E
l diputado del Parlasur por Entre Ríos Cristian Bello presentará en dicho organismo un Proyecto de recomendación para declarar de interés parlamentario la designación de sitio Ramsar del Delta de Paraná. Mediante una carta abierta, le hicieron saber un "total rechazo a su iniciativa" y argumentaron el riesgo de "ceder sobereanía" y vulnerar las constituciones nacional y provincial. La misiva lleva la firma de Cristian Ulián, alguna vez precandidato a intendente de Paraná por el Partido Popular de la Reconstrucción. "Con la firma de estos acuerdos nos sometemos al Derecho Internacional Privado. Nos amenazan, en caso de incumplimiento, a desprestigiarnos en la comunidad internacional", advierte el licenciado. A su vez, sugiere al locutor y parlamentario que "si realmente sus sentimientos e intereses se orientan en trabajar por la provincia de Entre Ríos como usted lo expresa, observe y hagamos observar lo que dictan nuestras sabias Constituciones Nacional y Provincial. Lo contrario, implica ceder soberanía". Argumentos La carta cita la Constitución Nacional en sus artículos 41 ("todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano; y tienen el deber de preservarlo"), 124 in fine ("corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”) y el 85 de la Constitución de Entre Ríos ("los recursos naturales existentes en el territorio provincial corresponden al dominio originario del Estado entrerriano") para indicarle al legislador Bello que son "un primer indicio de lo innecesario de su iniciativa". También advierte sobre algunos incisos del "Manual de la Convención Ramsar", como su Inciso 1.7 (“¿A qué se comprometen las Partes que se adhieren a la Convención de Ramsar?") y critica cuatro compromisos: - "designar en el momento de la adhesión al menos un sitio para ser incluido en la Lista de Humedales de Importancia Internacional (la “Lista de Ramsar”), y además seguir designando “humedales idóneos de su territorio para ser incluidos en la Lista”, la cual, señala Ulián, "administra una ONG internacional con sede en Suiza". - "informarse lo antes posible acerca de las modificaciones de las condiciones ecológicas de los humedales en su territorio e incluidos en la Lista. Las informaciones sobre dichas modificaciones se transmitirán sin demora a la Secretaría de Ramsar.” Nuevamente, cuestiona el firmante, "vamos a informar a un tercero sobre un recurso que está bajo nuestra soberanía". - "las Partes Contratantes han convenido también en sostener consultas con otras Partes Contratantes, especialmente en lo relativo a los humedales transfronterizos, los sistemas hídricos compartidos y las especies compartidas”. Al respecto, Ulián cuestiona que "esta organización tiene un fin expansionista, todo lo cual nos podría generar inconvenientes con terceros Estados Subnacionales y Estados Nacionales, con los cuales compartimos el Acuífero Guaraní". - Convención de Ramsar: "sus disposiciones tienen carácter obligatorio con arreglo al derecho internacional. El hecho de no cumplir con esta expectativa puede dar lugar a una situación de incomodidad política y diplomática". El ex referente del PPR indica que "en algunas jurisdicciones las obligaciones con arreglo a Ramsar se han incorporado al derecho y /o las políticas internas que tienen efectos en sus sistemas judiciales". La Carta completa: