 de La Paz. En la sesión el senador Ballestena dio a conocer los alcances de la resolución fundada al efecto, mencionado que “no se formó convicción suficiente” y se resolvió no dar el consentimiento constitucional.
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