Viernes 07 de octubre de 2016
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Política
Deuda para municipios: litigios judiciales se dirimirán donde residan los bancos
El Senado provincial aprobó un agregado a la ley que destina parte del endeudamiento provincial a los municipios. Se trata de una "prórroga de jurisdicción": si hay problemas judiciales, deben resolverse en jurisdicción de los bancos.
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Si hay problemas judiciales, deben resolverse en jurisdicción de los bancos.

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e la redacción de INFORME DIGITAL El Senado provincial aprobó en la última sesión un proyecto de Ley, en revisión, por el que se modificó el Artículo 4º de la Ley 10.433, que autoriza a municipios a tomar parte de la deuda que contraiga la Provincia. Sancionada en julio pasado, esta ley otorga a los municipios de la provincia el monto equivalente al 16% de los recursos obtenidos por el gobierno provincial en la colocación de los títulos públicos durante 2016 y por hasta la suma de 103 millones de dólares. Su artículo 4º, modificado a partir de este miércoles por el voto de la mayoría que posee el PJ, autoriza al Poder Ejecutivo a “reglamentar la instrumentación y demás particularidades de las operatorias a desarrollar”. La iniciativa del oficialismo sancionada en la última sesión ordena que en caso de presentarse litigios legales con los bancos que presten el dinero para los municipios, la jurisdicción en la que deberán resolverse será aquella en la que resida la respectiva entidad financiera. Según explicó el presidente del FpV Ángel Giano, la modificación es requerida para “el cumplimiento de la requisitoria de bancos extranjeros para endeudarnos”. Así se establece una “prórroga de jurisdicción para un caso de conflicto”, que impediría “que tanto Municipios como Juntas de Gobierno se vean afectadas. Por eso esta modificación”. Cabe advertir que el gobierno nacional autorizó el endeudamiento de Entre Ríos por hasta 250 millones de dólares en 2016, siendo que el gobierno provincial esperaba la posibilidad de acceder a montos mucho mayores, teniendo como tope 750 millones de dólares, según la ley de presupuesto 2016. Así, se reducen automáticamente los fondos a los que podrán acceder los municipios. Si bien la ley 10.433 fija el 16% como el porcentaje de la deuda provincial que corresponderá a las comunas, quedan atrás las cuentas que venían haciéndose en los despachos económicos municipales, así como el máximo de 103 millones que habilitó la ley.
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