Lunes 03 de julio de 2017
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Política
La justicia federal desvinculó a Sergio Varisco del narcotráfico
El juez Ríos decidió procesar a Daniel Celis y toda su banda por narcotráfico en la causa de la avioneta con droga. Varisco y sus funcionarios seguirán fuera de cualquier acusación en esta causa y seguirán como testigos. El fallo completo.
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El juez Ríos decidió procesar a Daniel Celis y toda su banda pero no a Varisco
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Daniel 'Tavi' Celis y su banda fueron procesados por narcotráfico.

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e la redacción de INFORME DIGITAL Antes de que se cumplan los diez días que tenía de plazo para resolver el avance de la causa, y tal vez por la enorme presión mediática del informe que salió por el Canal C5N y las declaraciones del ministro del interior Rogelio Frigerio -que pidió este lunes rapidez a la justicia-, el juez federal Leandro Ríos decidió procesar a toda la banda de Daniel ‘Tavi’ Celis por el delito de organizar y financiar el narcotráfico. Mientras tanto, el intendente de Paraná, Sergio Varsico, su concejal Pablo Hernández y su subsecretaria de Seguridad, Griselda Bordeira, seguirán en la causa como testigos y no revisten responsabilidad penal alguna. La resolución de Ríos a la que accedió en forma exclusiva INFORME DIGITAL prueba la relación entre Celis, su entorno y altos cargos del gobierno paranaense, pero de ninguna manera involucra a Varisco con el negocio de la droga. Los acuerdos políticos no son penalmente justiciables, independientemente de las demás responsabilidades que le quepan a Celis o los integrantes de su banda por otro lado, y ese parece ser el criterio que siguió Ríos para no incluir al intendente, su concejal y su funcionaria en la lista de procesamientos. Las intervenciones de los celulares de los ahora procesados por narcos, entre escuchas telefónicas y mensajes de texto, sí constituyeron material suficiente para que el magistrado resuelva encaminarlos al juicio. El procesamiento de la banda paranaense es por infracción a la ley nacional de estupefacientes, que prevé una pena de entre cuatro y 15 años de prisión. Además de dictar el procesamiento, el juez Ríos dispuso la continuidad en prisión preventiva de la mayoría de los imputados (en el caso de ‘Tavi’ Celis, viene cumpliendo condena por robo desde diciembre del año pasado). El magistrado le concedió libertad ambulatoria, en cambio, a la mujer conocida como ‘la curandera’ en el marco de la investigación, María Esther Márquez, mientras que decidió mantener en prisión domiciliaria a María Laura Zurita. La 'curandera' está acusada como “cómplice inductora del delito”. Ríos entiende que ‘Tavi’ y su banda “comercializaron de manera conjunta y organizada ­-entre sí y con personas cuya identidad y rol aún no se ha podido establecer- estupefacientes, marihuana (…) ejerciendo diversas funciones de provisión, organización, distribución, logística de transporte aéreo, logística de transporte terrestre, aprovisionamiento, almacenamiento, fraccionamiento, abastecimiento y venta a consumidores particulares y a pequeñas organizaciones”.} El ámbito de acción del grupo, según se desprende de la letra del juez, abarca a Paraná, San Benito, Viale, Hernandarias, Nogoyá y Seguí, en Entre Ríos, como así también a las ciudades de Santa Fe, Santo Tomé y Alto Verde, de la provincia vecina. Daniel y Miguel Ángel Celis están procesados como “co-autores penalmente responsables del delito de organización y financiamiento de actividades de comercio de estupefacientes”, es decir como líderes del grupo; mientras que los demás están imputados por el comercio, es decir sólo por ese eslabón de la cadena narco. La estructura Además, Ríos se adentra en la organización interna de la banda y describe caso por caso el rol que tenía cada miembro. La siguiente es la lista de procesados, con el presunto respectivo cargo que tenía en la red: Daniel Andrés Celis (organizador/proveedor/financiador), Miguel Ángel Celis (organizador/proveedor/financiador), Eduardo Ramón Celis (asistente/colaborador), Sergio Marcelo Baldi (asistente/colaborador intermediario entre los hermanos Celis), María Fernanda Orundes Ayala (asistente/colaboradora), Yamila María José Corradini (asistente/colaboradora/distribuidora), María Laura Zurita (asistente/colaboradora/almacenadora/vendedora), Renzo Bertana (asistente/colaborador), Miqueas Julio Córdoba (asistente/colaborador/distribuidor/vendedor), Patricio Facundo Larrosa (asistente/colaborador), Julio César Vartorelli (distribuidor), Jonatan Iván Romero (distribuidor/vendedor), Miguel Carmelo "Cebolla" Leguizamón (colaborador/transportador), Miguela Fidelina Valde (colaboradora/transportadora), Cristian Javier Silva (colaborador/administrador), Hernán Jesús Rivero, Carlos Gastón De La Fuente (colaborador/logística de transporte aéreo), Marcos Javier Velázquez (colaborador/logística de transporte aéreo), Omar Horacio Ghibaudo (colaborador/logística de transporte aéreo), José Raúl Ghibaudo (colaborador/logística de transporte aéreo), Luis Orlando Céparo (colaborador/logística de transporte aéreo), José Marcial Caballero (transportista). El fallo completo
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